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III.   OPOSICIONES Y CONCURSOS

 

Resolución   111/2021, de 21 de julio, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de esta Universidad, mediante el sistema de promoción interna.

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobados por Decreto 236/2011, de 12 de julio, visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba un plan cuatrienal de promoción interna suscrito con los representantes de los funcionarios y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios.

En virtud de las competencias que le están atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica, 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con su artículo 2.2e), y en base al artículo 16.n) del Texto Refundido de la Ley de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero.

ACUERDO

Convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía, por el sistema de promoción interna, con sujeción a las siguientes bases:

  1. Normas generales 
  • Se convocan pruebas selectivas para cubrir once plazas de personal funcionario de la Escala de Gestión Universitaria (Grupo A, Subgrupo A2) de la Universidad Internacional de Andalucía (en adelante UNIA), por el sistema de promoción interna.
  • Las presentes pruebas selectivas se regirán, en cuanto les sea de aplicación, por el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en adelante TRLEBEP, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, los Estatutos de la Universidad Internacional de Andalucía y lo dispuesto en la presente convocatoria.
  • El proceso selectivo, que se llevará a cabo mediante el sistema de concurso-oposición constará de las siguientes fases: fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el Anexo I de esta Resolución. 
  • El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria. A este respecto, los contenidos de los ejercicios de la fase de oposición descritos en dicho Anexo II se ajustarán a la legislación vigente a la fecha de finalización de presentación de solicitudes de participación en estas pruebas selectivas.
  • Superarán el proceso selectivo aquellas personas aspirantes que, sumadas sus puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de las plazas convocadas.
  • Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.
  • La primera fase de la de la oposición se iniciará no antes del 1 de octubre del presente año. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución de la Universidad Internacional de Andalucía, que se publicará en el tablón de anuncios https://unia.es/rrhh, junto con las listas de admitidos y excluidos. Las pruebas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.
  1. Requisitos de las personas candidatas 
  • Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas, las personas candidatas, en adelante candidatas, deberán reunir los siguientes requisitos:
    1. Pertenecer a la Escala Administrativa de la Universidad Internacional de Andalucía, o a Cuerpos y Escalas similares de otras Administraciones Públicas encuadradas en el Subgrupo C1, y hallarse en servicio activo en la Universidad Internacional de Andalucía.
    2. Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el inferior Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, desde la correspondiente toma de posesión en los Cuerpos o Escalas a que se pertenezca el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
    3. Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado/a Universitario/a, Ingeniero/a Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a, Grado o Titulación equivalente según lo previsto en el TRLEBEP, y de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional octava del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación.
    4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la Escala a que se aspira.
    5. No haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitada para el desempeño de funciones públicas.
  • Los funcionarios deben poseer los requisitos exigidos para el ingreso, Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionaria de carrera.
  1. Solicitudes 
  • Las solicitudes se dirigirán al Rector de la UNIA en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
  • Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización del ejercicio de la fase de oposición, manifestándolo en el apartado correspondiente de su solicitud.
  • Las solicitudes se presentarán en el Registro electrónico de la UNIA o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
  1. Admisión de las personas candidatas 
  • Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la UNIA dictará, en el plazo máximo de un mes, Resolución declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas de la convocatoria. En dicha resolución que será publicada en el tablón de anuncios https://www.unia.es/rrhh, figurarán las personas aspirantes provisionalmente excluidas (apellidos, nombre y documento nacional de identidad anonimizado), con indicación expresa de la causa de exclusión. En esta resolución se hará pública igualmente la composición del Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas, así como la fecha, lugar y hora de celebración de la primera prueba de la fase de oposición.
  • Las personas aspirantes provisionalmente excluidas o que no figuren en la relación de las provisionalmente admitidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de la relación de admitidas. Las candidatas que dentro del plazo no subsanen su exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a estar incluidas en la relación de admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de la convocatoria.
  • Transcurrido el plazo de subsanación, por Resolución del Rector se aprobará la lista definitiva de candidatas admitidas y excluidas que será publicada en el citado tablón de anuncios. Contra dicha Resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición o recurso contencioso administrativo de acuerdo con lo previsto en los arts. 123 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  1. Tribunal 
  • El Tribunal calificador, en adelante Tribunal, de estas pruebas selectivas será nombrado por Resolución del Rector, en la forma prevista en el apartado 4.1. de esta convocatoria.
  • Las personas que formen parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando se den algunas de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación a personas aspirantes a pruebas selectivas para el acceso a la Función Pública en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. La persona titular de la Presidencia del Tribunal podrá solicitar del resto de personas integrantes del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursa en las circunstancias previstas en el citado artículo.
  • Asimismo, las personas aspirantes podrán proponer la recusación de cualquiera de las personas integrantes del Tribunal cuando consideren que concurren las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
  • Previa convocatoria de la persona titular de la Presidencia, se constituirá el Tribunal con la asistencia de todos sus componentes. Las personas designadas como titulares que no concurran al citado acto cesarán y serán sustituidas por sus respectivos suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días al de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
  • Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. Igualmente, el Tribunal determinará el umbral mínimo para superar cada una de las pruebas, el tiempo para la realización de cada ejercicio, y, en su caso, el establecimiento de penalizaciones en las respuestas contestadas erróneamente en los ejercicios de la fase de oposición.
  • El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos de personas asesoras especialistas para las pruebas correspondientes del ejercicio que estimen pertinentes. El nombramiento de tales asesoras será realizado por el Rector de la Universidad y su actuación se limitará a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
  • La Persona titular de la Presidencia del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios que forman parte de la fase de oposición, sean valorados sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, excepto para aquellos ejercicios y pruebas que por su naturaleza requieran la identificación de esta.
  • A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia, Edifico Expo, C/ Inca Garcilaso nº 3, Sevilla, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
  • Las personas integrantes del Tribunal que actúen en estas pruebas selectivas percibirán las indemnizaciones que por razón de servicio le correspondan conforme a las establecidas en las Normas de Ejecución del Presupuesto de la UNIA vigentes. 
  1. Desarrollo de los ejercicios
  • El orden de actuación de las personas opositoras se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda al sorteo realizado por la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de la Junta de Andalucía, para el año de la presente convocatoria.
  • En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a las opositoras para que acrediten su identidad.
  • La publicación del anuncio de la celebración de la primera prueba se realizará en la forma prevista en la base 4.1. Los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios y demás comunicaciones deberán hacerse públicos por el Tribunal, con, al menos, 24 horas de antelación a su comienzo, en el tablón de anuncios https://unia.es/rrhh y por cualquier otro medio si se juzga conveniente. Las opositoras serán convocadas para los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición aquellas que no comparezcan.
  • En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguna de las candidatas no posee la totalidad de los requisitos exigidos en esta convocatoria, previa audiencia de la misma en la que se le comunique las inexactitudes o falsedades formuladas en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes, deberá proponer su exclusión al Rector de la UNIA. Contra la exclusión, se podrá interponer los recursos indicados en la base 4.3.
  1. Listas de personas aprobadas 
  • El Tribunal hará públicas las listas de las personas aprobadas en cada uno de los ejercicios que componen la fase de oposición. Se concederá un plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente a dichas publicaciones, para presentar alegaciones. Las personas opositoras que no se hallen en dicha relación tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminados del proceso selectivo.
  • Una vez finalizada la fase de oposición, las candidatas que la hayan superado deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos que no obren en su expediente personal para su valoración en la fase de concurso. Transcurrido el plazo dado, el Tribunal hará pública las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediendo a las personas candidatas un plazo de tres días hábiles para formular las alegaciones que, en su caso, tengan por conveniente.
  • Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer el orden definitivo de las personas aspirantes aprobadas. La puntuación de esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.
  • Transcurrido el plazo de reclamaciones, una vez resueltas éstas, el Tribunal elevará a definitivas la relación de personas aprobadas por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones del ejercicio, la puntuación de la fase de concurso, y la puntuación final. Dicha relación será elevada al Rector de la UNIA con propuesta de nombramiento de funcionarios y funcionarias de carrera.
  • En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de personas candidatas que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga esta base será nula de pleno derecho.
  • En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si persistiese el empate, a la mayor antigüedad en la UNIA y en caso de no resolverse, se atenderá a la legislación vigente en esta materia.
  1. Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario 
  • En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la relación de personas que han superado el proceso selectivo a la que se refiere la base anterior, quienes figuren en ella, deberán presentar en la Gerencia de la UNIA los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la convocatoria que no estuvieran ya justificadas documentalmente para obtener su anterior nombramiento como funcionaria/o de carrera.
  • Quienes, dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados personal funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las pruebas.
  • El Rector de la UNIA, vista la propuesta del Tribunal calificador, y comprobados los requisitos de los apartados anteriores nombrará, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», personal funcionario de carrera de la respectiva escala a las personas candidatas que, habiendo superado el concurso-oposición, cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria, y determinará el plazo o la fecha de toma de posesión en sus propios puestos de trabajo contemplados en la RPT como doble adscripción, por tratarse de un proceso de promoción profesional in situ.
  1. Protección y tratamiento de datos de carácter personal
  • De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos que la UNIA, sita en Calle Américo Vespucio, 2, Sevilla, es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la UNIA no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la gestión de la convocatoria, y que los datos serán conservados aún después de que se hubiera resuelto la misma, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.
  • En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la UNIA garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.
  • En cualquier momento, los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá presentar un escrito en la dirección electrónica arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo de la persona representante. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (agpd.es).
  1. Norma Final 
  • La Resolución que ponga fin a la convocatoria, agota la vía administrativa, y contra la misma podrá presentar bien recurso potestativo reposición ante el Rector de la UNIA en el plazo de un mes desde el días siguiente a su publicación o bien recurso contencioso-administrativo ante el juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación, No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Asimismo, la UNIA podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.
  • En coherencia con el valor de la igualdad de género asumida por la Universidad Internacional de Andalucía, todas las denominaciones que en estas bases se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidas por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino.

 

 Sevilla, a fecha de firma electrónica

El Rector

José Ignacio García Pérez

 

 

ANEXO I

Ejercicios y Valoración

 

El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

  1. Fase de oposición:

Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas sobre las materias contenidas en el programa a que hace referencia el Anexo II de esta convocatoria. El Tribunal podrá establecer una penalización por las respuestas contestadas erróneamente. El tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal. Se calificará con 10 puntos. El tribunal determinará el umbral mínimo para superar la prueba.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos ejercicios prácticos, de entre tres propuestos. Se calificará de 0 a 10 puntos. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada una de sus partes.

  1. Fase de concurso:

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

2.1 Antigüedad: hasta 4 puntos.

Se valorará con 0,25 puntos por cada año o fracción de servicios prestados en la Universidad Internacional de Andalucía o reconocidos en los términos de lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

2.2 Grado Personal: hasta 2 puntos

Se valorará el grado personal consolidado conforme a la siguiente escala:

Grado 24-25: 2 puntos

Grado 22-23: 1 punto

  

2.3 Formación: hasta 3 puntos.

Las acciones formativas deberán versar sobre materias relacionadas con las funciones de administración general, informática o conocimiento de idiomas. Todos los cursos impartidos por la UNIA se consideran relacionados con las funciones citadas.

La valoración del apartado de formación se realizará conforme a la siguiente escala:

  • Por cada crédito (o 10 horas lectivas): 0,05 puntos.
  • Por cada acción formativa homologada, en la que no conste su carga lectiva: 0,05 puntos.
  • Por cursos impartidos, la valoración será idéntica, no pudiéndose obtener más de 0,6 puntos en este subapartado.

2.4 Titulación: hasta 1 punto

Se valorará con 1 punto estar en posesión de una titulación superior a la exigida en la convocatoria.

2.5 Idiomas: hasta 2 puntos

Acreditación de nivel de un segundo idioma conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas a partir del B1 o superior, no acumulativos por el mismo idioma, puntuándose el de mayor nivel, a razón de

B1: 0,50

B2: 0.75

C1: 1

C2: 1,25

  1. Calificación final:

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso, no pudiendo resultar aprobados un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, conforme a lo establecido en la base 7. En caso de empate en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y de oposición, se resolverá atendiendo a lo establecido en la base 7.6.

 

ANEXO II

 

  1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas. De los actos administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. De la revisión de los actos en vía administrativa.
  2. Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público. Relaciones interadministrativas.
  3. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales, Principios de la protección de datos, Derechos de las personas.
  4. Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos: Definiciones. Principios. Derechos del interesado. Responsable del tratamiento y encargado del tratamiento. Delegado de protección de datos.
  5. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
  6. Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía
  7. Decreto 236/2011, de 12 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Internacional de Andalucía
  8. Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades. Régimen Económico, Financiero y Patrimonial.
  9. El Presupuesto de la UNIA. Aprobación. Estructura general de los estados de ingresos y gastos. Normas de ejecución presupuestaria: Normas Generales, Presupuesto, Créditos y sus Modificaciones, Auditoría y Control Interno, Liquidación y Cierre del Presupuesto.
  10. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los contratos del sector público: Delimitación de los tipos contractuales. Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Órgano de contratación. Expediente de contratación. De la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: Normas Generales.
  11. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Objeto y ámbito de aplicación. El personal al servicio de las administraciones públicas. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos.
  12. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Ordenación de la actividad profesional. Provisión de puestos de trabajo y movilidad. Situaciones Administrativas. Régimen disciplinario.
  13. Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. Objeto, ámbito y vigencia. Normas de organización del Trabajo. Régimen disciplinario. Estructura salarial.
  14. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
  15. Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
  16. Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el Sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
  17. Reglamento de régimen académico de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por el Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2018 a propuesta de Comisión de Postgrado del 13 de diciembre de 2018.
  18. Reglamento de estudios de extensión universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado en Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2011, y modificado el 19 de junio de 2013, y derogadas las retribuciones en Consejo de Gobierno 22 de junio de 2016.
  19. Reglamento sobre enseñanzas de posgrado y de formación continua de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por el Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2018 a propuesta de Comisión de Postgrado del 13 de diciembre de 2018.
  20. Reglamento de enseñanzas de doctorado de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por el Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2018 a propuesta de Comisión de Postgrado del 13 de diciembre de 2018.
  21. Reglamento de becas y ayudas al estudio de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por el Consejo de Gobierno el 29 de abril de 2019.
  22. Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.