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Órganos colegiados

El artículo 6 del Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por  Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, establece que el gobierno, la representación y la administración de la UNIA se articula a través de órganos colegiados y unipersonales, señalando como principales órganos colegiados:

A su vez, los Estatutos de la UNIA, aprobados por el  Decreto 236/2011, de 12 de julio, tras reiterar la anterior referencia en su artículo 16, recoge una serie de Comisiones que, por ello, se denominan estatutarias y entre las que destacan:

De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de Consejo de Gobierno de la UNIA, junto a las anteriores, son igualmente Comisiones Permanentes del Consejo de Gobierno:

Finalmente, en uso de su autonomía, la propia UNIA ha constituido diversas Comisiones y Comités que, como órganos colegiados, desarrollan sus funciones normalmente como Comisiones delegadas del Consejo de Gobierno de la UNIA. Entre ellas destacamos las siguientes: