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IV.  BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS.

Resolución Rectoral 110/2026, de 7 de mayo, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convocan ayudas a la creación e investigación 2026-2027, en el marco del Programa de Agitación Científica de esta Universidad, destinadas a equipos conformados por artistas, científicas/os y colectivos sociales y se publican las bases para su concesión (Código BDNS: 904392).

Agitación científica es un programa que emplea la forma de la convocatoria como herramienta de distribución de recursos para activar procesos de investigación y creación desde la colaboración y la mirada híbrida entre ciencia y arte, como forma de respuesta a las necesidades sociales y ambientales actuales, específicamente las de la región andaluza.

La presente convocatoria constituye la segunda edición de esta línea de ayudas, con la que se renueva el apoyo a este tipo de prácticas y se reafirma el compromiso de la Universidad Internacional de Andalucía con el impulso de procesos de investigación y creación colaborativos que contribuyan a afrontar los desafíos ecosociales contemporáneos.

Agitación científica nace de la colaboración entre la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA), Tekeando, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y la Fundación Daniel y Nina Carasso. Esta alianza tiene como objetivo impulsar transformaciones significativas en las instituciones educativas, culturales y científicas contemporáneas desde posiciones democratizadoras, que aseguren las condiciones para que las personas y las comunidades sean actores clave en la creación de programas y políticas que respondan realmente a sus necesidades.

Esta convocatoria busca dar sostén a espacios de investigación que cuestionen los límites de su propia práctica y en los que la experimentación —la prueba, el ensayo, el posible logro o el error— juegue un papel central. Por ello, está abierta a procesos no tanto enfocados en el producto final como obra, es decir, en la representación o producción de un resultado, sino en el proceso como obra en sí misma: en la investigación como práctica artística y, a su vez, en la práctica artística como forma válida de investigación.

También se espera que los proyectos cuiden y presten atención a cómo sus prácticas afectan a las personas y contextos involucrados, así como a los modos de circulación de los resultados obtenidos. Se trata, en este sentido, de que los procesos puedan contextualizar, expandir, performar, facilitar y/o compartir sus métodos, preguntas, aprendizajes y resultados.

En esta línea, y con el objetivo de contribuir a la creación de un contexto de aprendizaje colaborativo, las personas y equipos beneficiarios contarán con el acompañamiento de Tekeando, a través de labores de mediación y activación. El propósito de esta mediación no es evaluar, sino acompañar y sostener los retos que estas prácticas puedan plantear a los proyectos.

Junto a la convocatoria, Agitación científica se concreta en seminarios, talleres, exposiciones y publicaciones. Con todo ello, se pretende:

  • Estimular la combinación de aproximaciones científicas con relatos culturales complementarios que permitan renovar la sensibilidad hacia las relaciones entre naturaleza y sociedad.
  • Impulsar y fortalecer comunidades implicadas en el cuidado del patrimonio cultural y natural de Andalucía desde un enfoque bioregional.
  • Producir y visibilizar, desde prácticas colaborativas, nuevos conocimientos y acercamientos críticos que promuevan relaciones socioecológicas ambientalmente sostenibles y socialmente justas, contribuyendo a mitigar y afrontar los cambios ambientales.
  • Impulsar la constitución de alianzas públicas, público-privadas y público-comunitarias que puedan resultar estratégicas para alimentar procesos de transformación ecosocial.

En definitiva y atendiendo a lo establecido en la línea 18 del Plan Estratégico de Subvenciones de la UNIA 2025-2027, se pretende, a través de esta convocatoria: contribuir a ampliar las miradas y el pensamiento crítico sobre los desafíos actuales, aportar soluciones creativas para la resolución de los restos actuales de la sociedad e impulsar proyectos de innovación que diversifiquen y transformen el tejido social, cultural y productivo.

De acuerdo con estos objetivos, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del 24 de marzo de 2026 ESTE RECTORADO, a la vista de lo expuesto y en uso de las atribuciones que tiene conferidas

HA RESUELTO:

Primero.- Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, dos ayudas a la creación e investigación, en el marco del programa Agitación científica 2026-2027, destinadas a equipos conformados por artistas, científicas/os y colectivos sociales.

Segundo.- Publicar las bases de la Convocatoria de ayudas a la creación e investigación, en el marco del programa Agitación científica 2026-2027, destinadas a equipos conformados por artistas, científicas/os y colectivos sociales, contenidas en el Anexo I de esta Resolución.

Tercero.- Las ayudas objeto de esta Convocatoria están sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente y serán financiadas con cargo a las anualidades 2026 y 2027 de la aplicación presupuestaria 3016AC 4000 48200 con número de expediente 2026/0000256 del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía por una cuantía máxima de veintiocho mil euros (28.000 €), en función del número de ayudas que se concedan. La disponibilidad presupuestaria para 2026 será de una cuantía máxima de veintidós mil cuatrocientos euros (22.400 €) y de un máximo de cinco mil seiscientos (5.600 €) euros para 2027.

Cuarto.- El procedimiento de concesión de las ayudas se considerará iniciado de oficio con la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA).

La publicación de los actos de trámite relativos a la presente convocatoria, incluyendo los listados de admitidas/excluidas y beneficiarias, se realizará en el Tablón Oficial de la UNIA (https://www.unia.es/la-unia/tounia), sirviendo dichas publicaciones de notificación a las interesadas, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

EL RECTOR

José Ignacio García Pérez.

 

ANEXO I.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CREACIÓN E INVESTIGACIÓN 2026-2027, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE AGITACIÓN CIENTÍFICA DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA, DESTINADAS A EQUIPOS CONFORMADOS POR ARTISTAS, CIENTÍFICAS/OS Y COLECTIVOS SOCIALES

1. OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

Se convocan dos ayudas a la creación-investigación, en el marco del programa Agitación Científica, destinadas a equipos conformados por artistas, científicas/os y colectivos sociales 2026-2027, con una dotación de catorce mil euros (14.000 €) cada una.

La finalidad de esta convocatoria es impulsar procesos colaborativos de creación-investigación que aborden retos ecosociales contemporáneos en el territorio andaluz, mediante la articulación de equipos de trabajo que integren prácticas artísticas, científicas y sociales.

2. RÉGIMEN JURÍDICO.

Las ayudas a que se refiere esta convocatoria se regirán por lo previsto en la misma, por el Reglamento por el que se regulan los procedimientos de gestión de las subvenciones otorgadas por la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo 96/2023, de 14 de diciembre, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA núm. 23, de 19 de diciembre de 2023), en adelante Reglamento de Subvenciones UNIA , así como por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y demás normativa que en lo que resulte de aplicación.

3. CALENDARIO.

Plazo de presentación de solicitudes: 20 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Desarrollo de las propuestas:

  • Diciembre de 2026: fecha límite de inicio de las propuestas.
  • Diciembre de 2027: fecha límite de finalización de las propuestas y de entrega de las memorias finales.

4. PERSONAS O ENTIDADES DESTINATARIAS Y REQUISITOS.

4.1. Estas ayudas están dirigidas a equipos de trabajo conformados por artistas, científicas/os y colectivos sociales, de cualquier nacionalidad y lugar de residencia, que estén interesadas/os o cuenten con experiencia en el desarrollo de prácticas de creación-investigación experimentales y socialmente comprometidas.

4.2. Los equipos deberán estar conformados por, al menos, tres agentes: un/a artista, un/a científica/o y un colectivo social. Cada uno de estos agentes podrá ser una persona física, entidad u organización.

4.3. También se contempla la participación de un único colectivo, siempre que esté conformado por personas que, en su conjunto, acrediten experiencia en los tres ámbitos mencionados.

4.4. La solicitud deberá presentarse a nombre de una de las personas o entidades participantes, que actuará como representante del equipo a todos los efectos.

4.5. Cada persona física, entidad u organización solo podrá formar parte de una solicitud.

4.6. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

5. REQUISITOS DE LAS PROPUESTAS.

5.1. La propuesta presentada deberá ser original. La persona o colectivo solicitante deberá disponer de todos los derechos necesarios para su desarrollo, incluidos los derechos de propiedad intelectual que pudieran derivarse de la misma.

En caso de que la propuesta incorpore materiales o derechos de titularidad de terceras personas, la persona o colectivo solicitante deberá contar con las autorizaciones correspondientes, exonerando a la Universidad Internacional de Andalucía de cualquier responsabilidad al respecto.

5.2. Las propuestas deberán estar vinculadas al territorio andaluz e implicar, en su desarrollo, a comunidades locales, asociaciones, colectivos u otros agentes relevantes en relación con el contexto específico en el que se inscriben.

5.3. Podrán presentarse propuestas en cualquier fase de desarrollo.

5.4. Las propuestas deberán empezar su desarrollo no más tarde de diciembre de 2026 y terminar antes de diciembre de 2027.

En atención a la duración variable que puede presentar cada propuesta, hacemos una invitación a reflexionar sobre los recursos destinados y a atender a los tiempos propios del estudio, la producción y la circulación, así como a su relación con las escalas de la naturaleza.

5.5. Las fechas concretas de desarrollo serán acordadas entre las personas beneficiarias, la UNIA y el equipo de mediación recogido en el apartado 3 de la Base 7.

6. DOTACIÓN ECONÓMICA Y FORMA DE PAGO.

6.1. Se concederán dos ayudas con una dotación máxima de catorce mil euros (14.000 €) cada una, impuestos incluidos.

6.2. Las ayudas serán abonadas en dos pagos: el primero, correspondiente al 80 % del importe total concedido, se tramitará tras la aceptación de la ayuda; el segundo, correspondiente al 20 % restante, se tramitará tras la entrega de la memoria final[1] y su validación por parte de la UNIA.

6.3. El abono se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por las personas beneficiarias en el documento de aceptación.

6.4. Las ayudas objeto de esta convocatoria están sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente y serán financiadas con cargo a las anualidades 2026-2027 de la aplicación presupuestaria 3016AC 4000 48200 y con número de expediente 2026/0000256 del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía por una cuantía máxima de veintiocho mil euros (28.000 €), en función del número de ayudas que se concedan. Con cargo a 2026, un importe total de veintidós mil cuatrocientos euros (22.400€) correspondientes al 80% y con cargo a 2027, un importe total de cinco mil seiscientos euros (5.600€), correspondiente al 20% restante.

6.5. Las ayudas serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

7. OTRAS FORMAS DE APOYO.

Además de la dotación económica, el programa Agitación científica contempla otras formas de apoyo destinadas a facilitar el desarrollo de los proyectos seleccionados, fomentar el intercambio de conocimientos y favorecer la circulación pública de sus procesos y resultados.

7.1. Espacios y recursos.

a)   Para el encuentro colectivo previsto en esta convocatoria, la UNIA pondrá a disposición los espacios e infraestructuras disponibles que resulten adecuados a las características del encuentro.

b)   La UNIA facilitará el contacto entre las personas beneficiarias y el personal de la biblioteca, con el objetivo de acompañar el acceso y la consulta de sus fondos, incluyendo la colección específica vinculada al programa Agitación científica. Asimismo, las personas beneficiarias podrán proponer nuevas incorporaciones a esta colección en relación con las temáticas y procesos de sus proyectos.

7.2. Comunicación y visibilidad.

a)    La UNIA y el resto de entidades colaboradoras del programa Agitación científica promoverán oportunidades y contextos de encuentro para la puesta en común, presentación, activación y/o exhibición pública de los procesos desarrollados.

b)   Asimismo, se facilitará la difusión de los procesos, metodologías, aprendizajes y resultados a través de los canales de comunicación institucionales de la UNIA, del programa y de las entidades colaboradoras.

7.3. Mediación y activación.

El equipo de Tekeando acompañará a los proyectos seleccionados a través de un programa de mediación y activación que combinará espacios de encuentro colectivo y sesiones de mentoría individual.

a)   Encuentro colectivo: Se trata de un espacio presencial de carácter formativo y de trabajo conjunto entre las personas beneficiarias de esta convocatoria, que se desarrollará en el marco más amplio del programa Agitación científica, favoreciendo el intercambio con participantes de otras convocatorias y procesos en curso.

Los gastos de viaje y alojamiento derivados de la asistencia deberán ser asumidos por las personas beneficiarias y se encuentran incluidos en el importe de la subvención.

A título informativo, el encuentro tendrá una duración aproximada de dos días.

b)   Mentorías individuales: Se desarrollará un programa de mentorías individuales, con un mínimo de cinco sesiones, que podrán realizarse de forma presencial y/o online, acordadas entre las personas beneficiarias, la UNIA y el equipo de mediación.

Estas sesiones estarán orientadas a acompañar el desarrollo de los proyectos, atender a sus necesidades específicas, compartir herramientas y metodologías, y apoyar la preparación de los momentos de activación pública y la elaboración de la memoria final.

8. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.

8.1. Las ayudas serán concedidas mediante procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los requisitos y criterios establecidos en esta Convocatoria, y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

8.2. El procedimiento de concesión de las ayudas se considerará iniciado de oficio con la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA).

La publicación de los actos de trámite relativos a la presente convocatoria, incluyendo los listados de personas admitidas/excluidas y beneficiarias, se realizará en el Tablón Oficial de la Universidad (https://www.unia.es/la-unia/tounia), sirviendo dichas publicaciones como notificación a las interesadas, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP).

Las personas solicitantes serán responsables de consultar el Tablón Oficial a efectos de mantenerse informadas sobre el estado de su solicitud. La UNIA no realizará comunicaciones individuales ni por otros medios distintos a los indicados.

9. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

9.1. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOUNIA y permanecerá abierto durante 20 días naturales, finalizando a las 23:59 horas del último día natural del citado periodo.

9.2. Las solicitudes, que se cumplimentarán íntegramente en castellano y conforme al modelo que consta en el Anexo II, se presentarán telemáticamente a través del registro electrónico de la UNIA, disponible en https://www.unia.es/registro-electronico.

Para acceder al servicio y enviar la solicitud será necesario disponer de DNI electrónico o certificado digital. El registro electrónico devolverá un justificante que podrá descargarse, quedando constancia jurídica de la presentación de la solicitud.

No se aceptarán solicitudes presentadas por otros medios ni fuera del plazo establecido.

9.3. Junto a la solicitud (Anexo II) deberá presentarse la siguiente documentación:

a) Propuesta artística (Anexo III), que con un máximo de 10 páginas deberá incluir:

  • Resumen de la propuesta.
  • Plan de trabajo, en el que se especificarán las diferentes fases previstas, las metodologías, el presupuesto, el calendario, las transformaciones e impactos esperados - tanto hacia dentro (individuales y colectivos) como hacia fuera (sociedad, centros de investigación, etc.) -, así como las estrategias de comunicación asociadas.

b) Mapa relacional, en el que se presenten los agentes principales de la colaboración, así como las comunidades, proyectos, experiencias, actividades o procesos con los que el equipo está o ha estado relacionado a lo largo de su trayectoria.

c) CV de cada uno de los agentes que intervienen en el desarrollo de la propuesta, acreditando su experiencia en relación con las líneas establecidas en la convocatoria (máximo 2 páginas por CV).

d) Carta de compromiso, firmada por los diferentes agentes que conforman el equipo, en la que se refleje su compromiso de colaboración.

9.4. La UNIA podrá comprobar la autenticidad y veracidad de los datos aportados, así como requerir a las personas solicitantes el envío de documentación original o complementaria cuando resulte necesario.

9.5. La presentación de la solicitud supone la aceptación íntegra de las bases y de la convocatoria que la rige.

10. ÓRGANOS COMPETENTES Y CRITERIOS DE VALORACIÓN.

10.1. La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá a las unidades competentes del Vicerrectorado de Formación Permanente y Cultura de la UNIA.

10.2. La valoración de las solicitudes, conforme a los criterios establecidos en esta Base, corresponderá a una Comisión de Evaluación, que se constituirá en el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes y estará conformada por:

  • Una persona en representación de la UNIA, que ejercerá la presidencia de la Comisión (1 voto).
  • Una persona en representación del CSIC (1 voto).
  • Una persona en representación de Tekeando (con voz y sin voto).
  • Una persona en representación de la Fundación Daniel y Nina Carasso (1 voto).
  • Una persona profesional independiente del ámbito de la gestión cultural contemporánea (1 voto).

Actuará como Secretaría de la Comisión una persona en representación de la UNIA, con voz pero sin voto.

Las personas integrantes de la Comisión serán nombradas, a propuesta de las citadas entidades, mediante Resolución de la persona titular del Rectorado de la UNIA. Esta Resolución se hará pública entre la fecha de publicación de la convocatoria y con anterioridad a la primera reunión de la Comisión.

La Comisión de Evaluación respetará el derecho fundamental a la igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española, garantizando la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social, así como el mandato dirigido a los poderes públicos en el artículo 9.2 de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas, y facilitar la participación de la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social.

10.3. De todas las reuniones y decisiones adoptadas por la Comisión se levantará la correspondiente acta.

La Comisión de Evaluación valorará las solicitudes y formulará la propuesta de resolución de la convocatoria, que elevará a la persona titular del Rectorado de la UNIA para su consideración y, en su caso, aprobación.

10.4. La Comisión motivará la puntuación otorgada conforme a los siguientes criterios y hasta el valor máximo que se indica:

a) Propuesta de proyecto a desarrollar (máximo 5 puntos).

Se valorarán los siguientes aspectos:

  • Capacidad del proyecto para atender y dar respuesta a los objetivos de la convocatoria, especialmente en relación con necesidades ecosociales situadas en el territorio andaluz.
  • Solidez, fundamentación y claridad de la propuesta; adecuación de las metodologías planteadas a los objetivos de la misma; concreción técnica y viabilidad económica.
  • Orientación transformadora de la propuesta; aproximación novedosa y crítica; búsqueda de nuevas formas y enfoques de investigación, o renovación de los existentes.
  • Apertura del conocimiento generado; comunicación y diseminación de los aprendizajes y saberes producidos; capacidad de generar nuevos contextos de aprendizaje.
  • Propuesta explícita y concreta de formas de trabajo que atiendan a la sostenibilidad material y humana, tanto de los posibles resultados como de los procesos creativos.

b) Articulación del equipo (máximo 3 puntos).

Se valorarán los siguientes aspectos:

  • Inclusividad del equipo (en términos de género, edad, formación, etc.) y equilibrio dentro de su heterogeneidad.
  • Metodologías y herramientas orientadas a generar espacios de trabajo respetuosos entre agentes diversos.

c)  Perfil profesional de las personas solicitantes (máximo 2 puntos).

Se valorarán los siguientes aspectos:

  • Adecuación entre la trayectoria o perfil de las personas solicitantes y la propuesta presentada.
  • Aportación del perfil o la trayectoria de las personas solicitantes a los objetivos de la convocatoria.

11. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS AYUDAS.

11.1.   Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor comprobará que estas se han presentado en el plazo y forma exigidos, así como que se ha adjuntado la documentación señalada en la Base 9.

Si alguna solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos preceptivos, se requerirá de forma conjunta, mediante su publicación en el

TOUNIA, a la persona o personas interesadas para que, en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con la indicación de que en caso de no hacerlo, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución de la persona titular del Rectorado de la UNIA, dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la LPACAP, de acuerdo con el artículo 68.1 de la misma Ley.

11.2.   Finalizado el plazo de subsanación concedido, se procederá a su análisis y se elaborará y publicará el listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas en el TOUNIA (https://www.unia.es/la-unia/tounia), indicando la causa de exclusión y concediendo a las interesadas un plazo 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación, para la presentación de las alegaciones que tengan por convenientes, que se presentarán  telemáticamente a través del registro electrónico de la UNIA, disponible en https://www.unia.es/registro-electronico.

11.3.   Concluido, en su caso, el periodo de subsanación, la Comisión de Evaluación analizará la documentación presentada y elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas por no reunir los requisitos establecidos en la convocatoria en la que se indicará la causa de exclusión, que será elevada a la persona titular del Rectorado de la UNIA para que adopte la correspondiente Resolución.

La Resolución adoptada será publicada en el TOUNIA (https://www.unia.es/la-unia/tounia) y contra ella, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican en el apartado 4 de la Base 12.

11.4.   Respecto de solicitudes admitidas el proceso de selección se desarrollará en dos fases:

1º. Primera fase: preselección.

La Comisión de Evaluación realizará una valoración inicial de las solicitudes, conforme a los criterios establecidos en la Base 10 de esta convocatoria, y elaborará una relación con los proyectos ordenados en función de su puntuación, preseleccionando a los 5 primeros que pasarán a la siguiente fase de selección.

De la valoración y preselección se levantará el Acta correspondiente en la que se deje constancia de la deliberación y valoración acordada por la Comisión.

La Comisión hará pública en el TOUNIA la relación de los proyectos preseleccionados y concederá a las solicitantes un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación, para presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Las alegaciones se presentarán conforme a lo establecido en el apartado 2 de la Base 9 de esta convocatoria, utilizando el modelo disponible en la página web de la UNIA.

2º. Segunda fase: selección.

Transcurrido dicho plazo y una vez valoradas, en su caso, las alegaciones presentadas, la Comisión de Evaluación publicará en el TOUNIA la convocatoria de los proyectos preseleccionados a una entrevista individual, que se realizará en modalidad online.

11.5.   Una vez finalizado el proceso valoración, la Comisión hará pública en el TOUNIA (https://www.unia.es/la-unia/tounia), la propuesta de resolución provisional, y concederá a las personas solicitantes un plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación, para presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Las alegaciones se presentarán conforme a lo establecido en el apartado 2 de la Base 9 de esta convocatoria, utilizando el modelo disponible en la página web de la UNIA.

11.6.   Transcurrido dicho plazo y una vez valoradas, en su caso, las alegaciones presentadas, la Comisión de Evaluación elaborará la propuesta de resolución definitiva, que incluirá la relación de las personas beneficiarias, y, en su caso, la relación ordenada de las solicitudes que, cumpliendo los requisitos establecidos en esta convocatoria, no hayan sido estimadas por insuficiencia de crédito, con indicación de su puntuación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así como las solicitudes denegadas, con indicación de sus causas.

Esta propuesta será elevada a la persona titular del Rectorado de la UNIA, quien dictará la correspondiente Resolución.

12. RESOLUCIÓN.

12.1.   La resolución será motivada, fundamentándose en el cumplimiento, o no, de lo establecido en esta convocatoria y, en su caso, en la disponibilidad presupuestaria existente.

12.2.   La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la UNIA (BOUNIA). Asimismo, la relación de personas beneficiarias se difundirá a través de las páginas web del programa y de las demás entidades que lo integran.

12.3.   El plazo máximo para dictar y publicar la resolución del procedimiento será de seis meses, contados desde la fecha de publicación de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y publicado resolución expresa, las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo.

12.4.   Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la LPACAP.

Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

13. ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.

13.1.   La aceptación de la ayuda se realizará de forma expresa mediante la firma y presentación, en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la UNIA (BOUNIA), del formulario disponible en el Anexo IV, acompañada de una copia escaneada del DNI, NIE, pasaporte o CIF, y del certificado de titularidad de la cuenta bancaria, así como, en su caso, documentación acreditativa de la representación.

La presentación de la aceptación se realizará conforme a lo establecido en el apartado 2 de la Base 9.

13.2.   Si dentro de dicho plazo la persona beneficiaria renunciara a la ayuda o no presentara su aceptación, el Rector podrá acordar, sin necesidad de nueva convocatoria, la concesión de la ayuda a la persona o personas solicitantes siguientes a aquella en el orden de puntuación, siempre y cuando con la renuncia, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas [2].

La Comisión de Evaluación comunicará esta opción a las personas interesadas, que dispondrán de un plazo improrrogable de diez días hábiles para aceptar la propuesta de ayuda. Una vez aceptada, el Rector dictará la correspondiente resolución de concesión y procederá a su notificación en los términos establecidos.

14. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS O COLECTIVOS BENEFICIARIOS.

14.1.   La aceptación de las ayudas otorgadas en el marco de esta convocatoria comporta el establecimiento de un marco de trabajo y colaboración entre las personas o entidades beneficiarias y la UNIA, con compromisos asumidos por ambas partes, con el fin de que el desarrollo de los proyectos y la relación con la institución resulten lo más enriquecedores posible.

14.2.   La condición de persona o entidad beneficiaria implica la aceptación de las bases de esta convocatoria, así como de las obligaciones establecidas en el artículo 8 del Reglamento de Subvenciones de la UNIA, y de las siguientes obligaciones específicas:

a) Aceptar expresamente la ayuda concedida y las Bases de esta convocatoria en el plazo y condiciones establecidos en la Base 13.

b) Desarrollar el proyecto conforme al plan de trabajo presentado y a los acuerdos establecidos con la UNIA, y comunicar cualquier modificación significativa que se produzca con posterioridad a la concesión de la ayuda.

c) Destinar la ayuda exclusivamente a la finalidad para la que fue concedida, sin alterar su objeto ni su destino.

d) Realizar una activación pública en un momento intermedio del desarrollo del proyecto. La fecha será acordada entre las personas beneficiarias, la UNIA y el equipo de mediación y activación. Esta activación tendrá como objetivo favorecer la apertura, la interacción y/o la co-creación con comunidades distintas a las inicialmente implicadas en el desarrollo de la propuesta, pudiendo adoptar, entre otros, formatos como asambleas abiertas, conferencias performativas, exposiciones u otros dispositivos públicos.

e) Presentar una memoria final, en soporte físico o digital, antes del 31 de diciembre de 2027. Esta memoria deberá recoger y permitir compartir los momentos clave del desarrollo del proyecto, las metodologías empleadas, las activaciones públicas realizadas, los aprendizajes y dificultades encontradas, así como las transformaciones o impactos generados.

Junto a la memoria podrán presentarse otros materiales complementarios, tales como textos, vídeos, dibujos, canciones, cuadernos de campo, podcast, exposiciones, presentaciones escénicas u otros formatos derivados del proceso.

f)  Participar en las sesiones de mentoría individual ofrecidas por el equipo de mediación y activación.

g) Participar en el encuentro colectivo presencial previsto en el marco del programa.

h) Entregar, en la fase inicial del proyecto, un resumen y una imagen representativa de la propuesta para su difusión en los canales del programa.

i)  Hacer constar en los materiales de difusión y en los resultados derivados del proyecto la siguiente referencia: “Proceso de investigación y creación realizado en el marco del programa Agitación científica 2026-2027 de la UNIA, Tekeando, CSIC y la Fundación Daniel y Nina Carasso”.

Asimismo, deberán incluirse los logotipos del programa Agitación científica y de las entidades que lo integran, siempre que sea posible.

j)  Poseer todos los derechos de representación, incluidos (pero no excluyentes) los derechos de propiedad intelectual. Si la propuesta incluye derechos de terceras personas, las personas participantes garantizan la obtención de los derechos, autorizaciones y/o licencias necesarias, exonerando a la UNIA de cualquier reclamación al respecto.

k) Consentir expresamente la difusión de imágenes, así como de la voz de la beneficiaria, que en caso de que la UNIA considerase oportuno la UNIA.

15. MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN.

15.1.   De acuerdo con el artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. En todo caso, procederá dicha modificación cuando se produzca la obtención concurrente de otras subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

15.2.   Siempre que no se altere la finalidad de la ayuda concedida, si surgiera alguna circunstancia que dificulte o altere su desarrollo en los términos aprobados, la persona beneficiaria estará obligada a comunicarlo a la UNIA mediante la correspondiente solicitud de modificación.

15.3.   La modificación no podrá, en ningún caso, alterar la finalidad de la ayuda ni la actividad para la que se solicitó, ni variar su destino, ni incrementar la cuantía de la subvención concedida, ni afectar a aquellos aspectos que fueron determinantes para su concesión.

15.4.   La solicitud de modificación deberá estar debidamente justificada, indicando las circunstancias que la motivan, y deberá presentarse de forma inmediata desde que dichas circunstancias se produzcan.

15.5.   La Comisión de Evaluación, a la vista de la documentación aportada, podrá requerir aclaraciones o documentación complementaria, concediendo para ello un plazo de diez días hábiles.

Analizadas las circunstancias, la Comisión formulará la correspondiente propuesta, que será elevada a la persona titular del Rectorado de la UNIA para su resolución. La resolución adoptada será notificada a la persona interesada.

16. REVOCACIÓN Y PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE PERSONA O COLECTIVO BENEFICIARIO.

16.1.   La adjudicación de la ayuda será revocada totalmente, se haya hecho o no uso de ella, si se diese alguna de las causas establecidas en el artículo 18 del Reglamento de subvenciones de la UNIA o alguna de las siguientes circunstancias:

a) Descubrirse que en su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos por parte de la persona solicitante.

b) Incompatibilidad con otros beneficios destinados al mismo objeto concedidos por otras personas físicas o jurídicas.

c) Inhibición o cumplimiento negligente de las obligaciones por parte de las beneficiarias.

d) No destinar la ayuda para la finalidad concedida, entendiéndose como tal la anulación de la misma.

e) No cumplir con las obligaciones recogidas en la Base 14 de la convocatoria.

16.2.   Las personas beneficiarias que incurran en alguna causa de revocación de estas ayudas estarán obligadas a reintegrar a la Universidad Internacional de Andalucía las cantidades percibidas que no se hayan satisfecho a consecuencia de la ayuda concedida, sin perjuicio de las acciones legales que ésta pudiera iniciar.

16.3.   El procedimiento de reintegro se iniciará y tramitará conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento de subvenciones de la UNIA.

17. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.

17.1.   Con el fin de promover la cultura libre y divulgar el conocimiento generado dentro de la convocatoria, todas las metodologías, herramientas y textos desarrollados estarán disponibles bajo licencias abiertas. Cuando la UNIA y colaboradoras compartan estos materiales en catálogos, carteles, videos promocionales, páginas web, redes sociales y otros medios audiovisuales, lo harán respetando y reconociendo, en todo momento y en toda publicación, la autoría de materiales generados por los proyectos seleccionados.

17.2.   El tipo de licencias abiertas serán elegidas por las beneficiarias. En caso de necesitar algún otro tipo de licencia se podrán debatir los términos con el equipo de mediación y UNIA.

17.3.   Las participantes en la convocatoria deberán garantizar que la propuesta presentada es original y que ostentan todos sus derechos de representación, incluidos (pero no excluyentes) los derechos de propiedad intelectual. Si la propuesta incluye derechos de terceras personas, las personas participantes garantizan la obtención de los derechos, autorizaciones y/o licencias necesarias, exonerando a la UNIA de cualquier reclamación al respecto.

18. DERECHOS DE IMAGEN/ VOZ.

En caso de que la UNIA considerase oportuno difundir la imagen o voz de la beneficiaria, la UNIA deberá obtener su consentimiento expreso, de acuerdo con la normativa reguladora de protección de datos personales.

19. PROTECCIÓN DE DATOS.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, se informa de que los datos personales facilitados con motivo de esta convocatoria serán tratados por la Universidad Internacional de Andalucía,  con la finalidad de gestionar la participación en este procedimiento. Puede ejercer sus derechos ante el responsable del tratamiento en la dirección Avda. Américo Vespucio, 2 - 41092 Isla de la Cartuja, Sevilla, mediante correo electrónico dirigido al Delegado de Protección de Datos (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) o a través de los correspondientes procedimientos establecidos en la sede electrónica de la UNIA (https://sedeelectronica.unia.es/). Puede acceder a información adicional a través del enlace previsto en la en la página web (https://www.unia.es/protecciondatos).

20. CONTACTO.

Las dudas y consultas se atenderán por correo electrónico en las siguientes direcciones:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

[1] Conforme a lo señalado en la letra e) del apartado 13.2.

[2] Referidas a las que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta convocatoria para adquirir la condición de beneficiaria, no hayan sido estimadas por rebasar la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria.

ANEXO II

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CREACIÓN E INVESTIGACIÓN 2026-2027, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE AGITACIÓN CIENTÍFICA DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA, DESTINADAS A EQUIPOS CONFORMADOS POR ARTISTAS, CIENTÍFICAS/OS Y COLECTIVOS SOCIALES.

FORMULARIO DE SOLICITUD.

1. INFORMACIÓN GENERAL DE LA PROPUESTA.

1.1. Título de la propuesta:

1.2. Resumen de la propuesta (máximo 200 palabras):

Breve descripción de los objetivos, agentes implicados y enfoque de trabajo.

En caso de resultar beneficiaria, este resumen podrá ser utilizado por la UNIA y las entidades colaboradoras para la difusión del proyecto en sus canales de comunicación.

1.3. Duración estimada del proyecto:

Número de meses: _______

Fecha prevista de inicio: ___ / ___ / 2026

Fecha prevista de finalización: ___ / ___ / 2027

2. DATOS DE LA PERSONA O COLECTIVO SOLICITANTE.

2.1. Tipo de solicitante:

  • Persona física.
  • Persona jurídica.
  • Colectivo sin personalidad jurídica.

2.2. Datos identificativos:

  • Nombre o razón social: _______________________________
  • Apellidos (si procede): _______________________________
  • DNI/NIE/Pasaporte/NIF/CIF: ___________________________
  • En caso de colectivo sin personalidad jurídica, indicar la persona representante:

Nombre y apellidos de la persona representante: _________________________

DNI/NIE: __________________________

2.3. Datos de contacto:

  • Dirección completa: ____________________________________________.
  • Teléfono: __________________.
  • Correo electrónico: __________________.

3. DATOS DEL EQUIPO.

3.1. Denominación del equipo (si procede):

3.2. Datos de contacto del equipo:

  • Dirección completa: ____________________________________________
  • Teléfono: __________________
  • Correo electrónico: __________________

3.3. Personas integrantes del equipo:

(Relación nominal de las personas que conforman el equipo)

1.  _________________________________________________________________  

2.  _________________________________________________________________  

3.  _________________________________________________________________  

4.  _________________________________________________________________

(En caso necesario, añadir hoja adicional)

4.  DECLARACIONES RESPONSABLES:

La persona o colectivo solicitante declara bajo su responsabilidad:

  • Que conoce y acepta íntegramente las bases de la convocatoria.
  • Que no incurre en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o que autoriza a la UNIA a realizar las comprobaciones correspondientes cuando proceda.
  • Que la propuesta presentada es original y que dispone de los derechos necesarios para su desarrollo.
  • Que comunicará a la UNIA la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, en caso de producirse.

5.  DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA:

  • Propuesta artística (Anexo III).
  • Mapa relacional.
  • Currículum vitae de cada integrante (máximo 2 páginas por persona).
  • Carta de compromiso firmada por las personas integrantes del equipo.

6. FIRMA.

En ________________________, a ___ de __________________ de 2026.

Firma de la persona solicitante / representante:

Protección de datos

Los datos personales facilitados serán tratados por la Universidad Internacional de Andalucía, como responsable del tratamiento, con la finalidad de gestionar la presente convocatoria. El tratamiento se realizará conforme al Reglamento (UE) 2016/679 y a la Ley Orgánica 3/2018.

Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a la dirección postal de la UNIA.

Más información en https://www.unia.es/protecciondatos

ANEXO III.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CREACIÓN E INVESTIGACIÓN 2026-2027, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE AGITACIÓN CIENTÍFICA DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA, DESTINADAS A EQUIPOS CONFORMADOS POR ARTISTAS, CIENTÍFICAS/OS Y COLECTIVOS SOCIALES.

PROPUESTA ARTÍSTICA[3].

La propuesta artística, con una extensión máxima de 10 páginas, y deberá incluir:

1. Resumen de la propuesta.

2. Plan de trabajo, en el que se detallará: calendario previsto del proyecto, metodologías, presupuesto, transformaciones e impactos esperados - tanto hacia dentro (individuales y colectivos) como hacia fuera (sociedad, centros de investigación, etc.) -, y estrategias de comunicación asociadas.

En ________________________, a ___ de __________________ de 2026.

Firma de la persona solicitante / representante:

ANEXO IV


BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CREACIÓN E INVESTIGACIÓN 2026-2027, EN EL MARCO DEL PROGRAMA AGITACIÓN CIENTÍFICA DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA, DESTINADAS A EQUIPOS CONFORMADOS POR ARTISTAS, CIENTÍFICAS/OS Y COLECTIVOS SOCIALES, (RESOLUCIÓN RECTORAL 110/2026).

DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN.

D./Dº. (Nombre y Apellidos),

con NIF (nº. 00000-letra),

como responsable y representante legal de la propuesta (Título de la propuesta),

mediante la presente manifiesta:

Que acepta la ayuda que le ha sido concedida por importe de (cantidad en letra euros (0000 €)), mediante Resolución 110/2026 del Rector de la Universidad Internacional de Andalucía, para el desarrollo del citado proyecto declarando que:

  • No incurre en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.
  • Que al aceptar dicha ayuda se compromete a cumplir con las obligaciones contenidas en la Convocatoria, entre las que se encuentran:
  1. Desarrollar la propuesta conforme a lo recogido en la Convocatoria aprobada por Resolución Rectoral 110/2026 y aprobado por la Resolución de concesión.
  2. Cumplir con las obligaciones establecidas en la Convocatoria y en la Resolución de concesión.
  3. Colaborar en las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca o ayuda.
  4. Poner en conocimiento de la Universidad cualquier alteración de las condiciones tomadas en consideración para la concesión de la ayuda.
  5. Comunicar a la Universidad la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad que la concedida por ésta, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
  6. Proceder al reintegro de los fondos percibidos, cuando así le sea requerido conforme a la legislación vigente.

En ________________________, a ___ de __________________ de 2026.

Firma de la persona solicitante / representante:

Protección de datos

Como se recoge en la base 9 de la convocatoria, la UNIA hará pública Tablón Oficial de la UNIA https://www.unia.es/la-unia/tounia, y en el Boletín Oficial de la UNIA (BOUNIA), la propuesta provisional de resolución de ayudas detallando la puntuación asignada en cada uno de los apartados considerados, así como la relación de solicitudes excluidas y de solicitudes denegadas, indicando las causas de la exclusión o denegación.

Los datos personales a los que la Comisión tendrá acceso por su participación en esta convocatoria serán incorporados al fichero de “solicitantes convocatoria creación-investigación equipos 2026.2027” y se estará a lo dispuesto en la normativa de protección de datos vigente.

[1] Conforme a lo señalado en la letra e) del apartado 13.2.

[2] Referidas a las que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta convocatoria para adquirir la condición de beneficiaria, no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria.

[3] Base 9.3.a)