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IV.  BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS.

Resolución Rectoral 109/2025, de 14 de mayo, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que la Universidad Internacional de Andalucía convoca ayudas a la creación e investigación, en el marco del programa Agitación Científica, destinadas a equipos conformados por artistas, científicas/os y colectivos sociales 2025 y se publican las bases para su concesión (Código BDNS: 832565).

Agitación científica es un programa que emplea la forma de la convocatoria como herramienta de distribución de recursos para activar procesos de investigación y creación desde la colaboración y mirada híbrida de ciencia y arte, y como forma de respuesta a las necesidades sociales y ambientales actuales, específicamente las de la región andaluza.

Agitación científica nace de la colaboración entre la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA), Tekeando, el Consejo de Investigaciones Científicas (CSIC) y la Fundación Daniel y Nina Carasso. Esta colaboración tiene como objetivo impulsar transformaciones significativas en las instituciones educativas, culturales y científicas contemporáneas desde posiciones democratizadoras que aseguren las condiciones para que las personas y las comunidades sean actores claves en la creación de programas y políticas que realmente respondan a sus necesidades.

Esta convocatoria trata de dar sostén a nuevos espacios de investigación, que cuestionen los límites de su propia práctica y en los que la experimentación, es decir, la prueba, el ensayo y el posible logro o error, juegue un papel central. Por ello está abierta a procesos no tanto enfocados en el producto final como obra, es decir, en la representación o producción de resultado, sino en el proceso como obra, es decir, en la propia investigación como práctica artística y viceversa, en la práctica artística como investigación válida.

También se espera que se cuide y preste atención a cómo afectan las prácticas a las personas y contextos involucrados, así como a los modos de circulación de los resultados obtenidos, es decir, que los procesos contextualicen, expandan, performen, faciliten y/o compartan sus métodos, preguntas, aprendizajes y resultados.

En esta línea y con el objetivo de contribuir a la creación de un contexto de aprendizaje colaborativo, las personas y los equipos beneficiarios de esta convocatoria serán acompañados a través de la mediación y activación de Tekeando. El propósito de esta mediación no es el de evaluar, sino el de acompañar en los retos que pueden plantear a los proyectos las prácticas así entendidas.

Además de la forma de convocatoria, Agitación científica se concreta en seminarios, talleres, exposiciones y publicaciones. Con todo ello se trata de:

  • Estimular la combinación de aproximaciones científicas con relatos culturales complementarios que permitan una sensibilidad renovada por las relaciones naturaleza-sociedad.
  • Impulsar y fortalecer comunidades implicadas en el cuidado del patrimonio cultural y natural de Andalucía desde un enfoque bioregional.
  • Desde las prácticas colaborativas, producir y visibilizar nuevos conocimientos y acercamientos críticos que promuevan relaciones socio-ecológicas sostenibles ambientalmente y justas socialmente, que contribuyan a mitigar y adaptarse a los cambios ambientales.
  • Impulsar la constitución de alianzas públicas, público-privadas o público-comunitarias que puedan ser estratégicas para conseguir alimentar procesos de transformación ecosocial.

En definitiva y atendiendo a lo establecido en la línea 20 del Plan Estratégico de Subvenciones de la UNIA para el periodo 2025-2027, se pretende, a través de esta convocatoria: contribuir a ampliar las miradas y el pensamiento crítico sobre los desafíos actuales, aportar soluciones creativas para la resolución de los restos actuales de la sociedad e impulsar proyectos de innovación que diversifiquen y transformen el tejido social, cultural y productivo.

De acuerdo con estos objetivos, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del 12 de mayo de 2025,

ESTE RECTORADO, a la vista de lo expuesto y en uso de las atribuciones que tiene conferidas

HA RESUELTO:

Primero.- Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, dos ayudas a la creación e investigación, en el marco del programa Agitación científica, destinadas a equipos conformados por artistas, científicas/os y colectivos sociales.

Segundo.- Publicar las bases de la Convocatoria de ayudas a la creación e investigación, en el marco del programa Agitación científica, destinadas a equipos conformados por artistas, científicas/os y colectivos sociales, contenidas en el Anexo I de esta Resolución.

Tercero.- Las ayudas objeto de esta Convocatoria están sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente y serán financiadas con cargo a las anualidades 2025 y 2026 de las aplicación presupuestaria 3016AC0901 4000 22609 con número de expediente 2024/0000728 del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía por una cuantía máxima de veintiocho mil euros (28.000 €), en función del número de ayudas que se concedan. La aplicación presupuestaria para 2025 será de una cuantía máxima de veintidós mil cuatrocientos euros (22.400 €) y de un máximo de cinco mil seiscientos (5.600 €) euros para 2026.

Cuarto.- El procedimiento de concesión de las ayudas se considerará iniciado de oficio con la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA).

