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IV.    BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS

Resolución Rectoral 35/2022 de 24 de febrero, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca una Beca de Colaboración conjuntamente con la Diputación Provincial de Huelva, en el Observatorio La Rábida de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático para Iberoamérica.

Resultando que la Universidad Internacional de Andalucía y la Diputación de Huelva firmaron un Convenio el día 12 de enero de 2022, para la articulación de la concesión de subvención nominativa directa para la concesión de una beca de colaboración en el Observatorio La Rábida de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático para Iberoamérica, en línea con lo establecido en el número 05 de sus ejes de acción para el 2020 (EJE 05: Apoyo a la nueva Agenda Iberoamericana; 05.1. Informe de La Rábida para la Cumbre y 05.2. Fortalecimiento del Observatorio como agente de cambio en Iberoamérica a través de las distintas instituciones fundadoras) y como continuación de los trabajos iniciados con el Convenio suscrito el 29 de abril de 2019.

Resultando que en dicho Convenio se contempla en su cláusula tercera punto II.2. que corresponde a la Universidad Internacional de Andalucía ejecutar el proyecto que fundamenta la concesión de la subvención concedida.

Para dar cumplimiento al referido Convenio, la Universidad Internacional de Andalucía, oferta una beca de colaboración que se desarrollará en el Observatorio La Rábida de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático para Iberoamérica.

Con la presente Resolución, se procede a establecer el procedimiento y los criterios para la concesión de la beca objeto de la misma, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

ESTE RECTORADO, a la vista de lo expuesto y en uso de las atribuciones que tiene conferidas ha resuelto:

Primero: Establecer las bases reguladoras y convocar una beca de colaboración, en régimen de concurrencia competitiva, con arreglo a las normas que se establecen en el Anexo I de esta Resolución.

Segundo: Esta beca de colaboración será financiada con cargo a las aplicaciones presupuestarias 30.14.02.0901 4000 481.99 y 30.18 4000 480.99 3, por un importe máximo de quince mil trescientos euros (15.300 €)

Tercero: El procedimiento de concesión de esta beca se considera iniciado de oficio por la presente convocatoria.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su notificación, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

EL RECTOR

José Ignacio García Pérez

ANEXO I

Base 1. Objeto de la Beca de colaboración.

Esta beca de colaboración está dirigida a alumnado de posgrado interesado en temas relacionados con desafíos y transiciones socio ecológicas con un enfoque multidisciplinar y se desarrollará bajo la dirección del Observatorio Iberoamericano de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático de La Rábida (Huelva), ubicado en la Sede de La Rábida de la Universidad Internacional de Andalucía (Palos de la Frontera – Huelva).

El objeto de esta beca será esencialmente la realización de un conjunto de actuaciones destinadas a la ampliación del campo de conocimientos y a la mejora de las competencias, cualificaciones y capacidades del beneficiario. Este conjunto de actuaciones tendrá, por tanto, una finalidad docente y formativa en beneficio del perfeccionamiento, la ampliación de los conocimientos, la formación integral y la empleabilidad del destinatario. De este modo, el fin  perseguido con la concesión de tales ayudas no estribará ni podrá consistir en que la entidad se lucre o se beneficie onerosamente de la actividad del becario; la realización de las tareas acordadas no se realizará nunca en línea de contraprestación o de adquisición de la utilidad patrimonial que pudiera derivarse de la misma, sino básicamente como un instrumento formativo mediante la puesta en práctica y la adquisición de conocimientos y competencias, a través, en su caso, de una experiencia profesional orientada y guiada con tal fin.

Base 2. Normativa aplicable.

Estas ayudas se regirán por las presentes bases, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, su normativa de desarrollo y el resto de normativa aplicable a las Administraciones Públicas.

Base 3. Destinatarios. Requisitos

Podrán solicitar esta beca, alumnado matriculado en cualquier Universidad Iberoamericana, de preferencia aquellas incluidas en el Grupo La Rábida, y de preferencia estudiantes de posgrado con alguno de los siguientes perfiles:

1) Que cursen estudios de máster o doctorado en temas relacionados con la Agenda de Desarrollo Sostenible, o con los desafíos de la transición socioecológica, con enfoque transdisciplinar, multiactor y multinivel.

2) Que puedan acreditar formación o experiencia relevante que les permita, a través de la actividad formativa propia de esta beca, ampliar y profundizar en competencias relativas a dinamización de comunidades, generación de alianzas, comunicación escrita y gráfica, y manejo de redes sociales.

