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VII.  ANUNCIOS Y OTROS.

Instrucción de Gerencia sobre el establecimiento de periodos de vacaciones obligatorias y cierre de sedes durante el mes de agosto de 2026.

Con el fin de garantizar una adecuada organización de los servicios, así como la optimización de los recursos disponibles durante el periodo estival, resulta necesario establecer periodos de cierre de determinadas sedes de la Universidad.

En ejercicio de las competencias organizativas que tiene atribuidas, esta Gerencia

ORDENA

Primero. Determinar los periodos de cierre y vacaciones obligatorias

1. Se establece el cierre de las siguientes sedes durante los periodos que se indican a continuación:

  • Sede Santa María de la Rábida y Rectorado de Sevilla: del 3 al 14 de agosto de 2026, ambos inclusive.
  • Sede de Málaga: del 10 al 21 de agosto de 2026, ambos inclusive.

2. Durante los periodos indicados, las sedes permanecerán cerradas, no prestándose actividad ordinaria.

Segundo. Establecer el carácter obligatorio del disfrute de vacaciones

1. El personal adscrito a las sedes mencionadas deberá disfrutar sus vacaciones durante los periodos señalados, con carácter obligatorio.

2. A estos efectos, todo el personal afectado deberá formalizar la solicitud correspondiente en la aplicación de control horario, consignando los periodos indicados.

Tercero. Excepciones

1. Excepcionalmente, y por razones debidamente justificadas relacionadas con la prestación del servicio, la Gerencia podrá autorizar la no sujeción a los periodos establecidos.

2. Las solicitudes deberán presentarse con la debida antelación y requerirán resolución expresa de la Gerencia.

En Sevilla, a fecha de firma electrónica

Ana Belén Madera Molano

Gerente