La publicación de los actos de trámite relativos a la presente convocatoria, incluyendo los listados de admitidas/excluidas y beneficiarias, se realizará en el Tablón Oficial de la UNIA (https://www.unia.es/la-unia/tounia), sirviendo dichas publicaciones de notificación a las interesadas, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

EL RECTOR

José Ignacio García Pérez

 

ANEXO I. BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CREACIÓN E INVESTIGACIÓN, EN EL MARCO DEL PROGRAMA AGITACIÓN CIENTÍFICA, DESTINADAS A EQUIPOS CONFORMADOS POR ARTISTAS, CIENTÍFICAS/OS Y COLECTIVOS SOCIALES.

1. OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

Atendiendo a lo anteriormente expuesto, se convocan dos ayudas a la creación-investigación, en el marco del programa Agitación científica, destinadas a equipos conformados por artistas, científicas/os y colectivos sociales, con una dotación económica asignada de catorce mil euros (14.000 €), cada una.

El fin de las ayudas convocadas es impulsar procesos colaborativos aplicados a desafíos ambientales y sociales contemporáneos en la región andaluza, y llevados a cabo por equipos de trabajo transdisciplinares.

2. RÉGIMEN JURÍDICO.

Las ayudas a que se refiere esta convocatoria, además de lo previsto por ella, se regirán por el Reglamento por el que se regulan los procedimientos de gestión de las subvenciones otorgadas por la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo 96/2023, de 14 de diciembre, de Consejo de Gobierno, en adelante Reglamento de Subvenciones UNIA, los preceptos básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en adelante RLGS, así como por lo dispuesto en el Título VII del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, que resulten de aplicación.

3. FASES.

  • Plazo de presentación de ayudas: 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
  • Resolución de concesión: antes del 31 de julio de 2025.
  • Desarrollo de propuestas:
  • Diciembre de 2025: Plazo límite de arranque de propuestas.
  • Diciembre de 2026: Plazo límite de cierre de propuestas y entrega de memorias finales.

4. DESTINATARIAS/OS DE LAS AYUDAS Y REQUISITOS.

4.1. Estas ayudas están destinadas a equipos de trabajo conformados por artistas, científicas/ os y colectivos sociales, de cualquier nacionalidad y cualquiera que sea su residencia, interesados o con experiencia en formas de creación e investigación experimentales y socialmente comprometidas.

4.2. Los equipos de trabajo, que pueden generarse específicamente para esta convocatoria o estar previamente constituidos, deberán estar conformados por:

  • Un agente del ámbito artístico, es decir, una persona, entidad o colectivo que trabaje en cualquier ámbito de la creación, la producción cultural o la mediación artística, cultural o comunitaria.
  • Un agente del ámbito científico, es decir, una persona, entidad o colectivo que trabaje en cualquier ámbito de las ciencias fundamentales, humanas, sociales y aplicadas.
  • Al menos un colectivo social, como por ejemplo, un colectivo feminista, LGTB+, ecologista, estudiantil, o una red o asociación vecinal.

4.3. Se contempla la posibilidad de que en la propuesta esté implicado un único colectivo, con la condición de que sus miembros posean saberes y trayectorias (demostrables) concernientes a los tres ámbitos arriba especificados.

4.4. La solicitud de la ayuda figurará a nombre de uno solo de los agentes implicados. El agente solicitante puede pertenecer a cualquiera de los tres ámbitos del equipo (arte, ciencia o sociedad), y ser persona física, persona jurídica, organización con personalidad jurídica o sin ella (en cuyo caso deberá constar en el formulario de solicitud una persona como representante de la organización).

4.5. Cada persona u organización podrá presentar únicamente una candidatura a esta convocatoria.

4.6. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

5. LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN Y TIEMPOS DE DESARROLLO (REQUISITOS DE LAS PROPUESTAS).

5.1.La propuesta presentada debe ser original y la solicitante o participante debe poseer todos sus derechos de representación, incluidos (pero no excluyentes) los derechos de propiedad intelectual. Si la propuesta incluye derechos de terceras personas, las personas participantes garantizan la obtención de los derechos, autorizaciones y/o licencias necesarias, exonerando a la UNIA de cualquier reclamación al respecto.

5.2. Las propuestas deben estar vinculadas al territorio andaluz, con especial enfoque en las necesidades y retos sociales, culturales y ambientales de Andalucía, involucrando necesariamente para ello a la comunidad local en los procesos.

5.3. Las candidaturas a la convocatoria pueden ser de procesos en cualquiera de sus fases, incluidos procesos ya iniciados (en fase de desarrollo, experimentación o prototipado). En todo caso, las propuestas deberán ajustarse al marco propuesto por el programa, a sus tiempos y obligaciones.

5.4. Las propuestas deberán empezar su desarrollo no más tarde de diciembre de 2025 y terminar antes de diciembre de 2026. Atendiendo a la duración variable que puede presentar cada propuesta, hacemos una invitación a reflexionar sobre los recursos destinados a la misma y la financiación disponible, así como a cuidar los tiempos de estudio, producción y circulación, y la relación de estos con las escalas de la naturaleza.