Los solicitantes que no sean nacionales de países de la Unión Europea deberán disponer de las correspondientes autorizaciones de residencia y trabajo necesarias para que la UNIA pueda cumplir con las obligaciones de seguridad social y tributarias que en su caso le corresponderían.

Base 4. Duración de la beca.

La duración será doce meses, improrrogables, con una dedicación de 25 horas semanales.

El horario se distribuirá según las indicaciones del Director de la Sede de La Rábida, conjuntamente con la coordinadora del Observatorio de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático de La Rábida, previo acuerdo con la persona beneficiaria.

Base 5. Incorporación.

La incorporación de la persona beneficiaria está prevista antes de finalizar el primer trimestre de 2022.

Base 6. Cuantía.

  1. Dotación económica:

La beca tendrá una dotación económica de novecientos cuarenta y cinco euros (945 €) mensuales. A esta cantidad se le practicarán las retenciones y costes establecidos por la normativa de aplicación.

Esta beca de colaboración será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 30.14.02.0901 4000 481.99, por un importe máximo de doce mil euros (12.000 €), quedando condicionada su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

  1. Ayuda de alojamiento:

Consistirá en la exención del importe del precio público fijado para el servicio de residencia en la sede de La Rábida durante el periodo de duración de la beca por una cuantía máxima de tres mil trescientos euros (3.300 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 30.18 4000 480.99 3. 

Base 7. Actividades a desarrollar.

El becario o becaria realizará su actividad formativa y de investigación bajo la supervisión del Director de la Sede conjuntamente con la Coordinadora del Observatorio de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático de La Rábida y la persona encargada de la coordinación de los trabajos de la UNIA con dicho Observatorio.

Partiendo del Plan de Formación que se incorpora como Anexo III de esta convocatoria, el beneficiario o beneficiaria, deberá desarrollar en el plazo de veinte días  hábiles desde su incorporación, conjuntamente con la Coordinadora del Observatorio de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático de La Rábida, y con la persona encargada de la coordinación de los trabajos de la UNIA con dicho Observatorio, un Plan de Trabajo en el cual se contemplen y desarrollen las líneas de actuación, los objetivos y la planificación temporal de las actividades a desarrollar, que comunicarán al Director de la Sede.

Asimismo, antes de la finalización del período de la beca, deberá presentar una Memoria Final de la actividad desarrollada y los resultados formativos y de investigación obtenidos al Director de la Sede.

Base 8. Seguro.

En desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización de la Seguridad Social, el becario seleccionado, exclusivamente a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, queda asimilado a un trabajador por cuenta ajena, con la única exclusión de la protección por desempleo.

La persona becada deberá por tanto disponer, en su caso, de las correspondientes autorizaciones de residencia y trabajo necesarias para que la UNIA pueda cumplir las obligaciones de seguridad social y tributarias que en su caso le corresponderían.

Base 9. Solicitantes.

Las personas interesadas en participar en esta convocatoria deberán cumplimentar el impreso normalizado que figura en el Anexo II de esta Resolución y presentarla bien por el Registro eléctrico de la Universidad Internacional de Andalucía (https://www.unia.es/es/sede-electronica/registro-electronico), bien en las oficinas del Registro de cualquiera de sus sedes, o en alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por las citadas oficinas antes de ser certificadas.

Si las solicitudes se presentaran en otros registros distintos a los de la Universidad Internacional de Andalucía, deberá comunicarse en el mismo día de su presentación, mediante correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con el asunto “BECA OBSERVATORIO”, indicando apellidos, nombre, fecha y lugar de presentación.

Base 10. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de quince días naturales a partir del siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA). La publicación de los actos de trámite relativos a la presente convocatoria, incluyendo los listados de personas admitidas y excluidas, así como de la beneficiaria, se realizará en la página web de la UNIA (https://www.unia.es/)

Base 11. Documentación.

Para optar a la beca será imprescindible aportar, dentro del plazo antes mencionado, la siguiente documentación:

  • Solicitud debidamente cumplimentada (Anexo II de la presente resolución)
  • Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte.
  • En su caso, permiso de residencia y trabajo que permita a la UNIA la afiliación o alta del alumno o alumna, caso de obtener la beca.
  • Curriculum Vitae.
  • Fotocopia del expediente académico.
  • Copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados. La Comisión de selección, no tendrá en cuenta aquellos méritos que siendo alegados en el Curriculum Vitae no estén debidamente acreditados.
  • Carta de motivación para esta beca.

La no presentación en plazo de dicha documentación supondrá el desistimiento de su solicitud.

Base 12.  Tramitación, Resolución y Publicación.

