Instrucción 3/2025, de la Secretaría General de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se establecen los cierres de las Oficinas de asistsencia en materia de Registro de la Universidad Internacional de Andalucía, el cierre de las Sedes de la Universidad y la declaración del mes de agosto como inhábil a efectos del cómputo de determinados plazos.
Teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución Rectoral 1/2025 del Rector de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se ordena la publicación en el BOUNIA de la declaración de días inhábiles en 2025 en el ámbito de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA núm. 1, de 15 de enero de 2025), además de las fechas indicadas en dicha Resolución, podrán ser declaradas hábiles o inhábiles otras fechas o periodos en los casos que así se establezca de manera específica, bien para una o varias sedes, bien para un procedimiento o para un conjunto de procedimientos, mediante Instrucción de la Secretaría General.
Por ello, esta Secretaría General, en uso de las competencias atribuidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, así como por el Texto refundido de su Ley de creación, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, y por sus Estatutos, aprobados por Decreto 236/2011, de 12 de julio, y en virtud de la previsión contenida en el artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, INSTRUYE,
En Sevilla, a la fecha de la firma electrónica
Fdo: María José Trigueros Martín
Secretaria General