Las Ayudas contempladas para titulaciones en másteres universitarios, objeto de la presente Convocatoria, están dirigidas al estudiantado que haya sido admitido, a través de los procedimientos de acceso establecidos, y formalice su matrícula en alguno de los Másteres Universitarios que la UNIA oferta para el curso académico 2026-2027 y que se contemplan en la Base III de esta Convocatoria.
Se reservará un 10% del presupuesto total de la convocatoria a las personas solicitantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En el caso de que no se adjudique ninguna beca o ayuda del porcentaje destinado para personas con discapacidad o no se cubra el 10% total de presupuesto reservado se acumulará al total de la convocatoria.
II. OBJETO DE LAS AYUDAS.
Tanto en Convocatoria General como en UNIA Academia el objeto de las ayudas podrá consistir en:
a) Ayuda de matrícula. Una ayuda de quinientos euros (500 €), destinados a sufragar el importe de la matrícula en el Máster correspondiente.
b) Exención o ayuda de alojamiento durante la fase presencial del programa correspondiente, incluidas, en su caso, las prácticas curriculares.
En la Sede de La Rábida en la exención del importe del precio público del servicio de residencia.
En las sedes de Málaga y Sevilla, al no disponer de servicio de residencia propio, en una ayuda para cubrir los gastos de alojamiento por un importe máximo de cuatrocientos cincuenta euros (450 €) mensuales o la parte proporcional de los días que correspondan a la fase presencial del Máster.
Excepcionalmente para aquellos másteres que se impartan en la Sede Antonio Machado de Baeza, una ayuda por un importe máximo de cuatrocientos cincuenta euros (450 €) mensuales.
c) Exención o ayuda de manutención.
En la Sede de La Rábida. exención del importe del precio público del servicio de manutención en régimen de desayuno, almuerzo y cena durante la fase presencial de los programas impartidos
En las restantes sedes, una ayuda por un importe máximo de cuatrocientos cincuenta euros (450 €) mensuales, o la parte proporcional de los días que correspondan a la fase presencial del Máster, para cubrir los gastos de manutención.
Las ayudas de matrícula y las correspondientes a alojamiento y manutención, no podrán superar los cinco mil euros (5.000 €) por persona beneficiaria.