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Secretaría Gral

Comité de Seguridad y Privacidad de la Información

Texto extraído del Documento de Política de Seguridad y Privacidad de la Información de la UNIA (aprobado en Consejo de Gobierno el 26 de mayo de 2023) (pfd), publicado en el BOUNIA Núm. 11/2023 (enlace)

[...]

7. Organización de la Seguridad de la Información

7.1. Criterios utilizados para la Organización de la Seguridad de la Información

La UNIA, con el objeto de organizar la seguridad de la información y teniendo en cuenta lo establecido en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo (enlace), por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y las pautas establecidas en la Guía CCN-STIC-801 “Responsabilidades y Funciones en el ENS” y la Guía de Adecuación al ENS para Universidades, emprenderá las siguientes acciones:

  1. Designará los perfiles de seguridad: Responsable de la Información, Responsable del Servicio, Responsable de la Seguridad, Responsable del Sistema y Delegado de Protección de Datos.
  2. Constituirá un órgano consultivo y estratégico para la toma de decisiones en materia de Seguridad de la Información. Este órgano se constituirá como un órgano colegiado y se denominará Comité de Seguridad y Privacidad de la Información. Será presidido por una persona física que será la que asumirá la responsabilidad formal de sus actos.

7.2. Perfiles y Órganos de la Seguridad de la Información

7.2.1.  Comité de Seguridad y Privacidad de la Información

El Comité de Seguridad y Privacidad de la Información (en adelante Comité de Seguridad) estará constituido por:

  • Presidente: Rector/a o persona en quien delegue.
  • Secretario: Responsable de la Seguridad de la Información o persona en quien delegue.
  • Responsable del Servicio: Gerente de la UNIA.
  • Responsable de la Información: titular de la Secretaría General de la UNIA.
  • Responsable de la Seguridad de la Información: Vicerrector/a o asimilado con competencias en Transformación Digital de la UNIA.
  • Responsable del Sistema: Director/a del Área de Gestión de las TIC.
  • Administrador de la Seguridad: personal de la UNIA con competencias en la materia, designado a propuesta del responsable de la seguridad de la información y que ejerza como Gestor de la Seguridad de la Información.
  • Delegado de Protección de Datos: Delegado/a de Protección de Datos de la UNIA.

Los Responsables de la Información y del Servicio serán convocados por la Presidencia, en función de los asuntos a tratar, en representación de los distintos ámbitos o áreas de la universidad. 

A instancias de la Presidencia, el Secretario del Comité de Seguridad realizará las convocatorias y levantará acta de las reuniones del Comité de Seguridad. A las sesiones del Comité de Seguridad podrán asistir, en calidad de asesores, las personas que en cada caso estime pertinente su Presidente.

7.2.2. Comisión Permanente del Comité de Seguridad

En el marco del ENS, los miembros del Comité de Seguridad que constituirán la Comisión Permanente del Comité de Seguridad (en adelante Comisión Permanente), serán los siguientes:

  • Presidente: Responsable de la Seguridad de la Información.
  • Secretario: Administrador de la Seguridad.
  • Responsable del Sistema.
  • Delegado de Protección de Datos.

El Delegado de Protección de Datos participará en las reuniones de la Comisión Permanente cuando en la misma vayan a abordarse cuestiones relacionadas con la Privacidad de la Información, así como siempre que se requiera su participación.

La Comisión Permanente abordará los asuntos que requieran de una actuación directa e inmediata y que no puedan tratarse, en primera instancia, por el Comité de Seguridad, en atención a las necesidades derivadas del cumplimiento de sus fines y atribuciones.

La Comisión Permanente podrá́ desarrollar sus funciones en pleno o en Grupos de Trabajo para el análisis y realización de propuestas específicas. Las propuestas planteadas en la Comisión Permanente serán sometidas a análisis, debate y aprobación, si procede, por parte del Comité de Seguridad.

Las reuniones de trabajo de sus miembros serán convocadas por la Presidencia, quien recabará los acuerdos alcanzados y dará cuenta al Comité de Seguridad, para en caso de ser necesario, proceder a su aprobación.

[...]