5.5. Las fechas concretas de inicio y fin serán fijadas de mutuo acuerdo entre las beneficiarias, la UNIA y Tekeando.

6. DOTACIÓN ECONÓMICA Y FORMA DE PAGO.

6.1. Se otorgarán dos ayudas con una dotación máxima de catorce mil euros (14.000 €) brutos, impuestos y retenciones incluidos, cada una.

6.2. Las cantidades, que se destinarán a las beneficiarias en calidad de ayudas a la creación, serán abonadas en dos montos: uno del 80% con la aceptación de la subvención y otro del 20%, a la entrega de la memoria final (según lo indicado en la Base 13 de esta convocatoria).

6.3. Las cantidades serán abonadas en la cuenta indicada en el documento de aceptación de la ayuda (anexo III). En el caso de colectivos no constituidos legalmente, el abono se realizará a nombre de la persona (física o jurídica) que figure como representante del colectivo en el mismo anexo.

6.4. Las ayudas objeto de esta Convocatoria están sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente y serán financiadas con cargo a las anualidades 2025-2026 de las aplicaciones presupuestarias 3016AC0901 4000 22609 con número de expediente 2024/0000728 del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía por una cuantía máxima de veintiocho mil euros (28.000 €), en función del número de ayudas que se concedan. La aplicación presupuestaria para 2025 será de una cuantía máxima de veintidós mil cuatrocientos euros (22.400 €) y de un máximo de cinco mil seiscientos (5.600 €) euros para 2026.

6.5. Las ayudas serán compatibles con la percepción de cualquier otra ayuda que, para el mismo concepto pueda percibir las personas beneficiarias de otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

7. OTRAS FORMAS DE SOSTÉN A DISPOSICIÓN DE LAS/OS BENEFICIARIAS/OS.

7.1. Espacios y otras infraestructuras:

a) Para el momento de encuentro entre todos los proyectos de la convocatoria, que tendrá lugar en una sede de la UNIA, se pondrán a disposición los espacios e infraestructuras adecuados a las necesidades del encuentro y en función de la disponibilidad de los mismos.

b)  La UNIA promoverá un encuentro entre beneficiarias y el personal de la biblioteca para facilitar la consulta de los fondos existentes y la creación de una nueva colección bibliográfica digital afín a las temáticas de los proyectos.

7.2. Comunicación y visibilidad:

a) Desde la UNIA y resto de entidades colaboradoras de Agitación científica se promoverá el desarrollo de actividades para la puesta en común, presentación y/o exhibición de resultados. También se facilitará la vinculación con otros espacios, iniciativas y redes afines a los planteamientos de la convocatoria.

b) Se ayudará con la comunicación y difusión de aprendizajes, metodologías de trabajo, resultados, etc. desde los canales de comunicación y difusión de la UNIA, del programa y del resto de colaboradores de este.

7.3. Mediación y activación:

Desde Tekeando se acompañará a las propuestas a través de encuentros colectivos y mentorías individuales.

a) Encuentro colectivo: Se trata de un espacio presencial formativo, de puesta en común y trabajo colectivo entre todos los proyectos de la convocatoria.

Los gastos de viaje y alojamiento originados por el encuentro colectivo dentro de esta convocatoria y previsto en una de las sedes de la UNIA, irá a cargo del beneficiario e incluido en la subvención concedida.

Se prevé que el encuentro dure 2 días, y se desarrolle en la Sede Antonio Machado de Baeza (Jaén), o en la Sede Santa María de La Rábida (Huelva). A título informativo, los precios de alojamiento en las sedes son los siguientes:

  • Alojamiento en habitación compartida: 25,00 €/día (Sede Antonio Machado), 20,00 €/ día (Sede Sta. María de La Rábida).
  • Alojamiento en habitación individual: 45,00 €/día (Sede Antonio Machado), 36,00 €/ día (Sede Sta. María de La Rábida).

b) Mentorías individuales: Mínimo de 5 sesiones (presenciales y/o online), fijadas de mutuo acuerdo entre beneficiarios, UNIA y Tekeando.

     En estas sesiones se conversará y trabajará sobre el estado y desarrollo de las propuestas, aprendizajes y dificultades, a la vez que se compartirán herramientas y metodologías con el objetivo de reforzar las distintas escalas de los procesos colaborativos y sus articulaciones con todos los agentes implicados.

Se acompañará en la preparación de la activación pública y en la elaboración de la memoria final, requeridas ambas en esta convocatoria según se explica en la Base 13 de esta convocatoria.

8. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.

8.1. Las ayudas serán concedidas de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los requisitos y criterios establecidos en esta Convocatoria.

8.2. La publicación de los actos de trámite relativos a la presente convocatoria, incluyendo los listados de admitidas/excluidas y beneficiarias, se realizará en la en el Tablón Oficial de la Universidad (TOUNIA) (https://www.unia.es/la-unia/tounia), sirviendo dichas publicaciones de notificación a las interesadas, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante LPACAP. Las personas solicitantes serán responsables de estar al corriente en las notificaciones a tal efecto.

La UNIA no se pondrá en contacto con los solicitantes de manera particular por otro medio que no sea a través de las citadas publicaciones.

8.3. Específicamente la Comisión de Evaluación respetará el derecho fundamental a la igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española, garantizando la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social; así como la obligación de los poderes públicos recogida en el artículo 9.2, de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

9. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

9.1. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOUNIA y permanecerá abierto durante 20 días hábiles hasta las 14:00 h del último día hábil.

9.2. Las solicitudes, que se cumplimentarán enteramente en idioma castellano y según el modelo que consta en el anexo II, se presentarán telemáticamente a través del registro electrónico de la UNIA disponible en https://www.unia.es/registro-electronico. Para acceder al servicio y enviar la solicitud es necesario disponer de DNI electrónico o Certificado Digital. El registro electrónico le devolverá un justificante de registro que se podrá descargar quedando constancia de su solicitud y dando validez jurídica a su registro.

No se aceptarán solicitudes presentadas por otros medios ni fuera del plazo indicado.

9.3. Junto a la solicitud se deberá presentar la siguiente documentación:

a) Propuesta artística (máximo 5 páginas), que deberá incluir lo siguiente:

  • Resumen de la propuesta.
  • Plan de trabajo. En él se especificarán las diferentes fases que se esperan, metodologías, presupuesto, calendario, transformaciones e impactos esperados hacia dentro (individuales y colectivos) y hacia fuera (sociedad, centros de investigación, etc.) y estrategias de comunicación de todo ello.

b) Mapa relacional donde se presente a los agentes principales de la colaboración, comunidades y proyectos, experiencias, actividades o procesos con los que el equipo está o ha estado relacionado a lo largo de su trayectoria.

c) CV de cada uno de los agentes que intervienen en el desarrollo de la propuesta, acreditando la experiencia en las líneas que establece la convocatoria (máximo 2 páginas cada uno).

d) Carta que refleje el compromiso de colaboración entre los diferentes agentes que conforman el equipo.

9.4. La UNIA podrá comprobar, en cualquier momento, la autenticidad y la veracidad de los datos aportados, así como requerir a las candidatas el envío de documentación original o complementaria necesaria.

9.5. La confirmación de la cumplimentación de la solicitud tendrá efectos de presentación y supone la aceptación de las bases y la convocatoria que lo rigen.

10. ÓRGANOS COMPETENTES Y CRITERIOS DE VALORACIÓN.

10.1. La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá a las unidades correspondientes y competentes del Vicerrectorado de Formación Permanente y Cultura de la UNIA.

10.2. La valoración de las solicitudes, conforme a los criterios establecidos en esta Base, será competencia de la Comisión de Evaluación, que se constituirá en el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de admisión de solicitudes, que estará conformada por:

  • Una persona en representación de la UNIA (1 voto), como presidenta de la Comisión.
  • Una persona en representación del CSIC (1 voto).
  • Una persona en representación de Tekeando, con voz y sin voto.
  • Una persona en representación de la Fundación Daniel y Nina Carasso (1 voto).
  • Una persona profesional independiente de la gestión cultural contemporánea (1 voto).

Actuará como Secretaría de la Comisión una persona representante de la UNIA con voz, pero sin voto.

Los componentes serán nombrados, a propuesta de las citadas entidades, por Resolución de la persona titular del Rectorado de la UNIA. La Resolución de nombramiento de la Comisión de Evaluación se hará pública durante el periodo comprendido entre la publicación de esta convocatoria y antes de su primera reunión.

10.3. La Comisión de Evaluación formulará las propuestas para la resolución de la convocatoria, que elevará a la persona titular del Rectorado de la UNIA para su consideración y aprobación. De las reuniones y decisiones adoptadas por la Comisión se levantará Acta.

10.4. La Comisión de Evaluación valorará las propuestas presentadas conforme a los siguientes criterios y por el valor que se expresa:

a) Propuesta de proyecto a desarrollar, con una valoración máxima de cinco (5) puntos. Dentro de lo cual se atenderá lo siguiente:

  • Capacidad del proyecto para atender y dar respuesta a los objetivos de la presente convocatoria, especialmente la relación de esta elección con la respuesta a necesidades ecosociales situadas en el territorio andaluz.
  • Solidez, fundamentación y claridad del proyecto; adecuación de las metodologías Solidez, fundamentación y claridad de la propuesta; adecuación de las metodologías planteadas con los objetivos de la propia propuesta; concreción técnica y viabilidad económica.
  • Orientación de transformación de la propuesta; aproximación novedosa y crítica; búsqueda de nuevas formas y nuevos enfoques de investigación, o renovación de los existentes.
  • Apertura del conocimiento generado; comunicación y diseminación de los aprendizajes y saberes producidos; capacidad de generar nuevos contextos de aprendizaje.
  • Propuesta explícita y concreta de formas de trabajo que atiendan a la sostenibilidad material y humana tanto de los productos/resultados concretos, en caso de haberlos, como de los procesos creativos.

