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I.      DISPOSICIONES Y ACUERDOS 

I.2. Consejo de Gobierno

Acuerdo 3/2022, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, de 28 de enero de 2022, por el que se aprueba la creación, regulación y funcionamiento de la Bolsa de Empleo de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad (Grupo C2).

 El Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, reunido en sesión ordinaria de 28 de enero de 2022, aprueba la creación, regulación y funcionamiento de la Bolsa de Empleo de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad (Grupo C2).

 

ANEXO

 El Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, reunido en sesión ordinaria de 28 de enero de 2022, aprueba la creación, regulación y funcionamiento de la Bolsa de Empleo de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad (Grupo C2). en los siguientes términos:

 Primero: Dejar sin efecto el Acuerdo 52/2011, de 20 de junio de 2011, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, por el que se aprobó la composición y el funcionamiento de la bolsa de empleo del personal funcionario de la Universidad Internacional de Andalucía.

Segundo: Respecto de la bolsa extraordinaria y de carácter temporal para puestos de Personal de Administración y Servicios en régimen de interinidad correspondientes a la Escala de Auxiliares Administrativos de la sede de Sevilla, convocada por Resolución 155/2019, de 22 de noviembre, de la Universidad Internacional de Andalucía, la misma permanecerá vigente hasta la finalización del procedimiento de constitución de la bolsa objeto de este acuerdo.

Tercero: Establecer los criterios, que regirán la nueva convocatoria de la Bolsa de Empleo para la Escala de Auxiliares Administrativos (C2), que son los siguientes:

1.- Requisitos para la Composición.

 1.1.- Integrarán la Bolsa de Empleo aquellas personas que cumplimenten la solicitud de participación en los términos establecidos en el punto 2, no hayan sido excluidas por las causas establecidas en el punto 5 del presente Acuerdo, y formen parte de alguno de los grupos que a continuación se relacionan en el orden de prelación que se indica:

  • Quienes hayan aprobado los dos ejercicios de la fase de oposición del último proceso selectivo y que hayan prestado servicios en la UNIA.
  • Quienes haya aprobado los dos ejercicios de la fase de oposición del último proceso selectivo.
  • Quienes hayan aprobado el primero de los ejercicios de la fase de oposición del último proceso selectivo y que hayan prestado servicio en la UNIA.
  • Quienes hayan aprobado el primero de los ejercicios de la fase de oposición del último proceso selectivo.
  • Quienes, habiéndose presentado al último proceso selectivo, hayan prestado servicio en la UNIA.
  • Quienes, habiéndose presentado al último proceso selectivo, hayan prestado servicio en otras universidades u otras administraciones en la Escala de Auxiliares Administrativos.

1.2.- El orden de prelación para el acceso a la bolsa será el establecido en el apartado anterior y dentro de cada grupo las personas integrantes se ordenarán de mayor a menor en función de la puntuación obtenida en el resultado de la suma de las calificaciones de los ejercicios superados en la fase de oposición y la valoración de los servicios prestados, que serán calculados conforme a las puntuaciones recogidas en el anexo de la convocatoria del procedimiento selectivo que ha desarrollado la Oferta de Empleo Público de 2018, esto es; 0,10 puntos por mes de trabajo desarrollado en la UNIA; 0,05 puntos por mes de trabajo desarrollado en otras universidades; y con 0,03 puntos por mes de trabajo desarrollado en otras administraciones públicas en la Escala de Auxiliares Administrativos.

En los casos en que exista un empate en la puntuación se resolverán en función de los siguientes criterios:

  • La calificación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.
  • La calificación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
  • La puntuación obtenida en los servicios prestados en la Escala de Auxiliares Administrativos, dentro del grupo de adscripción.
  • El orden establecido de conformidad con la letra resultante del sorteo celebrado en la Secretaría de Estado de la Administración pública que se haya celebrado en el momento de configurarse la bolsa.

2.- Solicitud de inclusión en la Bolsa.

2.1.- Las personas interesadas en participar en la Bolsa deberán cumplimentar la solicitud que a tal efecto se incluye como anexo en este acuerdo y presentarla en el Registro Electrónico de la UNIA en el plazo de los 15 días siguientes, contados a partir del siguiente de la  publicación del Acuerdo de aprobación de la Bolsa en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía, indicando la Sede o Sedes de la Universidad (Sevilla, Baeza, La Rábida y Málaga), de su preferencia, pudiendo optar por su inclusión en una o en varias listas de Sede de la Bolsa.

2.2.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, tras la revisión de las participaciones presentadas, la Gerencia hará pública la lista provisional de solicitudes de las personas admitidas con expresión de la puntuación otorgada y de las personas excluidas, con la indicación de la causa que la motiva, concediéndoles a todas ellas un plazo de 5 días para formular las alegaciones que a su derecho convenga.

2.3.- Transcurrido el plazo de alegaciones concedido, mediante Resolución del Rector se hará pública la relación definitiva de personas admitidas por orden de puntuación e indicación de la sede o sedes de su elección y las excluidas, con indicación de la causa que la motiva.

3.- Nombramiento. Llamamientos.

El llamamiento de personal de la bolsa de trabajo se producirá cuando lo requieran las necesidades del servicio, y se realizará atendiendo al orden de prelación fijado en la lista definitiva.

El llamamiento se hará, preferentemente, mediante correo electrónico con acuse de entrega remitido a la dirección indicada en la solicitud de acceso a la Bolsa, o, en su caso, la comunicada fehacientemente al efecto al Área de Recursos Humanos de la UNIA (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.). A tal efecto, las personas admitidas deberán tener permanentemente actualizados sus datos de localización (número de teléfono y dirección electrónica).

Si la persona no aceptara la oferta de empleo, o en el plazo de dos días no se obtuviera respuesta al llamamiento realizado, se continuará el procedimiento con la siguiente persona de la lista, y así sucesivamente, dejando constancia registral en el Área de Recursos Humanos de la incidencia.

 4.- Supuestos de Suspensión Provisional de obligatoriedad de atención al llamamiento.

4.1.- A fin de garantizar la permanencia en la bolsa de trabajo de aquellas personas que se encuentren en determinadas situaciones dignas de especial protección, podrán solicitar su suspensión temporal, y concluida esa situación tendrán derecho a reintegrarse en el mismo puesto de la bolsa que vinieran ocupando anteriormente, quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  1. Embarazo desde el sexto mes de gestación (o baja médica en periodo gestacional anterior) o en situación de maternidad o paternidad, adopción o acogimiento, hasta la edad de tres años del menor.
  2. Enfermedad que incapacite temporalmente para el trabajo mientras dure la misma.
  3. Ejercicio de cargo representativo o funciones sindicales de ámbito provincial o superior.
  4. Prestar servicios para la Universidad en otra categoría profesional.

4.2.- La justificación de estar en alguna situación de las indicadas en el apartado anterior deberá comunicarse y justificarse documentalmente a la UNIA en el plazo de dos días desde el llamamiento.

4.3.- Finalizada la causa que provocó la suspensión provisional, la persona interesada deberá comunicar al Área de Recursos Humanos de la Universidad tal circunstancia en el plazo de 10 días, a los efectos de su activación en la Bolsa de trabajo.

5.- Supuestos de Exclusión Definitiva

La exclusión definitiva de la bolsa de trabajo, que serán notificada a la persona interesada, se producirá por alguna de las siguientes causas:

  1. No presentar la justificación documental de las situaciones recogidas en el punto 4 en el plazo de dos días desde el siguiente al llamamiento.
  2. Rechazar un llamamiento realizado en el ámbito de esta Bolsa, salvo en el supuesto contemplado en el punto 4.
  3. No haber comunicado en tiempo y forma los cambios de teléfono o dirección electrónica para su localización, en los términos establecidos en el punto 3.
  4. Haber renunciado voluntariamente durante la vigencia de una relación de servicios con la UNIA, salvo que dicha renuncia se produjera con motivo de otro nombramiento o contrato en la propia universidad.
  5. A petición de la persona interesada.
  6. Haber sido sancionada por falta grave o muy grave en aplicación del régimen disciplinario correspondiente.

 6.- Comisión de Seguimiento.

A fin de conocer las distintas incidencias que se produzcan en la gestión de la bolsa de trabajo, se constituirá una Comisión de Seguimiento compuesta por dos miembros en representación de los órganos de dirección y gobierno de la UNIA y otros dos miembros designados por la representación de las personas trabajadoras de la UNIA. Dicha Comisión se reunirá periódicamente, al menos dos veces al año.

Las personas miembros de la Comisión de Seguimiento tendrán acceso a la documentación sobre los nombramientos que se realicen y a la documentación necesaria para ejercer su labor.

7.- Reclamaciones y recursos.

Contra las decisiones en materia de gestión de la bolsa de trabajo podrán presentarse alegaciones por las personas interesadas mediante escrito dirigido a la Gerencia de la Universidad dentro del plazo de diez días desde su adopción.

Dichas alegaciones serán resueltas, por la persona titular de la Gerencia de la UNIA, previo informe de la Comisión de Seguimiento. Las resoluciones de la Gerencia de la UNIA podrán ser recurridas en alzada ante la persona titular del Rectorado.

 8.- Entrada en vigor.

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno, siendo preceptiva su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía, BOUNIA, conforme al artículo 2.2.d) de su Reglamento, aprobado por el Consejo de Gobierno de la UNIA el 22 de abril de 2021.

 

 

ANEXO

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA BOLSA DE EMPLEOESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVA

 DATOS PERSONALES

 

NIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

       
 

Teléfono 1

Teléfono 2

   
 

Correo electrónico

 
 

Domicilio (Calle y número)

 
 

Municipio

Provincia

Código postal

     
           

SEDE1

 

LA CARTUJA, SEVILLA

 

ANTONIO MACHADO, BAEZA (JAÉN)

 

LA RÁBIDA, PALOS DE LA FRONTERA (HUELVA)

 

TECNOLÓGICA, MÁLAGA

 

Deberán presentar solo los méritos alegados a los efectos del cómputo del punto 6º de la base tercera (1.1.) para su valoración.

En _______________, a ____ de __________ de ______  

Firma de la persona solicitante

A LA ATENCIÓN DE LA GERENCIA DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA

1: Puede marcar tantas opciones con “x” como desee.