7.5. Comité de la Seguridad y Privacidad de la Información

Serán funciones del Comité de la Seguridad y Privacidad de la Información:

  1. Estar permanentemente informado de la normativa que regula la Certificación de Conformidad con el ENS, incluyendo sus normas de acreditación, certificación, guías, manuales, procedimientos e instrucciones técnicas.
  2. Estar permanentemente informado de la relación de Entidades de Certificación acreditadas y organizaciones, públicas y privadas, certificadas.
  3. Estar permanentemente informado de la relación de esquemas de certificación de la seguridad con los que la Administración Pública tiene establecidos arreglos o acuerdos de reconocimiento mutuo de certificados.
  4. Proponer directrices y recomendaciones, que serán recogidas en las correspondientes actas de las reuniones del Comité, a las que su presidente, deberá dar cumplida respuesta.
  5. Coordinar los esfuerzos de las diferentes áreas en materia de seguridad de la información, para asegurar que estos sean consistentes, alineados con la estrategia decidida en la materia, y evitar duplicidades.
  6. Atender las inquietudes, en materia de Seguridad de la Información, de la Administración y de las diferentes áreas, informando regularmente del estado de la seguridad de la información a la Dirección.
  7. Resolver los conflictos de responsabilidad que puedan aparecer entre los diferentes responsables y/o entre diferentes Departamentos, elevando aquellos casos en los que no tenga suficiente autoridad para decidir.
  8. Asesorar en materia de seguridad de la información, siempre y cuando le sea requerido.
  9. Revisar la Política de Seguridad de la Información previa aprobación por el Órgano Superior.
  10. Aprobar la Normativa General de Utilización de los Recursos y Sistemas de Información para todo el personal.
  11. Aprobar el Mapa de Normativa, con la lista de Normativas y Procedimientos de Seguridad para la implantación y cumplimiento del ENS.

Periodicidad de las Reuniones y Adopción de Acuerdos:

  1. Durante el desarrollo del Proyecto de Adecuación al ENS, para evaluar el proceso y posibilitar su adecuado seguimiento, el Comité de Seguridad deberá reunirse con carácter semestral.
  2. Una vez alcanzada la conformidad con el ENS de los servicios prestados por la universidad, el Comité de Seguridad se reunirá al menos una vez al año, siendo lo recomendable hacerlo con carácter semestral, sin perjuicio de que, en atención a las necesidades derivadas del cumplimiento de sus fines y atribuciones, requiera de una mayor frecuencia en las reuniones.
  3. En cualquier caso, las reuniones se convocarán por su Presidencia, a través del Secretario, a su iniciativa o por mayoría de sus miembros permanentes.
  4. Las decisiones se adoptarán por consenso de sus miembros.

7.6. Comisión Permanente del Comité de Seguridad

Serán funciones de la Comisión Permanente del Comité de la Seguridad de la Información:

  1. Las funciones propias de cada miembro como pertenecientes al Comité de Seguridad.
  2. Elevar al Comité de Seguridad directrices y recomendaciones.
  3. Asesorar en materia de seguridad de la información, siempre y cuando le sea requerido.
  4. Elevar al Comité de Seguridad las propuestas de modificaciones a la Normativa General de Utilización de los Recursos y Sistemas de Información para todo el personal.
  5. Elevar al Comité de Seguridad propuestas de Mapa de Normativa, con la lista de Normativas y Procedimientos de Seguridad para la implantación y cumplimiento del ENS.
  6. Atender cuestiones urgentes relativas a la Seguridad de la Información.

Periodicidad de las Reuniones y Adopción de Acuerdos:

  1. Se reunirá ante situaciones sobrevenidas que requieran de unas actuaciones ágiles y/o toma de decisiones menores.
  2. Las reuniones se convocarán a iniciativa de su Presidencia, a través del Secretario.
  3. Las decisiones se adoptarán por consenso de sus miembros.

7.7. Procedimiento de Designación

La creación del Comité de Seguridad y de su Comisión Permanente, el nombramiento de sus integrantes y la designación de los responsables identificados en esta Política de Seguridad, se realizará por el Rector de la UNIA.

El nombramiento se revisará cada 4 años o cuando el puesto quede vacante.

Premio Concha Caballero

Premio UNIA Concha Caballero


Este galardón es un reconocimiento a las mujeres que han contribuido a la visibilidad de las mujeres andaluzas en los ámbitos culturales, políticos, participativos, académicos, etc.; tanto en el ámbito local, nacional e internacional.

Todo ello, dentro de los parámetros que marcó la vida de Concha Caballero, la brillantez, el feminismo incansable y su grandes valores personales, siempre en pro de la justicia social. En suma, el reconocimiento del compromiso con las ideas y con la lucha por la igualdad real, y sobre todo haciendo efectivo el encargo de su último artículo:

"La crisis no puede, como pretenden, ocultar esta realidad, convertir lo blanco en negro o servir de manto para ocultar los desastres de un sistema laboral que no sabe ni quiere salir de la mentalidad del siglo XIX. Si, de verdad lo hablamos y deseamos ,podemos cambiar esta realidad ahora. Pongámoslo en la agenda, en las demandas, en los papeles, en las conversaciones y en la vida. Aunque no esté de moda hablar desigualdad"

Mujeres. asignatura pendiente, 7 de diciembre de 2014

La UNIA con la creación de este Premio, pone en su agenda, como era deseo de Concha Caballero, el reconocimiento de las mujeres valientes y comprometidas con la lucha por la igualdad en cualquiera de las facetas de la vida y desde cualquier ámbito en Andalucía.

Pilar Aranda

2022

Rectora de la Universidad de Granada

Begoña Rodríguez

2021

Magistrada

Enriqueta Vila

2020

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Carmen Maroto

2019

Microbióloga
Catedrática del Departamento de Microbiología y Parasitología de la Universidad de Granada, María del Carmen Maroto Vela ha sido la primera mujer en formar parte de la Real Academia de Medicina y Cirugía desde su origen en 1732. Ha sido, igualmente, pionera en estar al frente de una de las academias de Medicina españolas, en concreto la de Andalucía Oriental (2004-2012).

Adelaida de la Calle

2018

Lugar: Sede Rectorado Sevilla
Fecha: 23 de octubre 2018


Más información en la web

Concepción Yoldi

2017

Empresaria Grupo Persan

Lugar: Sede La Rábida
F
echa: 16 de junio 2017

Más información en la web

Carmen Linares

2016

Cantaora flamenca 

Lugar: Sede de Baeza
Fecha: 16 de diciembre

Anne Hidalgo

2015

Leer más…Premio Concha Caballero

Normativa sobre el BOUNIA

El Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía es el vehículo oficial de publicación y difusión de las resoluciones, acuerdos, disposiciones, convenios y otros actos administrativos de los órganos de gobierno, colegiados y unipersonales, de la Universidad Internacional de Andalucía. El Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía también podrá designarse por su acrónimo: BOUNÍA.

Actualmente se encuentra regulado por Reglamento, aprobado por  el acuerdo 14/2021 del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2021 (BOUNIA núm. 1, de 27 de mayo de 2021)

De acuerdo con el mismo, serán objeto de publicación en el BOUNÍA, entre otras, todas las disposiciones de carácter general adoptadas por los respectivos órganos de gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, así como las resoluciones, acuerdos y disposiciones de interés general para la Universidad Internacional de Andalucía. Todo ello, claro está, con la debida salvedad de los derechos de protección ed datos y las víctimas de violencia de género.

La coordinación, elaboración y publicación del BOUNÍA corresponde a la Secretaría General de la Universidad Internacional de Andalucía, que contará para su elaboración con la plena colaboración de los restantes órganos e interesados.

 

Convivencia

En el marco del obligado desarrollo de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, la UNIA ha desarrollado durante este último año una amplia Estrategia de integridad destinada a implantar y fortlcer las bases éticas, normativas y culturales que permitan garantizar una convivencia pacífica, sana y democrático entre los distintos miembros de la comunidad universitaria.

En este sentido, el Acuerdo 11/2023, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, de 22 de febrero de 2023 (BOUNIA núm 5, de 24 de febrero de 2023) procedió a aprobar las Normas de Convivencia de la Universidad Internacional de Andalucía intentando, en su Disposición adicional segunda ordenar los distintos cauces de participación y reclamación, de acuerdo con los siguientes principios:

  • La Defensoría Universitaria se encargará fundamentalmente de velar por el respeto de los derechos y las libertades del profesorado, estudiantado y personal técnico, de gestión y de administración y servicios, ante las actuaciones de los diferentes órganos y servicios universitarios, pudiendo asumir tareas de mediación, conciliación y buenos oficios. Será el marco natural cuando el conflicto se plantee por la posible violación de los derechos y libertades de un miembro de la comunidad universitaria por un órgano con el que se consideré en situación de subordinación o sometimiento material (por ejemplo, alumno- profesor/órganos administrativos).

  • La Comisión Ética y Antifraude tiene y tendrá como funciones específicas la prevención, la detección, la corrección y la persecución del fraude en todos los procesos de los que sea responsable la UNIA y, en su caso, la propuesta de adopción de las medidas cautelares y correctoras que procedan, articuladas a través de su canal de denuncias. Será el canal preferente cuando se pretenda denunciar una situación fraudulenta, especialmente en las áreas económicas, de contratación, subvención o gestión de recursos humanos por parte de algún miembro de la comunidad universitaria.

  • La Comisión de Evaluación e Intervención para la Prevención del Acoso será el órgano competente para gestionar las peticiones de actuación en el marco de los Protocolos de Acoso y, en especial, en aquellos casos en los que la persona denunciante consideré que se encuentra sometida a una situación de acoso.

  • La Comisión de Convivencia mediará en el ámbito de los conflictos interpersonales, en el campo delimitado por las normas de la mediación establecidas en los artículos 11 y 12 de estas Normas de Convivencia, o incluso cuando tenga constancia de la existencia de conflictos larvados o situaciones que pudieran reflejar una situación conflictiva aún no exteriorizada. Será el ámbito natural en aquellos casos en los que no exista relación de subordinación material, por ejemplo, entre miembros de la comunidad universitaria incluidos en el mismo grupo o sector (profesorado, alumnado o PAS).

  • El Buzón de Quejas, Sugerencias y Felicitaciones es básicamente una herramienta del Sistema de Garantía de Calidad de la UNIA que persigue la mejora continua de los servicios ofertados por la Universidad, y con el que se persigue comunicar esta protesta a la UNIA y al responsable de la Unidad implicada para que se tomen las medidas necesarias para su corrección, implantación o comunicación al personal respectivamente.

Finalmente, el BOUNIA núm. 11 de 1 de junio de 2023 procedió a publicar el Acuerdo 38/2023, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, de 26 de mayo de 2023, por el que se establece un sistema Interno de Información en la Universidad Internacional de Andalucía. En el se establece a la Comisión ética y antifraude de la UNIA, órgano técnico, independiente y colegiado, como responsable del sistema Interno de Información en él configurado, si bien se establece expresamente que continuará desarrollando sus funciones de prevención, detección, corrección y persecución del fraude en todos los procesos de los que sea responsable la UNIA y, en su caso, de propuesta de adopción de las medidas cautelares y correctoras que procedan, en el marco tanto de dicho Reglamento como del Plan Antifraude de la Universidad Internacional de Andalucía.    

Comisión de Convivencia

Composición

La actual composición de la Comisión de Convivencia de la UNIA, tanto en relación con sus miembros titulares como suplentes, está actualmente establecida por la Resolución Rectoral 83/2023, de 5 de mayo, de la Universidad Internacional de Andalucía, publicada en el BOUNIA núm 10 de 17 Mayo 2023.

De acuerdo con la misma se designan como miembros de la Comisión de Convivencia de la UNIA, con la duración establecida en dicha norma, y con los derechos y deberes inherentes a dicho cargo a las siguientes personas.

  • En representación del Personal del personal Técnico, de Gestión y Administración y Servicios (PTGAS, antiguo PAS) a:

Dª. Alicia Fernández Rodríguez (titular).

D. Santiago Campuzano Guerrero (suplente).

  • En representación del alumnado de la UNIA:

Dª. Cristina Giovanna Pesántez Méndez (titular).

D.ª Analía Woloszczuk (suplente).

  • En representación del Personal Docente e Investigador:

Dr. D. Joaquín López González director de Máster en Patrimonio Musical (titular).

Dra. Dª. Yolanda Pelayo Díaz, directora del Máster en Dirección y Gestión de Personas (suplente).

La Comisión de Convivencia se constituyó el pasado 15 de mayo de 2023, quedando reflejado en dicho acto la designación de la Presidencia y la Secretaría de la misma:

Funciones

Son funciones de la Comisión de Convivencia las siguientes:

  1. Canalizar las iniciativas del estudiantado, el personal docente e investigador y el personal de administración y servicios para la mejora de la convivencia, formulando, en su caso, propuestas en este ámbito.
  2. Evaluar anualmente la situación de estas Normas de Convivencia y de los Protocolos que incorpora como Anexos, postulando, en su caso, las correspondientes mejoras y modificaciones.
  3. Participar en el diseño de los programas de formación, información y concienciación sobre los valores y las normas que rigen la convivencia en la UNIA, conjuntamente con la Gerencia de la UNIA, los Vicerrectorados competentes en materia de Postgrado y Formación Permanente y la Defensoría Universitaria.
  4. Informar sobre los Protocolos de Acoso de forma preceptiva y previa a su toma en consideración por el Consejo de Gobierno de la UNIA.
  5. Elegir a un representante titular y otro suplente para la Comisión de Evaluación e Intervención en la Prevención del Acoso.
  6. Informar sobre los mecanismos y procedimientos de mediación para intentar dar respuesta a los conflictos que pudieran plantearse entre miembros de la comunidad universitaria pertenecientes al mismo o diferente sector o por la vulneración de las Normas de Convivencia. Dicha información buscará deslindar claramente las funciones de la Comisión de Convivencia de aquellas otras propias del Buzón de Quejas y Reclamaciones, de la Defensoría Universitaria, de la Comisión Ética y Antifraude y de la Comisión de Evaluación e Intervención para la Prevención del Acoso.
  7. Realizar, en su caso, sesiones informativas para comunicar a las personas involucradas la disponibilidad y alcance del mecanismo o del procedimiento de mediación.
  8. Desarrollar las funciones que, en relación con la mediación, se establecen en los artículos 11 y 12 de estas Normas de Convivencia y realizar un seguimiento de los posibles acuerdos alcanzados en su seno entre las partes.
  9. Derivar, en su caso, el procedimiento a los órganos, que de acuerdo con lo dispuesto por estas Normas de Convivencia, los Protocolos de Acoso o su normativa específica resultasen competentes cuando los hechos pudieran constituir faltas de conformidad con el régimen disciplinario que resulte aplicable en cada caso, o ser constitutivo de acoso.
  10. Impulsar el procedimiento de mediación como alternativa al régimen disciplinario en aquellos casos no excluidos del mismo, en los términos de lo dispuesto en estas Normas de Convivencia, y cuando así lo consideré pertinente, proponiendo en su caso al mediador o mediadores.

Contacto

Sin perjuicio de que las posibles vías que la propia Comisión establezca, puedes ponerte en contacto con la misma mediante el correo correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Procedimiento de designación de sus miembros

En relación con la designación de los miembros de la Comisión de Convivencia, y, más concretamente, del los representantes titular y suplente del PDI, el BOUNIA núm 6, de 14 de marzo de 2023 procedió a publicar:

En cumplimiento de las mismas, se informa de los siguientes actos a través de los cuales se articuló el proceso de designación.

  1. Acta de constitución de la Mesa electoral general .
  2. Proclamación provisional de candidatos.
  3. Proclamación definitiva de la ausencia de candidatos..

Por otra parte, mediante correo electrónico enviado el día 28 de marzo de 2023, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de las Normas de convivencia de la UNIA, antes mencionadas, se procedió a comunicar  a esta Secretaría Gneral que los miembros, titular y suplente, en representación del PAS de esta Universidad para la Comisión de Convivencia serían:

  • Dª.  Alicia Fernández Rodríguez (titular)
  • D. Santiago Campuzano Guerrero (suplente).

La representación de los alumnos fue acordada por los órganos de representación de este colectivo de la UNIA y comunicada a la Secretaría General previamente a la publicación de la Resolución Rectoral 83/2023 antes mencionada.

Comisión de Administración Electrónica

El art. 50 del Reglamento de Administración electrónica de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por el Acuerdo 23/2022 del Consejo de Gobierno (pdf) en su sesión ordinaria de 6 de abril de 2022 configura a la Comisión de Administracón elecrtrónica de la UNIA como el órgano encargado de la coordinación interna de la política de Administración electrónica.

  1. La Comisión de Administración Electrónica de la UNIA estará compuesta por las personas que ocupen los siguientes puestos y cargos:

    1. Persona titular de la Secretaría General, que la presidirá.

    2. Gerente o persona en quien delegue.

    3. Persona titular del Vicerrectorado competente en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

    4. Vicesecretario General, que hará las funciones de secretario de la comisión.

    5. Persona titular del Secretariado competente en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o persona en quien delegue.

    6. Persona titular de la dirección del área TIC.

    7. La persona responsable del Servicio de Archivo.

    8. Un representante de los profesores, designado por el Rector.

    9. Un representante de los alumnos, designado por los órganos de representación de los mismos.

  2. Los responsables de las unidades administrativas de la Universidad podrán asistir como invitados a las sesiones de la Comisión de Administración Electrónica de la UNIA cuando los puntos del orden del día estén relacionados con las funciones que desempeñan, con voz, pero sin voto.

De acuerdo con el artículo 51.del mencionado Reglamento, son funciones de la Comisión de Administración Electrónica de la UNIA:

  1. Planificar y realizar el seguimiento de la implantación de la administración electrónica en la Universidad.

  2. Emitir informes sobre los programas y aplicaciones que se utilicen para implementar los procedimientos de la administración electrónica de la Universidad.

  3. Proponer las líneas de actuación que han de seguirse para la incorporación de nuevos procedimientos administrativos electrónicos, incluyendo un orden de prioridad para su implantación.

  4. Informar sobre la incorporación de nuevos procedimientos en la sede electrónica de la UNIA.

  5. Promover la elaboración y actualización permanente del Sistema de Información Administrativa, que incluirá los procedimientos y servicios que se prestan, de forma clasificada y estructurados en familias, con indicación del nivel de informatización de los mismos, así como la información acerca de las interfaces al objeto de favorecer la interacción del usuario.

  6. Elevar a los órganos competentes, en cada caso, las propuestas de adaptación de los medios humanos o materiales, así como de trámites o normativas reguladoras de los mismos, que resulten necesarios o convenientes en relación con la implantación de procedimientos para su tramitación electrónica.

  7. Aprobar los planes y programas que sean necesarios para la adecuación de funcionamiento y de los sistemas de la UNIA al Esquema Nacional de Interoperabilidad, Esquema Nacional de Seguridad y sus normas técnicas de desarrollo.

  8. Promover el establecimiento de acuerdos o convenios de transferencia de información y conocimientos con otras Administraciones Públicas y, en particular, con los nodos de interoperabilidad previstos en el Esquema Nacional de Interoperabilidad, con el objetivo de simplificar la complejidad organizativa, sin menoscabo de las garantías jurídicas.

  9. Informar sobre las acciones necesarias para que se tenga presente la interoperabilidad de forma integral desde la concepción de los servicios y sistemas y a lo largo de su ciclo de vida: planificación, diseño, adquisición, construcción, despliegue, explotación, publicación, conservación y acceso o interconexión con los mismos.

  10. Proponer la realización de cursos de formación que guarden relación con la administración electrónica.

  11. Elaborar un informe anual que será elevado al Consejo de Gobierno, en el que se dé cuenta del grado de implantación, así como de los acuerdos tomados por la Comisión, las quejas y sugerencias recogidas y las soluciones adoptadas para solventarlas.

  12. Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas por la persona titular del Rectorado o el Consejo de Gobierno de la Universidad.

Igualmente debe destacarse en relación con esta Comisión que:

  • Conforme al artículo 37.2 del mencionado reglamento, esta Comisión es el órgano competente, de conformidad con el artículo 41.2 Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, para definir las especificaciones y programación previas, mantenimiento, supervisión, control de calidad y auditoría del sistema de información y su código fuente, previamente al establecimiento de cualquier sistema basado en automatismos y durante su vigencia.
  • La Disposición Final primera atribuye a esta Comisión, al igual que a la Gerencia y a la Secretaría general, la capacidad de desarrollar normativamente el mencionado reglamento mediante Instrucciones
  • Igualmente establecen otras competencias de esta comisión los artículos 8.2, 14.3 y 18.5 del reiterado reglamento

 Sesiones y principales acuerdos adoptados

La última sesión de la Comisión de Administración Electrónica tuvo lugar:

 Para acceder a la información sobre anteriores sesiones de esta Comisión sigue este enlace.

Comisión de Calidad

El Acuerdo 1/2022 del Consejo de Gobierno, de 28 de enero de 2022, aprobó el Reglamento de la Comisión de Calidad de la Universidad Internacional de Andalucía  (pdf) como el responsable para el fomento y desarrollo de la política y líneas de actuación en materia de calidad de la actividad docente, investigadora y de gestión de la Universidad Internacional de Andalucía.

De acuerdo con el artículo 3 del mencionado Reglamento, la Comisión de Calidad de la UNIA será nombrada por el Rector y estará integrada por los siguientes miembros:

  • El titular del Vicerrectorado responsable en materia de calidad, que la presidirá.
  • Dos representantes de los Vicerrectorados competentes en materias de postgrado y de formación permanente.
  • Un representante de las Sedes, que será una de las personas que ocupan la dirección, acordado entre éstas.
  • Un representante de la Gerencia.
  • Un representante de la Unidad administrativa encargada de la Gestión de la calidad en UNIA.
  • Un representante del Personal de Administración y Servicio que será propuesto por los órganos de participación de este colectivo.
  • Dos profesores, miembros de las Comisiones de Garantía de Calidad de los títulos impartidos por la UNIA, que serán propuestos por la Comisión de Postgrado.
  • Un estudiante, a propuesta del Consejo de Estudiantes de la UNIA.
  • Un representante de los egresados, miembro de las Comisiones de Garantía de Calidad de los títulos oficiales, a propuesta de la Comisión de Postgrado.

El/la Presidente/a designará al Secretario/a de la Comisión de entre los miembros de la misma. La Resolución Rectoral núm. 19/2023 (BOUNIA núm. 3/2023), la Resolución Rectoral núm. 137/2023 (BOUNIA 15/2023) y la Resolución Rectoral núm. 81/2024 (BOUNIA 9/2024) establecen la composición actual del Pleno de la Comisión.

Por otra parte, son funciones de la Comisión de Calidad de la Universidad Internacional de Andalucía:

  1. Proponer políticas, directrices y objetivos de la UNIA en materia de calidad.
  2. Elaborar y someter al Consejo de Gobierno, el Plan Anual de Calidad.
  3. Elaborar y someter al Consejo de Gobierno, la Memoria Anual de Calidad.
  4. Velar por el desarrollo del Sistema de Garantía de Calidad de los estudios de postgrado y proponer mejoras en su caso.
  5. Coordinar y velar por el desarrollo de los procesos de seguimiento y acreditación de los títulos oficiales.
  6. Analizar las memorias anuales de calidad de los títulos de postgrado.
  7. Fomentar y controlar la excelencia de la calidad en el ámbito de las actividades de formación permanente y de extensión.
  8. Velar por el desarrollo de los procesos de evaluación de la calidad de los servicios que se lleven a cabo en la UNIA.
  9. Analizar los resultados, el cumplimiento de objetivos y estándares de calidad fijados y proponer acciones correctoras y de mejoras si fueren necesarias.
  10. Proponer y dirigir las convocatorias de reconocimiento a la excelencia de la calidad que se puedan realizar por la UNIA.
  11. Asesorar al Consejo de Gobierno para la toma de decisiones en materia de calidad.
  12. Aquellas otras funciones que le sean encomendadas por el Rector y/o el Consejo de Gobierno de la UNIA.

Sesiones y principales acuerdos adoptados

La última sesión de la Comisión de Calidad tuvo lugar:

Para acceder a la información sobre anteriores sesiones de esta Comisión sigue este enlace.