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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS 

I.3. Resoluciones del Rector

Resolución Rectoral 30/2022 de la Universidad Internacional de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para la extinción del plan de estudios correspondiente al título de Experto en Derecho Bancario de la Universidad Internacional de Andalucía en colaboración con el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga.

La Universidad Internacional de Andalucía y el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga, en uso de las competencias legalmente atribuidas, estimaron oportuno asociarse con el objetivo de organizar conjuntamente determinados cursos de formación de posgrado- entre ellos el Experto Universitario en Derecho Bancario-, a través de convenios específicos de colaboración, aprobados en Consejos de Gobierno de esta Universidad y de conformidad con el reglamento sobre Estudios de Posgrado de la Universidad Internacional de Andalucía (aprobado por el Consejo de Gobierno de fecha 29 de enero de 2013 a propuesta de Comisión de Postgrado el 18 de enero de 2013).

Tras la impartición de cuatro ediciones del Programa, desde el curso 2013-14, se observó una reducción progresiva de la demanda, resultando un número de estudiantes de nuevo ingreso inferior a lo establecido. Esta circunstancia, que de por sí sola constituye uno de los criterios específicos para la no impartición del título,  ha sido valorada por los Órganos de Gobierno de la Universidad, adoptándose el acuerdo de proceder a la extinción, para el curso académico 2021/22, del Plan de Estudios correspondiente al Título de Experto en Derecho Bancario, organizado en colaboración con el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga y, consecuentemente, implementar el correspondiente Plan de Extinción que garantice los derechos de los estudiantes.

ESTE RECTORADO, a la vista de lo expuesto y en uso de las atribuciones que tiene conferidas ha resuelto:

Aprobar el Plan de Extinción para el Título de Experto en Derecho Bancario por la Universidad Internacional de Andalucía, que se desarrolla en el Anexo I de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa (B.O.E. de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentar recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, (B.O.E. de 2 de octubre)

EL RECTOR

Fdo.: José Ignacio García Pérez

ANEXO I

PLAN DE EXTINCIÓN DEL TULO DE EXPERTO EN DERECHO BANCARIO POR LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA

1. Objetivo

El objetivo de este Plan es establecer los términos, condiciones y procedimiento para la extinción de la docencia del Título de Experto en Derecho Bancario por la Universidad Internacional de Andalucía, con las garantías necesarias para salvaguardar los derechos de los estudiantes y poder optar a la finalización de sus estudios.

2. Destinatarios

Podrán acogerse a este Plan aquellos estudiantes matriculados por la Universidad Internacional de Andalucía en el referido Titulo en alguno de los cursos académicos en los cuales se ha venido impartiendo y tengan superados al menos 14 créditos.

3. Efectos

Se considera extinguida la totalidad de la docencia correspondiente a las materias y trabajo Final que integran el Plan de Estudios del Experto Universitario.

4. Vigencia

El presente Plan estará vigente durante el curso académico 2021-22, considerándose totalmente extinguido, sin derecho a docencia ni derecho a examen, cuando la totalidad de las materias que lo conforman hayan agotado la oferta de convocatorias de examen de los cursos académicos referidos.

5. Evaluación

El alumnado matriculado en el Plan tendrá derecho para cada materia, a dos convocatorias de evaluación. Las pruebas de evaluación versarán sobre el temario del último año en que se impartió la materia o asignatura. A tal efecto, a los estudiantes matriculados se les facilitará a través del Campus Virtual de la Universidad Internacional de Andalucía, las Guías Docentes correspondientes a las materias y trabajo final, así como el calendario de evaluación. Igualmente, tendrán derecho a recibir a través del Campus Virtual el asesoramiento y tutorización docentes pertinentes.

6. Profesorado

La dirección del Programa contará para las labores de asesoramiento, tutoría y evaluación con el profesorado necesario que, preferentemente, deberá haber participado en la docencia del Experto Universitario en los cursos de impartición y cumplir con los requisitos establecidos para el desarrollo de esta labor.

7. Solicitud de admisión

Los estudiantes del Experto Universitario de alguna de las ediciones anteriores que opten por acogerse a este Plan de Extinción de Docencia y cumplan los requisitos para ello, deberán solicitar, mediante escrito dirigido a la Dirección de la Sede Tecnológica de Málaga, su admisión en el mismo. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro Electrónico de la Universidad o por cualquiera de los medios contemplados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

8. Plazos

Curso académico 2021-22:

  • Solicitud de admisión: desde su publicación en el BOUNIA hasta el 18 de marzo de 2022, ambos inclusive.

9. Resolución

Recibidas las solicitudes de admisión, la Unidad de alumnos procederá a validar el cumplimiento de los requisitos establecidos, procediendo a comunicarlo a los candidatos la posibilidad de realizar la matriculación correspondiente.

10. Matrícula

Una vez admitidos, los solicitantes deberán formalizar la matrícula en la fecha indicada, comprendiendo ésta las asignaturas pendientes (que no superen el 30% de la carga docente del curso – 20 créditos- y el trabajo final pendiente de superar. Aquellos admitidos que no formalicen la matrícula en el plazo establecido, se entenderá que desisten de su solicitud de admisión, procediéndose a su archivo sin más trámite.

12. Régimen económico

El régimen económico del Plan de Extinción será el determinado en la memoria económica, elaborada al efecto, y aprobada por el Consejo de Gobierno.

Los estudiantes estarán obligados al abono de las tasas y precios públicos que les sea de aplicación.

13. Pago

El pago se deberá hacer efectivo en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de matrícula. El impago total o parcial de la matrícula en los plazos establecidos conllevará la anulación de oficio de la misma.

14. Condicionalidad de la matrícula

La matrícula se considerará condicional hasta la verificación del cumplimiento de la totalidad de los requisitos y trámites establecidos, procediéndose a su anulación de oficio en el supuesto de descubrirse falseamiento u ocultación en la documentación o datos facilitados.

15. Referencia normativa

El alumnado de este Plan de Extinción quedará sometido a las normas vigentes de la Universidad Internacional de Andalucía que les pudiera resultar de aplicación sobre régimen académico y aquellas otras que les resulten de aplicación