A la vista de las solicitudes y la documentación aportada se publicará un listado de provisional de personas admitidas y excluidas, concediéndose un plazo de 7 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación en la página web de la UNIA (https://www.unia.es/es/sede-electronica/tablon/becas-y-ayudas) para subsanar los defectos o faltas en que hubiesen incurrido las solicitudes. Transcurrido este plazo, se publicará el listado definitivo de personas admitidas y excluidas, con indicación del motivo de su exclusión.

 Selección.

El estudio de las solicitudes de ayudas presentadas y la selección del beneficiario/a, se llevará a cabo por una Comisión de selección de la que formarán parte las siguientes personas:

  • Presidente: D. Víctor García Morales, Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad.
  • Vocales: Agustín Galán García, Director de la Sede de La Rábida.

                   D. Arturo Chica Pérez, Delegado del Rector para la Internacionalización.

                   D.ª Rosa Castizo, Coordinadora del Observatorio.

                   D.ª Blanca Miedes Ugarte. Representante del Observatorio.

                   D.ª María Teresa Fernández Vega, Sección de Gestión de Recursos Humanos.

  • Secretario: D. Narciso Coronel García, del Área de Gestión Académica, con voz y sin voto.

La evaluación de las solicitudes se realizará de acuerdo a los siguientes criterios de valoración:

1ª FASE. VALORACIÓN CURRICULAR

Puntuación valoración expediente académico: Máximo 4 puntos

Valoración expediente de máster: Máximo 2 puntos

Valoración de expediente de doctorado: Máximo 2 puntos

Criterios de valoración curricular: Máximo 6 puntos.

Criterio 1. Acreditación de competencias que puedan desarrollarse durante esta beca en redacción, elaboración y diseño de proyectos de desarrollo sostenible: Máximo 1 punto.

Criterio 2: Acreditación de competencias que puedan desarrollarse durante esta beca en experiencia en dinamización de comunidades y/ o generación de alianzas: Máximo 1 punto.

Criterio 3: Acreditación de competencias que puedan desarrollarse durante esta beca en redacción, difusión y comunicación: Máximo 2 puntos.

Criterio 4: Acreditación de competencias que puedan desarrollarse durante esta beca en las líneas de trabajo del Observatorio La Rábida: 2 puntos.

Una vez realizada la evaluación de las solicitudes conforme a los criterios de valoración curricular, la Comisión de Selección elaborará la relación provisional de las personas candidatas por orden de prelación, atendiendo a la puntuación total obtenida, detallando la puntuación de cada criterio, que se publicará en la página web de la UNIA (https://www.unia.es/es/sede-electronica/tablon/becas-y-ayudas),  concediéndose un plazo de 7 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación para realizar las alegaciones que las candidatas tengan por oportunas.

Finalizado el plazo concedido y analizadas, en su caso, las alegaciones presentadas, el Comité de Selección hará pública la relación definitiva de las personas candidatas por orden de puntuación total, con indicación de la obtenida en cada criterio, así como la convocatoria a la Fase de Entrevista.

2ª FASE. ENTREVISTA

Las personas candidatas que figuren en el orden de prelación del 1 al 5, en la relación definitiva de la primera fase, serán convocadas a una entrevista con la Comisión de Selección, que podrá ser valorada con hasta un máximo de 3 puntos, atendiendo a la adecuación de la persona candidata al perfil de la plaza, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 1,5 para continuar en el proceso de selección.

La valoración asignada por el Comité a cada una de las personas aspirantes deberá constar por escrito y especificará los elementos que han sido considerados para ello y, en especial, la madurez, conocimientos, capacidad de comunicación y de trabajo en grupo de la candidata, así como sus competencias generales y específicas que pudieran ser objeto de desarrollo y perfeccionamiento a través de esta beca.

La persona candidata que no se presente a la entrevista, decaerá en sus derechos siendo excluida del procedimiento.

Finalizada la fase de entrevista el Comité de Selección elaborará la lista definitiva de personas candidatas, por orden decreciente de puntuación, detallando la puntuación individual obtenida en cada una de las fases y criterios.

El Comité de Selección requerirá a la persona candidata con mayor puntuación para que en el plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente a la publicación presente en el Registro General de la Universidad Internacional de Andalucía, escrito de comunicación de aceptación de la beca e impreso de datos bancarios. Transcurrido el mencionado plazo sin que el adjudicatario de la beca hubiese presentado la documentación, se entenderá que renuncia a la beca, procediéndose, al llamamiento de la siguiente persona candidata en el orden de puntuación, que, con el fin de no dilatar el proceso, se hará por medios telemáticos, concediéndole el mismo plazo para presentar la documentación.

Propuesta de Resolución.

Analizada y comprobada la documentación presentada por la persona candidata con mayor puntuación, la Comisión de Selección elaborará la Propuesta de Resolución, que será elevada al Rector, en la que constará la puntuación obtenida en cada una de las fases y criterios, así como el número de orden de la valoración total.

Base 13. Resolución.

La Resolución de concesión definitiva que adopte el Rector se hará pública a través del tablón de anuncios del Rectorado de esta Universidad y a través de la página web de la misma (http://www.unia.es). Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. Asimismo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha Resolución.

La adjudicación de la beca quedará condicionada a que la Universidad Internacional de Andalucía pueda cumplir con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

Base 14. Derechos y obligaciones.

  1. Además de los previstos en la presente convocatoria, el/la adjudicatario/a de la presente beca de colaboración tendrán derecho a:

1.1.- La orientación y tutorización por parte del responsable, en coordinación con el Observatorio de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático de La Rábida para el desarrollo de las tareas asignadas.

1.2.- Ser consultado sobre el horario y planificación temporal del desarrollo del trabajo.

1.3.- Cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente.

  1. La persona beneficiaria de la presente beca se obliga a:

2.1.- Someterse a la legislación que en el desarrollo de sus funciones les sea de aplicación.

2.2.- Cumplir con las instrucciones y tareas que se le indiquen para la organización y desarrollo de su labor.

2.3.- Respetar y hacer un uso adecuado de los medios materiales puestos a su disposición para el desarrollo de sus actividades.

2.4.- Si en el desempeño de sus funciones tuviera conocimiento de información confidencial relativa a personas, empresas o instituciones estará obligado a guardarla.

2.5.- Informar periódicamente o cuando se le solicite, sobre el desarrollo de las tareas asignadas.

2.6.- Presentar el Plan de Trabajo y la memoria final de las actividades desarrolladas y resultados obtenidos contenidos en la Base 7 de esta V Convocatoria.

2.7.- Mantener durante el tiempo de duración los requisitos que motivan la concesión de la beca y en particular, los permisos de residencia y trabajo.

2.8.- Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca.

2.9.- Comunicar a la UNIA la obtención de subvenciones o becas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional o internacional.

2.10.- Poner en conocimiento de la UNIA cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca.

2.11.- Proceder al reintegro de los fondos en los casos previstos en la Base 16 o en la normativa vigente.

Base 15. Incompatibilidades.

Esta beca es incompatible con cualquier otra ayuda concedida por cualquier otra institución pública o privada, para la misma finalidad. Asimismo, será incompatible con el desarrollo de otras actividades que impidan o menoscaben la dedicación y desarrollo de las obligaciones de la beca objeto de la presente convocatoria.

En cualquier otro supuesto, será necesario obtener de forma expresa el reconocimiento de compatibilidad de la beca por parte del Rector o persona a quien delegue. Procederá la revocación de la beca en el supuesto de que el beneficiario o beneficiaria incurra durante el período de disfrute de la beca en alguna causa de incompatibilidad. La revocación supondrá la pérdida de las percepciones económicas inherentes a la beca y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas.

Base 16. Revocación y renuncia.

La adjudicación de la beca podrá ser revisada mediante expediente contradictorio cuya resolución podrá dar lugar a la revocación de la misma y a la devolución de las cantidades indebidamente percibidas, cualquiera que sea la época en que hubiera sido disfrutada, y dentro del periodo legal de prescripción, en los siguientes casos:

  • Ocultación o falseamiento de datos o documentos que hubieran servido de base para la concesión de la beca.
  • La obtención de la beca sin cumplir alguno de los requisitos exigidos.
  • Inhibición manifiesta, negligente cumplimiento o incumplimiento reiterado de las obligaciones contraídas como becario.
  • Concurrencia de alguna causa de incompatibilidad recogida en la base 15.
  • Incumplimiento de las obligaciones de presentar o presentación incompleta o defectuosa del Plan de Trabajo o Memoria Final.
  • En su caso, perdida de los permisos de residencia y/o trabajo.

Corresponde al Rector o persona en quien delegue, la instrucción y resolución del expediente al que aluden los dos párrafos anteriores, quien podrá disponer la suspensión provisional de los efectos económicos de la beca.

Las responsabilidades a que hace referencia la presente base se entienden sin perjuicio de las de orden académico o penal en que pudiera haberse incurrido.

La condición de becario también podrá perderse por renuncia. La renuncia a la beca, que deberá hacerse por escrito con una antelación mínima de quince días a la fecha de baja, permitirá, si así se considera oportuno, a la adjudicación de la misma, y por el resto de su vigencia, al solicitante que en primera instancia hubiera obtenido la siguiente mejor puntuación. De haberse iniciado el período de disfrute de la beca, la renuncia a ella supondría la supresión de las percepciones económicas inherentes a la misma desde la fecha en que se hubiera producido y, en su caso, la devolución de las cantidades percibidas.

Base 17. Procedimiento de reintegro o pérdida de derecho al cobro.

El incumplimiento por parte de la persona becaria de las obligaciones señaladas en esta convocatoria o la concurrencia de alguna de las situaciones previstas en el artículo 37 de la LGS, dará lugar al correspondiente reintegro de las cantidades percibidas desde el momento del pago de la beca y, en su caso, la pérdida del derecho al cobro.

Para la tramitación del reintegro se estará a lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes de la LGS y al resto del ordenamiento jurídico-administrativo, a cuyas previsiones los participantes en esta convocatoria aceptan voluntariamente someterse.

Base 18. Suspensión.

En los casos de baja por enfermedad o accidente, se suspenderá la beca durante el tiempo que persistan las circunstancias que ocasionaron dicha suspensión, reanudándose una vez desaparezcan las mismas. El tiempo de ausencia será computado a efectos del tiempo de duración de la beca previsto en el punto 4 de la presente convocatoria.

Base 19. Relación jurídica.

Dado el carácter de la función a desarrollar, la concesión de la presente beca no crea ninguna vinculación contractual, laboral o administrativa entre el beneficiario y la Universidad. Asimismo, la concesión de la beca no implica compromiso alguno de posterior incorporación de quienes la hayan obtenido a la plantilla de la Universidad.

Base 20. Plazo máximo de Resolución.

El plazo máximo para la resolución de las solicitudes y su notificación será de dos meses, y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Disposición adicional. LENGUAJE NO SEXISTA

Toda referencia contenida en las presentes bases y convocatoria a personas de sexo masculino se entenderá hecha igualmente a personas de sexo femenino, y a la inversa, salvo que el contexto indique claramente lo contrario.

ANEXO II

Impreso de Solicitud

CONVOCATORIA DE BECA COLABORACIÓN

OBSERVATORIO IBEROAMERICANO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y CAMBIO CLIMÁTICO DE LA RÁBIDA

 

Datos personales

DNI/NIE/PASAPORTE:

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

Nacionalidad

Fecha y lugar de nacimiento

Domiciliación a efectos de notificación:

      Vía telemática:

Dirección de correo electrónico:

       Vía postal:

Domicilio:

CP Población y Provincia

País:

Documentación que deberá remitir a la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., junto con este anexo de solicitud. 

         - Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte

         - Curriculum Vitae.

         - Fotocopia del expediente académico correspondiente al posgrado.

         - Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados.

         - Carta de motivación de la beca

En                                   a             de                               de  2022

Firma del solicitante


ANEXO III

 PLAN FORMACIÓN BECA OBSERVATORIO LA RÁBIDA DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y CAMBIO CLIMÁTICO PARA IBEROAMÉRICA

En función del perfil requerido en la convocatoria de la Beca y en relación con el plan de actividades del Observatorio La Rábida, se establece el siguiente conjunto de competencias a adquirir por el becario durante el desarrollo de esta beca:

  1. Localización de fuentes y materiales relevantes en relación con las temáticas del Observatorio que puedan resultar de interés para la elaboración de su tesis doctoral, así como la organización, tratamiento y ordenación de las dichas fuentes y materiales.
  2. Adquisición y mejora de competencias relacionadas con la detección, sistematización y ordenación de contenidos de su trabajo de campo, ligado a la dimensión local de su trabajo relacionada con las temáticas del Observatorio y del Laboratorio Iberoamericanos de Iniciativas de Innovación Socioecológica que forma parte del Observatorio (liise.org) durante el periodo de realización de la beca.
  3. Desarrollo de competencias en relación con la exposición verbal y escrita con diferentes registros (investigación, difusión, comunicación y dinamización), así como, en especial, en relación con el razonamiento en materias ligadas al desarrollo sostenible, el cambio climático y la transición socioecológica.
  4. Desarrollo de competencias en relación con la publicación de contenidos en el nuevo entorno tecnológico; en especial, carga de contenidos y gestión de los mismos en entornos digitales, mediante su colaboración en el desarrollo de las webs del Observatorio y de su Laboratorio, y de sus redes sociales.
  5. Desarrollo de competencias en la identificación de actores clave en la región en las temáticas que trabajarán el Observatorio y su Laboratorio durante los meses siguientes, así como desarrollo de competencias para la interlocución con ellos y la dinamización de comunidades en las que puedan formar parte.