- Anexo I - Solicitud para optar a Premio Extraordinario de Doctorado
- Anexo II - Criterios de baremación para la concesión de Premios Extraordinarios de Doctorado
Doctorados
Programa de Doctorado en Ciencias Jurídicas
Ciencias Sociales y Jurídicas
Programa de Doctorado en Economía, Empresa, Finanzas y Computación
Ciencias Sociales y Jurídicas
Programa de Doctorado en Tecnología Educativa
Ciencias Sociales y Jurídicas
Para los estudiantes de nuevo ingreso, la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de cuatro años a tiempo completo, a contar desde la fecha de matrícula de la doctoranda o el doctorando en el programa hasta la fecha del depósito de la tesis doctoral. No obstante, y previa autorización de la Comisión académica responsable del programa, podrán realizarse estudios de doctorado a tiempo parcial. En este caso, tales estudios podrán tener una duración máxima de siete años, a contar con el mismo criterio que en el caso anterior.
Cuando la doctoranda o el doctorando sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de seis años a tiempo completo y de nueve años a tiempo parcial.
Antes de la finalización de los plazos citados, si no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la Comisión académica del programa, previa solicitud de la doctoranda o el doctorando, podrá autorizar la prórroga de este plazo por un año más en las condiciones establecidas en el correspondiente programa de doctorado.
Las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y violencia de género o cualquier otra situación contemplada en la normativa vigente durante el período de tiempo mencionado anteriormente interrumpirán el cómputo del plazo límite de duración de los estudios de doctorado.
Asimismo, la doctoranda o el doctorando podrá solicitar periodos de baja temporal en el programa hasta un total de dos años. Dicha solicitud deberá ser dirigida y justificada ante la Comisión académica responsable del programa que habrá de pronunciarse sobre la procedencia de acceder a lo solicitado por la doctoranda o el doctorando.
Durante el desarrollo del programa, la doctoranda o el doctorando podrá solicitar el cambio de modalidad de estudios entre tiempo completo y tiempo parcial. Este cambio se regirá por lo dispuesto en la Resolución Rectoral 151/2023 , por la que se aprueban las instrucciones para el cómputo de la duración de los estudios de doctorado, en el caso de cambio de modalidad de estudios, de acuerdo con la modificación realizada por el Real Decreto 576/2023 del Real Decreto 99/2011.
- Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.
- Asimismo, podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
- Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
- Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
- Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
- Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
- Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de Educación Superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.
Los programas de doctorado podrán establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de estudiantes (complementos de formación específicos, valoración de méritos específicos recogidos en la memoria de verificación del programa, entre otros).
Para la participación en el proceso de admisión será necesario cumplimentar y presentar el correspondiente impreso normalizado y acompañarlo de la siguiente documentación preceptiva:
- Si la titulación universitaria oficial de acceso al doctorado es española:
- NIF, o pasaporte en caso de nacionalidad extranjera.
- Título/s que dan acceso a los estudios de doctorado.
- Certificado académico de los estudios realizados que dan acceso a los estudios de doctorado donde conste la nota media del expediente.
- Si la titulación universitaria oficial de acceso al doctorado no es española:
- Copia legal (excepto países de la Unión Europea), del/los título/s que dan acceso a los estudios de doctorado donde conste la nota media del expediente.
- Acreditación de la universidad de expedición del/los título/s o de la certificación académica que acredite que dichos estudios le dan acceso a estudios de doctorado en su país.
- En caso de títulos no españoles homologados por el Ministerio español competente a estos efectos, se presentará fotocopia compulsada de la credencial de homologación expedida por dicho Ministerio.
No obstante, deberá adjuntarse, en su caso, cualquier otra documentación que sea requerida para su valoración, según los criterios de admisión del programa de doctorado que se trate.
Finalmente, la solicitud de admisión del interesado deberá indicar la línea de investigación a la cual solicita su adscripción y su propuesta de tutor/director de tesis doctoral, de entre las relacionadas en el siguiente enlace:
Una vez que el interesado ha sido admitido al programa de doctorado, deberá formalizar su matrícula.
Los doctorandos admitidos al programa de doctorado se matricularán anualmente en la Universidad Internacional de Andalucía (Oficina de Estudios de Postgrado - https://sacu.unia.es/ grupo de ayuda de “GESTIÓN ACADÉMICA” y en el tema de ayuda “TÍTULOS OFICIALES: ALUMNOS” ) en el plazo establecido a tal efecto, por el concepto de tutela académica anual. La formalización de la tutela académica implica un reconocimiento, a todos los efectos, como estudiante de doctorado de la Universidad Internacional de Andalucía.
El carácter anual de la tutela académica se producirá hasta la lectura de la tesis doctoral. No obstante, quien hayan dejado transcurrir dos años académicos sin haberla formalizado, decaerá en sus derechos y será baja definitiva en el programa de doctorado.
Tesis
Información general sobre tesis doctorales:
Normativa
- Instrucciones de acceso y matrícula 24-25
- Real Decreto 576/2023, de 4 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado
- Reglamento de Enseñanzas de Doctorado de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por el Consejo de Gobierno con fecha de 25 de abril de 2024