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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS 

I.2. Consejo de Gobierno

Acuerdo 71/2021, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, de 3 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la Convocatoria de Títulos Propios. Curso Académico 2022-2023.

 El Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, reunido en sesión ordinaria de 3 de noviembre de 2021, aprueba la Convocatoria de Títulos Propios. Curso Académico 2022-2023.

ANEXO

 

 CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS DE TÍTULOS PROPIOS DE POSTGRADO

Curso académico 2022-2023

La Universidad Internacional de Andalucía (UNIA), en uso de las competencias atribuidas por el artículo 34 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, puede organizar, en colaboración con otras entidades o instituciones públicas o privadas, enseñanzas de postgrado, que se acreditarán como títulos oficiales de Máster Universitario y Doctorado. Además, en el uso de su autonomía puede organizar e impartir de forma exclusiva o en colaboración con otras entidades enseñanzas propias de postgrado, que se acreditarán con la expedición del correspondiente Título Propio por el Rector de la Universidad.

Estos estudios propios de postgrado se rigen por el Reglamento de Enseñanzas de Postgrado y de Formación Continua, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2018, y el Reglamento de Régimen Académico, aprobado igualmente el 19 de diciembre de 2018, y modificado por el mismo órgano el 23 de julio de 2019.

Los títulos propios de postgrado persiguen una especialización académica, científica o profesional altamente cualificada para estudiantes con una titulación universitaria previa o equivalente.

En función de su carga lectiva, los estudios propios de postgrado adoptarán las siguientes modalidades:

  1. Máster Propio. Tendrá una carga lectiva de entre 60 y 120 créditos ECTS, organizándose sus enseñanzas en uno o dos cursos académicos. Para la obtención del correspondiente título, se exigirá la elaboración y defensa de un Trabajo Final de acuerdo con las directrices que a tal efecto establezca la Universidad.
  2. Diploma de Especialización. Tendrá una carga lectiva de entre 30 y 59 créditos ECTS. Para su obtención se deberá superar el correspondiente proceso de evaluación.

Por otro lado, es posible presentar un Programa Integrado de Estudios Propios que permite la organización modular de los estudios para la obtención progresiva de diversos títulos propios o para la combinación de módulos válidos para la obtención de títulos propios diferentes incluidos en el mismo programa. Estos títulos no podrán compartir más del sesenta por ciento de sus créditos.

En su estrategia de actuación, la UNIA apuesta por ejercer un papel vertebrador como herramienta útil al sistema universitario andaluz para la implantación de proyectos de postgrado, a distancia, singulares y complementarios, que contribuyan a visibilizar el sistema en su conjunto, para la atracción de estudiantes internacionales.

PROCEDIMIENTO

 Tramitación

Las propuestas de titulaciones propias de postgrado se elaborarán en modelos normalizados, detallando diferentes aspectos académicos de los estudios e incluyendo un presupuesto de ingresos y gastos previstos. Estos documentos deben adecuarse a las directrices recogidas en esta convocatoria y se enviarán a través de la plataforma de registro electrónico de la UNIA: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Las dudas y consultas relacionadas con el procedimiento y las cuestiones de carácter académico y/o normativo deberán enviarse para su atención a la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Calendario de presentación de solicitudes

Las solicitudes de propuestas de nuevos programas, deberán presentarse entre el 4 de noviembre y el 10 de diciembre de 2021.

Las solicitudes de propuestas de reedición de títulos ya aprobados en convocatorias de cursos anteriores, deberán presentarse entre el 4 de noviembre de 2021 y el 10 de enero de 2022.

Valoración de propuestas

La Comisión de Postgrado es el órgano encargado de proponer, coordinar y supervisar la política estratégica de la Universidad en materia de estudios de postgrado. En uso de las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Universidad, aprobados por Decreto 236/2011 de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la Comisión de Postgrado le corresponde, entre otras, las competencias de analizar y, en su caso, elevar al Consejo de Gobierno para su aprobación, si procede, la propuesta de programación de estudios de postgrado propios. La aprobación corresponde al Consejo de Gobierno. Así, la Comisión de Postgrado, a la vista de la documentación recibida, procederá al estudio y valoración de las propuestas y trasladará el correspondiente informe al Consejo de Gobierno para su resolución final.

El informe de evaluación de las solicitudes incluirá tanto el análisis de adecuación de la propuesta a la normativa vigente, como la viabilidad y adecuación de la misma a la estrategia de postgrado de la Universidad, así como todos aquellos aspectos que garanticen la calidad de los estudios.

En concreto, se valorará:

  • Calidad académica de la propuesta.
  • Grado de virtualización de la propuesta.
  • Grado de internacionalización de la propuesta (se valorarán positivamente las dobles titulaciones y las titulaciones conjuntas con universidades internacionales de reconocido prestigio).
  • Adecuación de la propuesta a la estrategia de postgrado de la Universidad.
  • Adecuación de la propuesta a nuevos perfiles profesionales altamente demandados.
  • Adecuación de la propuesta a sectores profesionales estratégicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Colaboración con instituciones públicas o privadas vinculadas al tejido productivo andaluz y la transferencia de conocimiento.
  • Informes finales del Sistema de Garantía de la Calidad de titulaciones con ediciones previas y, en su caso, las propuestas de mejoras planteadas.

DIRECTRICES

Responsables académicos

Dirección. Cada programa contará con un Director académico, que será el responsable del desarrollo del plan de estudios. Deberá ser Doctor con acreditada experiencia académica y con docencia en el programa.

De manera excepcional, si el programa es de carácter profesional, podrá no requerirse el título de Doctor, si bien se deberá solicitar esta salvedad justificándose debidamente y evidenciar que se trata de un profesional de acreditada experiencia en el ámbito del programa en cuestión. El Consejo de Gobierno deberá aprobar esta solicitud previo informe de la Comisión de Postgrado.

En un mismo curso académico, la misma persona podrá dirigir un máximo de dos programas académicos de postgrado o de formación continua.

Para aquellos programas que se considere necesario, podrá haber un Codirector, que deberá cumplir los mismos requisitos que el Director Académico.

El Director Académico será el responsable, asistido por el Codirector en su caso, de elaborar la memoria académica, elevar a la Comisión de Postgrado la propuesta del profesorado seleccionado y su asignación docente para la impartición del plan de estudios, coordinar las actividades del programa, velar por su correcto desarrollo con adecuación a las normas académicas y presupuestarias establecidas por la Universidad y cumplir con las directrices del Sistema de Garantía de Calidad de la Universidad Internacional de Andalucía.

- Coordinación de módulo. En los programas organizados en módulos, se podrá designar una persona responsable de coordinar cada módulo (incluyendo el módulo correspondiente a las prácticas en empresas). Deberá ser profesor de dicho módulo, pudiendo coordinar un máximo de 3 módulos en un mismo título de postgrado.

Se encargará de elaborar la guía docente del módulo, de acuerdo con las indicaciones de la dirección académica; asimismo, estará obligado a velar por el desarrollo del módulo de acuerdo con la programación aprobada y de los procesos de evaluación previstos, coordinará la participación del profesorado asignado al módulo, asumirá las funciones de tutorización y orientación requeridas por el alumnado matriculado en el módulo y, en general, aquellas tareas que le encomiende la dirección académica del programa.

La Dirección Académica del título, junto con los coordinadores de módulos, desarrollará y contribuirá de forma expresa en la política de difusión del programa.

Coordinador de plataforma. En las titulaciones de modalidad semipresencial o virtual, se podrá designar una persona responsable de coordinar y dinamizar los contenidos académicos de la plataforma virtual, así como de atender las cuestiones relacionadas con estos aspectos.

Comisión Académica. Estará presidida por la persona responsable de la dirección e integrada, al menos, por dos docentes del programa. 

La Comisión Académica será la responsable de que el plan de estudios se imparta de acuerdo con la programación prevista. Asimismo, llevará a cabo el proceso de selección del alumnado y decidirá sobre aquellas cuestiones que pudieran plantearse durante el desarrollo del programa. Igualmente, informará a la Comisión de Postgrado sobre posibles modificaciones del plan de estudios, sustituciones de profesores, solicitudes de alumnos referentes a los procesos de representación y participación estudiantil que correspondan, reconocimiento y transferencias de créditos si así se ha aprobado en el plan de estudios, propuestas de comisiones de evaluación de trabajos finales de titulación, sistemas y reclamaciones de los procesos de evaluación, seguimiento y evaluación del programa y, en general, aquellas cuestiones de índole académica que le sean asignadas.

Profesorado

- En los títulos de Máster, al menos el 60% de la totalidad del profesorado debe ser doctor y el 40% profesorado universitario doctor.

- En los títulos de Diploma de Especialización, al menos el 25% de la totalidad del profesorado debe ser doctor.

- El número máximo de profesores participantes no podrá exceder de 25 en el caso de los títulos de Máster, ni de 15 en el caso de los títulos de Diploma de Especialización. A tales efectos, especialmente en el caso de títulos virtuales, no computarán los intervinientes en otro tipo de actividades como mesas redondas o salidas de campo.

- Cada docente no podrá impartir en un mismo título más de 6 créditos ECTS ni menos de uno.

- Los trabajos finales de Máster deberán estar tutelados por profesorado universitario doctor con docencia en el programa académico.

En el caso de no poder adecuarse a las referidas directrices, la persona responsable de la dirección deberá realizar una solicitud a la Comisión de Postgrado de la Universidad exponiendo las razones extraordinarias que concurren en ello.

Alumnado

- Cada programa de estudios de postgrado deberá indicar los requisitos específicos de admisión a los estudios y el número de plazas ofertadas (máximas y mínimas) para su impartición.

- Para que un título pueda considerarse viable, será necesario que se cubra el número mínimo de estudiantes establecido en la memoria económica.

- En los supuestos en que se contemplen itinerarios u optatividad, será necesario para su impartición que se matricule el número mínimo de estudiantes establecido en la memoria económica, que en ningún caso debe ser inferior a 10.

Organización

- Los planes de estudios se organizarán preferentemente en módulos, que a su vez comprenderán materias o asignaturas, en este caso:

  • Los títulos de Máster deberán tener entre 8 y 12 materias o asignaturas, que se deben agrupar entre 4 y 6 módulos.
  • Los Diplomas de Especialización deberán tener entre 4 y 6 materias o asignaturas, que se deben agrupar entre 2 y 3 módulos.

- En los supuestos en que el programa académico considere la necesidad de realizar prácticas externas en empresas o instituciones para los estudiantes, se deberá contar previamente con los compromisos correspondientes que garanticen su desarrollo.

- Los programas que requieran para su desarrollo de la firma de un convenio específico con otras instituciones no se podrán en marcha en tanto no se haya hecho efectiva la firma del mismo.

- Aquellas propuestas de estudios de "formación a demanda" que se basen en el desarrollo de un convenio entre la entidad proponente y la Universidad Internacional de Andalucía, se regirán de acuerdo a lo estipulado en dicho convenio, que en todo caso deberá ser visado por la Comisión de Postgrado para asegurar que los estudios propuestos cuentan con una calidad contrastada y se ajustan a la normativa vigente.

- En cuanto al comienzo de los programas académicos:

  • Si las enseñanzas son presenciales, la fecha de comienzo de los estudios debe ser, al menos, 20 días posterior a la fecha de finalización del periodo de matrícula. 
  • Si las enseñanzas son semipresenciales o virtuales, es necesario que la fecha de comienzo de los estudios se distancie al menos 15 días de la fecha de finalización del periodo de matrícula, con el objeto de poder llevar a cabo el procedimiento de alta de los estudiantes y profesores en la Plataforma Virtual de la Universidad con la antelación suficiente al comienzo del curso.

Sistema de Garantía de Calidad

Se establecerá de acuerdo con la Normativa de la Universidad Internacional de Andalucía.

La Comisión de Garantía de Calidad del Título de Posgrado es un órgano que participa en las tareas de implantación y seguimiento del SGCEP, actuando, además, como uno de los vehículos de comunicación interna de la política, objetivos, planes, programas, responsabilidades y logros de este sistema. Es nombrada por el Rector, a propuesta de la Comisión Académica, previo informe de la Comisión de Posgrado, y su composición será la siguiente:

  • Presidente: El Director académico del curso o persona en quien delegue. 
  • Vocales
  • Dos representantes del profesorado de las universidades participantes.
  • Un representante del alumnado.
  • Un representante del PAS.
  • Un representante de los egresados, sólo en aquellos Programas que se hayan impartido, al menos, en los dos cursos académicos inmediatamente anteriores.
  • Secretario: será designado por el Presidente de entre los propios miembros de la Comisión y cesará por decisión del Presidente.

Equilibrio presupuestario

Las propuestas deberán contar con un presupuesto detallado que sirva de base para la elaboración de la memoria económica por parte del Área de Gestión Académica de la UNIA, debiendo presentar una estimación presupuestaria equilibrada de gastos e ingresos. Este presupuesto habrá de elaborarse en función del número mínimo de estudiantes necesario para la viabilidad económica de los estudios.

En cuanto a la remuneración del profesorado, ésta se llevará a cabo de acuerdo con el Reglamento de Retribuciones de Enseñanzas y Actividades Académicas de la Universidad, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de marzo de 2019 y modificado el 29 de abril de 2020, el 22 de enero y el 24 de febrero de 2021.

- Dirección y Coordinación

  • La retribución por la Dirección Académica de un Máster Propio será como máximo de 1.500 euros. En caso de haber Codirección, la retribución se repartirá entre ésta y la Dirección.
  • La retribución por la Dirección Académica de un Diploma de Especialización será como máximo de 1.000 euros. En caso de haber Codirección, la retribución se repartirá entre ésta y la Dirección.
  • La coordinación de módulos presenciales o semipresenciales será retribuida como máximo con 300 euros.
  • La coordinación de módulos virtuales será retribuida como máximo con 600 euros.
  • La coordinación de las prácticas externas será retribuida como máximo con 300 euros.
  • En el caso de programas de enseñanza virtual, la coordinación de la plataforma docente utilizada podrá ser retribuida.

- Docencia

  • La docencia presencial o semipresencial será retribuida como máximo con 750 euros por crédito ECTS, incluyendo como tal la híbrida en la que el profesor trabaja simultáneamente con una parte del grupo de manera presencial mientras la otra lo hace online.
  • La docencia virtual será retribuida como máximo con 650 euros por crédito ECTS y grupo cuando el número de estudiantes sea como máximo de 20. A partir de dicho número de alumnos, la retribución anterior será incrementada en un 5% por cada alumno que supere dicha cifra.
  • Si por cualquier motivo una docencia programada como presencial tuviera que pasar a desarrollarse de forma virtual, las retribuciones deberán adecuarse a la modalidad efectiva de impartición.

- Tutorización de trabajo o memoria final de Máster o Diploma de Especialización

  • La tutorización de trabajo o memoria final de Máster será retribuida como máximo con 300 euros por estudiante.
  • La tutorización de trabajo o memoria final de Diploma de Especialización será retribuida como máximo con 150 euros por estudiante.

- Canon universitario

El importe del canon universitario, que deberá consignarse en el presupuesto de ingresos previstos en la memoria económica, se corresponderá con un 10% del total de los gastos del Título Propio, de acuerdo con lo establecido por el Patronato de la Universidad Internacional de Andalucía.

Cita de género

Todas las referencias contenidas en esta Convocatoria que utilizan la forma del masculino genérico se entenderán aplicables a cualquier persona con independencia de su género.