b) Articulación del equipo, con una valoración máxima de tres (3) puntos. Dentro de lo cual se atenderá lo siguiente:

  • Inclusividad (en términos de género, edad, formación, etc.) de las participantes en las propuestas y equilibrio dentro de la heterogeneidad del equipo.
  • Metodologías y herramientas para generar espacios de trabajo respetuosos entre agentes diferentes.

c) Perfil profesional de las solicitantes, con una valoración máxima de dos (2) puntos. Dentro de lo cual se atenderá lo siguiente:

  • Adecuación entre la trayectoria o el perfil de la solicitante y la propuesta que realiza.
  • Aportación del perfil o la trayectoria de la solicitante a los objetivos de la convocatoria.

Para ser beneficiario de la ayuda objeto de esta convocatoria será necesario haber obtenido una puntuación mínima de 5 puntos en el proceso de valoración de las propuestas.

11. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS AYUDAS.

11.1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor efectuará la comprobación de estas verificando que todas se han presentado en el plazo y la forma exigidos, así como que se han adjuntado todos los documentos señalados en la Base 9.

Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos preceptivos, se requerirá, de forma conjunta mediante la publicación en el TOUNIA, a la persona o personas interesadas para que en el plazo de 10 días hábiles, desde el siguiente al de la publicación, subsane la falta o acompañe los documentos, con la indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución de la persona titular del Rectorado de la UNIA, dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la LPACAP, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la citada Ley.

11.2. Finalizado, en su caso, el periodo de subsanación, la Comisión de Evaluación analizará la documentación presentada y:

a) Valorará las solicitudes admitidas conforme a los criterios establecidos en la Base 10 de esta convocatoria y reflejará su deliberación y conclusiones en el acta correspondiente, elaborando la correspondiente propuesta de resolución provisional que contendrá las beneficiarias provisionales de las ayudas y, en su caso, la relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta convocatoria para adquirir la condición de beneficiaria, no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos.

b) Elaborará la propuesta de resolución definitiva de exclusión de las solicitudes que resulten excluidas por no reunir los requisitos establecidos en la convocatoria en la que se indicará la causa de exclusión, que será elevada a la persona titular del Rectorado de la UNIA para que adopte la correspondiente Resolución.

La Resolución adoptada será publicada en el TOUNIA y contra ella, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican en el apartado 2 de la Base 12.

11.3. Terminado el proceso de valoración, la Comisión hará pública en el Tablón Oficial de la Universidad (https://www.unia.es/la-unia/tounia), antes del 31 de julio de 2025, la propuesta de resolución provisional y concederá a las solicitantes un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación, para presentar las alegaciones que estimen convenientes.

Las alegaciones se presentarán conforme a lo establecido en el apartado 2 de la Base 9 de esta Convocatoria en el modelo de alegaciones que puede encontrarse en el siguiente enlace del portal web de la UNIA: https://www.unia.es/oferta-academica/masteres-oficiales/impresos-masteres.

11.4. Transcurrido el plazo, la Comisión de Evaluación, una vez valoradas y resueltas las alegaciones, elaborará la propuesta de resolución definitiva, que incluirá la relación de las personas beneficiarias y, en su caso, la relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta convocatoria para adquirir la condición de beneficiaria, no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así como las solicitudes denegadas, con indicación de sus causas.

La propuesta de resolución definitiva se elevará a la persona titular del Rectorado, quien dictará la correspondiente Resolución definitiva.

11.5. La aceptación de la ayuda se hará de forma expresa mediante la firma y presentación, en los 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución definitiva en el Boletín Oficial de la UNIA (BOUNIA), del formulario disponible en el anexo III de estas bases, y deberá acompañarse de una copia escaneada del DNI, NIE, pasaporte o CIF, y del certificado de titularidad de la cuenta bancaria, así como, en su caso, documentación acreditativa de la representación.

La presentación de la aceptación de la ayuda se realizará conforme a lo establecido en el apartado 2 de la Base 9 de esta Convocatoria.

Si dentro del plazo previsto, la beneficiaria renunciara a la ayuda o no comunicara su aceptación, el Rector podrá acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la ayuda a la solicitante o solicitantes siguientes a aquella en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas[1].

La Comisión de Evaluación comunicará esta opción a las interesadas, a fin de que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de 10 días. Una vez aceptada la propuesta por parte de la solicitante o solicitantes, el Rector dictará el acto de concesión y procederá a su notificación en los términos establecidos.

12. RESOLUCIÓN.

12.1. La Resolución del procedimiento estimando o denegando la concesión de las Ayudas será motivada fundamentándose en el cumplimiento, o no, de lo establecido en esta Convocatoria y, en su caso, en la disponibilidad presupuestaria y se hará pública en el Boletín Oficial de la UNIA (BOUNIA).

También se hará pública la relación de beneficiarias a través de las páginas web del programa y de las otras entidades que lo componen.

12.2. Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la LPACAP. Asimismo, cabe interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, según disponen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

13. OBLIGACIONES DE LAS/OS BENEFICIARIAS/OS

13.1. La aceptación de las ayudas otorgadas en el marco de esta convocatoria comporta el establecimiento de un marco de trabajo y colaboración entre las beneficiarias y la UNIA, con unos compromisos asociados por ambas partes para que el paso de las personas beneficiarias de la ayuda por la institución sea lo más enriquecedor posible.

13.2. Ser beneficiaria conlleva la aceptación de las bases de esta convocatoria, la aceptación de obligaciones establecidas en el artículo 8 del Reglamento de subvenciones de la UNIA, y también de las siguientes:

a) Aceptar la ayuda concedida y las bases de esta Convocatoria en el plazo y condiciones establecidas en la Base decimocuarta.

b) Cumplir con el tiempo de desarrollo acordado con la UNIA, y conforme al plan de trabajo presentado según lo dispuesto en la Base 9 de esta convocatoria y comunicar a la UNIA cualquier alteración significativa que se produzca con posterioridad al otorgamiento (según figura en la Base 11 de esta convocatoria).

c) Las personas beneficiarias no podrán alterar en ningún caso el destino de las ayudas concedidas.

d) Realizar una activación pública en un momento intermedio del desarrollo de la propuesta artística. La fecha será acordada entre las beneficiarias, la UNIA y el equipo de mediación y activación, y tendrá como objetivo generar un marco no solo de apertura, sino también de interacción y/o co-creación con comunidades distintas a las que están inicialmente implicadas en el desarrollo de la propuesta. Por ejemplo una asamblea abierta, una conferencia performativa, una exposición, etc.

e) Presentar una memoria final (en soporte físico o digital, de carácter permanente), antes del 31 de diciembre de 2026. Esta memoria deberá recoger y permitir compartir con un público más amplio, los momentos claves del desarrollo de la propuesta, las metodologías empleadas, el/los momentos de activación pública, los aprendizajes y dificultades y las transformaciones o impactos. Junto a la memoria se pueden presentar otros entregables (textos, videos, dibujos, canciones, cuadernos de campo, podcast, exposiciones, presentación escénica, etc.).

f)  Participar en las sesiones de mentorías individuales ofrecidas por el equipo de mediación y activación.

g) Participar en el momento intermedio de puesta en común presencial con el resto de beneficiarias de las ayudas.

h) En la primera fase de arranque de proyectos, entregar un resumen y una imagen de la propuesta para su difusión desde el programa.

i)  Los beneficiarios se comprometen a hacer constar en los materiales de difusión o generados en el contexto de la ayuda concedida, la siguiente frase: “Proceso de investigación y creación realizado en el marco del programa Agitación científica 2025-2026 de la UNIA, Tekeando, CSIC y la Fundación Daniel y Nina Carasso”, e incluir los logotipos del programa Agitación científica, la UNIA, Tekeando, CSIC y la Fundación siempre que sea posible.

j)  Poseer todos los derechos de representación, incluidos (pero no excluyentes) los derechos de propiedad intelectual. Si la propuesta incluye derechos de terceras personas, las personas participantes garantizan la obtención de los derechos, autorizaciones y/o licencias necesarias, exonerando a la UNIA de cualquier reclamación al respecto.

k) Consentir expresamente la difusión de imágenes, así como de la voz de la beneficiaria, en caso que la UNIA lo considerase oportuno.

14. MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN.

14.1. De acuerdo con el artículo 19 de la LGS, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión. En todo caso, procederá dicha modificación cuando se produzca la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

14.2. Siempre que no se altere la finalidad de la ayuda concedida, en caso de que surgiera alguna eventualidad que dificulte o altere su desarrollo tal y como fue aprobada, la beneficiaria quedará obligada a comunicarlo a la UNIA mediante solicitud de modificación.

14.3. La modificación, en ningún caso podrá variar el destino o finalidad de la ayuda, alterar la actividad para la que se solicita, ni elevar la cuantía obtenida que figura en la Resolución de concesión, ni podrá afectar a aquellos aspectos propuestos que fueron razón de su concreto otorgamiento.

14.4. La solicitud de modificación deberá estar suficientemente justificada en la que consten las circunstancias causantes, y se presentará de forma inmediata a la aparición de las circunstancias que la motiven.

14.5. La Comisión de Evaluación será, quien, a la vista de la documentación aportada, solicite su aclaración o subsanación, concediendo para ello un plazo de 10 días hábiles. Analizadas las circunstancias formulará la oportuna propuesta que será elevada a la persona titular del Rectorado, para su consideración y firma. La Resolución adoptada se notificará a la interesada.

15. REVOCACIÓN Y PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIA/O.

 

15.1. La adjudicación de la ayuda será revocada totalmente, se haya hecho o no uso de ella, si se diese alguna de las causas establecidas en el artículo 8 del Reglamento de subvenciones de la UNIA o alguna de las siguientes circunstancias:

a) Descubrirse que en su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos por parte de la persona solicitante.

b) Incompatibilidad con otros beneficios destinados al mismo objeto concedidos por otras personas físicas o jurídicas.

c) Inhibición o cumplimiento negligente de las obligaciones por parte de las beneficiarias.

d) No destinar la ayuda para la finalidad concedida, entendiéndose como tal la anulación de la misma.

e) No cumplir con las obligaciones recogidas en la Base 13 de la convocatoria.

15.2. Las personas beneficiarias que incurran en alguna causa de revocación de estas ayudas estarán obligadas a reintegrar a la Universidad Internacional de Andalucía las cantidades percibidas que no se hayan satisfecho a consecuencia de la ayuda concedida, sin perjuicio de las acciones legales que ésta pudiera iniciar.

15.3. El procedimiento de reintegro se iniciará y tramitará conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento de subvenciones de la UNIA.

16. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.

 

16.1. Con el fin de promover la cultura libre y divulgar el conocimiento generado dentro de la convocatoria, todos las metodologías, herramientas y textos desarrollados estarán disponibles bajo licencias abiertas. Cuando la UNIA y colaboradoras compartan estos materiales en catálogos, carteles, videos promocionales, páginas web, redes sociales y otros medios audiovisuales, lo harán respetando y reconociendo, en todo momento y en toda publicación, la autoría de materiales generados por los proyectos seleccionados.

16.2. El tipo de licencias abiertas serán elegidas por las beneficiarias. En caso de necesitar algún otro tipo de licencia se podrán debatir los términos con el equipo de mediación y UNIA.

16.3. Las participantes en la convocatoria deberán garantizar que la propuesta presentada es original y que ostentan todos sus derechos de representación, incluidos (pero no excluyentes) los derechos de propiedad intelectual. Si la propuesta incluye derechos de terceras personas, las personas participantes garantizan la obtención de los derechos, autorizaciones y/o licencias necesarias, exonerando a la UNIA de cualquier reclamación al respecto.

17. DERECHOS DE IMAGEN/ VOZ.

En caso de que la UNIA considerase oportuno difundir la imagen o voz de la beneficiaria, la UNIA deberá obtener su consentimiento expreso, de acuerdo con la normativa reguladora de protección de datos personales.

18.  PROTECCIÓN DE DATOS.

Cualquier tratamiento de datos de carácter personal que se lleve a cabo durante la tramitación del procedimiento respetará lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal.

Los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, supresión, limitación de tratamiento, portabilidad y oposición dirigiendo un escrito bien a la atención del responsable de tratamiento en la UNIA, Avda. Américo Vespucio, 2 - 41092 Isla de la Cartuja, Sevilla, o bien mediante correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o, finalmente, a través de los correspondientes procedimientos establecidos en la sede electrónica de la UNIA. Más información en la página web https://www.unia.es/proteccion-datos  Igualmente podrán ejercer sus derechos ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía en la página web: https://www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos.

19.  CONTACTO.

19.1. Las dudas y consultas se atenderán por correo electrónico en las siguientes direcciones Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

19.2. Además, habrá un encuentro virtual informativo cuya fecha y lugar de celebración se anunciará a través de la web y redes sociales de la UNIA, del programa y de los colaboradores del mismo.

ANEXO II.

FORMULARIO DE SOLICITUD CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CREACIÓN E INVESTIGACIÓN PARA EQUIPOS CONFORMADOS POR ARTISTAS, CIENTÍFICAS/OS Y COLECTIVOS SOCIALES.

INFORMACIÓN GENERAL DE LA PROPUESTA:

  1. Nombre de la propuesta:
 
  1. Resumen de la propuesta (máximo 200 palabras):

Breve descripción de los objetivos, agentes implicados y línea de investigación. En el caso de resultar beneficiaria la propuesta, de este resumen la UNIA y los colaboradores del programa podrán tomar información para difundir en sus canales de comunicación y distribución.

 
  1. Duración estimada de la propuesta:

Especificando nº de meses, fecha de inicio y fecha de finalización.

 

INFORMACIÓN SOBRE LA/EL SOLICITANTE 

  1. Organización o persona solicitante.

Puede ser una persona física, persona jurídica, colectivo con personalidad jurídica o sin ella. Si se trata de una organización sin personalidad jurídica, poner aquí los datos de la persona que representará a la organización.

×     Nombre:

 

×     Apellidos (si procede):

 

×    DNI/NIE/Pasaporte/NIF/CIF:

 

×    Dirección:

 

×    Teléfono de contacto:

 

×    Correo electrónico:

 

INFORMACIÓN SOBRE EL EQUIPO DE TRABAJO TRANSDISCIPLINAR.

  1. Persona responsable de la propuesta:

La persona responsable de la propuesta es la persona de referencia para toda la interlocución relacionada con el seguimiento del proceso. La persona responsable no tiene por qué coincidir con quien solicita la ayuda.

×        Nombre:

 

×        Apellidos:

 

×   Rol en la propuesta:

Por favor especificar si forma parte de la organización solicitante o no, y el ámbito (arte, ciencia o sociedad) desde el que trabaja

 

×   Dirección:

 

×  Teléfono de contacto:

 

×  Correo electrónico:

 
  1. Miembros del equipo y sus perfiles:

×  Nº de integrantes:

Por favor, a continuación os pedimos presentar a todos los miembros del equipo, indicando en cada caso "Nombre", "Apellidos", "Organización (si procede)" y " Rol en la propuesta (especificando si forma parte de la organización solicitante o no, y el ámbito (arte, ciencia o sociedad) desde el que trabaja)"

INFORMACIÓN SOBRE EL EQUIPO DE TRABAJO TRANSDISCIPLINAR.

  1. Persona responsable de la propuesta:

La persona responsable de la propuesta es la persona de referencia para toda la interlocución relacionada con el seguimiento del proceso. La persona responsable no tiene por qué coincidir con quien solicita la ayuda.

×   Nombre:

 

×   Apellidos:

 

×   Rol en la propuesta:

Por favor especificar si forma parte de la organización solicitante o no, y el ámbito (arte, ciencia o sociedad) desde el que trabaja

 

×   Dirección:

 

×  Teléfono de contacto:

 

×  Correo electrónico:

 
  1. Miembros del equipo y sus perfiles:

×  Nº de integrantes:

Por favor, a continuación os pedimos presentar a todos los miembros del equipo, indicando en cada caso "Nombre", "Apellidos", "Organización (si procede)" y " Rol en la propuesta (especificando si forma parte de la organización solicitante o no, y el ámbito (arte, ciencia o sociedad) desde el que trabaja)"

 

Consiento el tratamiento de los datos personales en base a los fines señalados en esta convocatoria (servicios de información, prestación o difusión de actividades de la universidad).

Consiento y autorizo la publicación de imágenes y voz relacionadas con el proyecto objeto de esta convocatoria.

Igualmente declaro responsablemente que cumplo las condiciones necesarias conforme a la legislación aplicable para participar en esta convocatoria.

FECHA                                                                                         FIRMA

 

ANEXO III.

DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN.

CONVOCATORIA DE “AYUDAS A LA CREACIÓN E INVESTIGACIÓN PARA EQUIPOS CONFORMADOS POR ARTISTAS, CIENTÍFICAS/OS Y COLECTIVOS SOCIALES, DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA EN 2025 (RESOLUCIÓN RECTORAL 109/2025).

D./Dº. (Nombre y Apellidos),

con NIF (nº. 00000-letra),

como responsable y representante legal de la propuesta (TÍtulo de la propuesta)

,

mediante la presente manifiesta:

Que acepta la ayuda que le ha sido concedida por importe de (cantidad en letra euros) …….. (0000 €)), mediante Resolución 109/2025 del Rector de la Universidad Internacional de Andalucía, para el desarrollo del citado proyecto declarando que no incurre en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

Que al aceptar dicha ayuda se compromete a cumplir con las obligaciones contenidas en la Convocatoria, entre las que se encuentran:

  1. Desarrollar la propuesta conforme a lo recogido en la Convocatoria aprobada por Resolución Rectoral 109/2025 y aprobado por la Resolución de concesión.
  2. Cumplir con las obligaciones establecidas en la Convocatoria y en la Resolución de concesión.
  3. Colaborar en las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca o ayuda.
  4. Poner en conocimiento de la Universidad cualquier alteración de las condiciones tomadas en consideración para la concesión de la ayuda.
  5. Comunicar a la Universidad la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad que la concedida por ésta, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
  6. Proceder al reintegro de los fondos percibidos, cuando así le sea requerido conforme a la legislación vigente.

En       a        de       de

Firmado

Protección de datos

Como se recoge en la base 9 de la convocatoria, la UNIA hará pública Tablón Oficial de la UNIA https://www.unia.es/la-unia/tounia, y en el Boletín Oficial de la UNIA (BOUNIA), la propuesta provisional de resolución de ayudas detallando la puntuación asignada en cada uno de los apartados considerados, así como la relación de solicitudes excluidas y de solicitudes denegadas, indicando las causas de la exclusión o denegación.

Los datos personales a los que la Comisión tendrá acceso por su participación en esta convocatoria serán incorporados al fichero de “solicitantes convocatoria creación-investigación equipos 2025” y se estará a lo dispuesto en la normativa de protección de datos vigente.

 

[1] Referidas a las que cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta convocatoria para adquirir la condición de beneficiaria, no hayan sido estimadas por rebasar la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria.