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IV.   BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS.

Resolución Rectoral 145/2025, de 23 de junio, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca el Premio a las buenas prácticas de gestión del personal técnico de gestión y de administración y servicios (PTGAS) Unia 2025 (Código BDNS: 841884).

La Universidad Internacional de Andalucía es una Institución de derecho e interés público a la que corresponde la gestión del servicio público de la educación superior mediante la docencia, el estudio y la investigación, que tiene entre sus principios rectores el de fomentar la calidad y la excelencia en sus actividades y entre sus funciones básicas y sus fines el impulso a la innovación en todas sus actividades de gestión.

La Universidad Internacional de Andalucía, por Acuerdo 45/2025, de 16 de junio, de su Consejo de Gobierno, aprobó la iniciativa para el reconocimiento de las buenas prácticas en la gestión del Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) de la Universidad Internacional de Andalucía, cuyo objetivo es distinguir la contribución a la mejora continua, a través de la innovación y digitalización de sus procedimientos de gestión, en la búsqueda de la eficiencia al servicio de los ciudadanos y en consonancia con los valores y la misión de su planificación estratégica.

Con esta Convocatoria se pretende reconocer públicamente la excelencia del trabajo del PTGAS de la UNIA que haya destacado por su dedicación en la innovación y calidad de los servicios prestados.

El Premio a las Buenas Prácticas de Gestión del PTGAS se enmarca en la Línea 18 de Premios y reconocimientos a la comunidad universitaria del Plan Estratégico de Subvenciones de la UNIA para el periodo 2025-2027.

De acuerdo con estos objetivos y de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 45/2025, de 16 de Junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la iniciativa para el reconocimiento de las buenas prácticas en la gestión del PTGAS de la Universidad Internacional de Andalucía,

ESTE RECTORADO, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

HA RESUELTO:

Primero. - Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, el Premio a las Buenas Prácticas de Gestión del PTGAS 2025, con arreglo a las bases y criterios establecidos en el ANEXO de esta Resolución.

Segundo. El premio objeto de esta Convocatoria está sujeto a la disponibilidad presupuestaria existente y será financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 3014100022608 (Expediente económico núm. 20250000347) por una cuantía máxima de mil quinientos euros (1.500,00 €) impuestos incluidos.

Tercero. - El procedimiento de concesión del premio se considerará iniciado de oficio con la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA).

La publicación de los actos de trámite relativos a la presente convocatoria, incluyendo los listados de admitidas/excluidas y beneficiarias, se realizará en el Tablón de Anuncios de la Universidad Internacional de Andalucía[1] (TOUNIA), sirviendo dichas publicaciones de notificación a las interesadas, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de dicho Orden, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 y 4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa. 

En Sevilla, en la fecha de la firma electrónica

EL RECTOR

José Ignacio García Pérez.

 

ANEXO I

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL “PREMIO A LAS BUENAS PRÁCTICAS DE GESTIÓN DEL PTGAS 2025”.

Primera. - Objeto.

Reconocer y premiar las buenas prácticas en la gestión realizadas por el Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios, en adelante PTGAS, tanto a nivel individual como colectivo, que hayan contribuido significativamente a la mejora de los servicios, alineándose con las líneas estratégicas de la UNIA. Estos premios buscan incentivar la innovación, creatividad y excelencia en el desempeño profesional.

Segunda. - Régimen jurídico aplicable.

El Premio a que se refiere la presente Convocatoria, además de lo previsto en ella, se regirá por el Reglamento por el que se regulan los procedimientos de gestión de las subvenciones otorgadas por la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por aprobado por Acuerdo 96/2023, de 14 de diciembre, del Consejo de Gobierno, los preceptos básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por lo dispuesto en el título VII del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, que resulten de aplicación.

Tercera. - Procedimiento de Concesión.

El Premio se concederá en régimen de concurrencia competitiva, aplicando los criterios convencionales de evaluación de la calidad, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos.

El procedimiento se considerará iniciado de oficio con la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA), realizándose las sucesivas publicaciones en el Tablón de Anuncios de la Universidad Internacional de Andalucía (TOUNIA), sirviendo dichas publicaciones de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante LPACAP.

Cuarta. - Cuantía del premio y régimen de compatibilidad.

1. Se establecen dos modalidades:

a. Premio Individual: Reconocimiento a una persona del PTGAS que haya destacado por su labor en los dos años anteriores.
b. Premio Colectivo: Reconocimiento a un grupo, área, servicio o unidad del PTGAS que haya implementado iniciativas o buenas prácticas destacadas, en los dos años anteriores.

2. Los premios consistirán en:

a. Modalidad Individual:

  • Diploma acreditativo.
  • Dotación económica de 300 €.

b. Modalidad Colectiva:

  • Diploma acreditativo para cada miembro del grupo.
  • Dotación económica de 1.200 € a repartir de forma equitativa entre los miembros que hayan firmado la propuesta, o de la forma en que los miembros del grupo unánime determinen.

3. La concesión del Premio objeto de esta convocatoria está sujeta a las disponibilidades presupuestarias existentes (aplicación presupuestaria 3014100022608, expediente económico núm. 20250000347).

4. El Premio será compatible con cualquier otra solicitud de premio, beca, ayuda o subvención a la que pudiera optar o haya optado la persona solicitante.

5. La UNIA, siempre que las condiciones lo permitan, invitará a las personas premiadas a recibir la distinción en un acto público organizado por la Universidad.

6. La UNIA procederá a la difusión de dichos reconocimientos en la página web de la UNIA y en los medios de comunicación que considere oportunos.

Quinta.- Requisitos de las Candidaturas.

1. Podrán optar al premio objeto de esta convocatoria el PTGAS que reúna los siguientes requisitos:

a. Modalidad Individual: Miembros del PTGAS con, al menos, 3 años de antigüedad en la UNIA.
b. Modalidad Colectiva: Grupos o unidades del PTGAS cuyos miembros, en al menos el 80%, tengan 3 o más años de antigüedad. Los miembros del equipo deben estar claramente identificados, mediante la firma de la propuesta.
c. Presentar una memoria justificativa que incluya, conforme al modelo de memoria (Anexo II. Modelo de Memoria), los siguientes extremos:

1º Descripción del proyecto o iniciativa.
2º Objetivos alcanzados y su alineación con las líneas estratégicas de la UNIA.
3º Resultados obtenidos e impacto generado.
4º Indicadores cuantitativos o cualitativos que respalden los logros.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

Sexta. - Plazo, inscripción y documentación a presentar.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a partir del día de publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA).

2. Las solicitudes deberán cumplimentarse en el formato habilitado a tal efecto que estará disponible a través del correspondiente procedimiento dentro de la sede electrónica de la UNIA (https://sedeelectronica.unia.es), acompañada de la memoria justificativa indicada en el apartado 1.c) de la base quinta.

3. La presentación de la solicitud supone la aceptación íntegra de estas bases.

Séptima.- Comisión de evaluación.

1. La Comisión de Valoración (en adelante, la Comisión) es el órgano encargado de la valoración de los méritos de las candidaturas y de proponer al Rector de la UNIA la concesión de las distinciones. La Comisión estará compuesta por:

  • La persona responsable en materia de calidad, que desempeñará la Presidencia.
  • La persona titular de la Gerencia de la UNIA, o persona en quien delegue, que actuará como primera vocalía.
  • Una vocalía designada por el Rector de la UNIA, que podrá ser PTGAS de otra universidad pública andaluza.
  • Una vocalía designada por los órganos de representación del PTGAS.
  • La persona titular de la Secretaría General de la UNIA, o persona en quien delegue que actuará como secretaría con voz, pero sin voto.

2. La Comisión se reunirá de forma presencial o telemática.

3. De las deliberaciones de la Comisión se levantará acta motivada, y se reflejarán, respecto de la evaluación cada una de las candidaturas, los méritos y la puntuación asignada a cada uno de ellas.

4. La Comisión tendrá las siguientes facultades:

a. Podrá rechazar cualquier solicitud que no se ajuste estrictamente a lo establecido en estas Bases.
b. Podrá solicitar información o documentación adicional si lo considera necesario.
c. Podrá interpretar las presentes bases o resolver cualquier imprevisto.
d. Podrá proponer declarar desiertos los premios si no se alcanza un nivel mínimo de calidad en las candidaturas; esto es, deben superar el 60% de la puntuación establecida según los criterios del baremo publicado.

Octava. - Criterios de valoración.

1. Las candidaturas serán evaluadas según los siguientes criterios de valoración:

a) Integración estratégica: Grado en que la propuesta se alinea con las líneas estratégicas de la UNIA.

b) Innovación: creatividad e innovación del trabajo realizado.

c) Calidad de la propuesta: Nivel de planificación, ajuste a normas, sistemática de evaluación.

d) Impacto: Contribución a los resultados de la unidad/servicio, mejora del clima entre compañeros y satisfacción de usuarios internos o externos.

e) Relevancia institucional: Importancia y repercusión para la UNIA en su conjunto.

2. Cada criterio será valorado en una escala Likert (1 a 5).

Novena. - Tramitación de la Convocatoria.

1. Finalizado el plazo de presentación, se realizará el estudio de las solicitudes y se elaborará y publicará el listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas en el TOUNIA (https://www.unia.es/la-unia/tounia), indicando la causa de exclusión y concediendo, en virtud del artículo 68 de la LPACAP, a las personas interesadas un plazo 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación, para la presentación de subsanaciones o alegaciones que tenga por convenientes.

Las subsanaciones se presentarán conforme a lo establecido en el apartado 2 de la base sexta de esta Convocatoria.

2. Terminado el plazo de subsanación y analizada, en su caso la documentación, la Comisión elevará al Rector de la UNIA para su aprobación, la propuesta definitiva de solicitudes admitidas y excluidas con indicación de la causa de exclusión.

La Resolución con la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas será publicada en el TOUNIA (www.unia.es/la-unia/tounia) y contra ella, que pone fin a la vía administrativa para las solicitudes excluidas, se podrán interponer los recursos que se indican en el apartado 1 de la Base décima.

3. En el plazo de dos meses desde la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, la Comisión, tras el estudio, verificación y valoración de las candidaturas admitidas conforme a los criterios establecidos, formulará la propuesta de resolución provisional que contendrá las premiadas provisionales en cada una de sus categorías, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración, así como la relación de solicitudes denegadas, indicando la causa que la motiva.

La propuesta provisional se hará pública en el Tablón de Anuncios de la Universidad Internacional de Andalucía (TOUNIA), concediéndose un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a su publicación, para que las personas interesadas presenten las alegaciones que estimen oportunas.

4. Una vez valoradas y resueltas las alegaciones por la Comisión, ésta formulará y elevará la Propuesta definitiva del procedimiento al Rector, que deberá expresar las personas beneficiarias para las que se propone la concesión del premio, especificando su cuantía y su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así como las solicitudes denegadas, con indicación de sus causas.

Décima. - Concesión del Premio.

1. La Resolución del procedimiento estimando o denegando la concesión del Premio, se realizará mediante Resolución Rectoral que será motivada fundamentándose en el cumplimiento, o no, de lo establecido en la Convocatoria y, en su caso, en la disponibilidad presupuestaria. La Resolución se hará pública en el BOUNIA.

Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la LPACAP. Asimismo, cabe interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, según disponen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

2. El plazo máximo para la resolución de las solicitudes y su notificación será de cuatro meses, y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Transcurrido dicho plazo, podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo aquellas solicitudes presentadas sobre las que no haya recaído o no se haya notificado resolución expresa conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1.a) de la LPACAP, sin perjuicio del cumplimiento de la obligación legal de resolver, según lo dispuesto en el artículo 21 de la citada Ley.

3. La UNIA hará pública la concesión del Premio a través de su web y de los medios de comunicación en la que se incluirá la identidad de la persona o de las personas distinguidas.

4. En el plazo de diez días, contados a partir de la publicación de la Resolución definitiva, las personas beneficiarias presentarán una carta de aceptación del Premio, en la que asumen las obligaciones establecidas en esta Convocatoria y en la Resolución de concesión, y se compromete a reintegrar a la Universidad Internacional de Andalucía su importe en los supuestos establecidos en esta Convocatoria y en la legislación que resulte de aplicación.

5. La UNIA abonará el importe del Premio, en un único pago, en un plazo máximo de seis meses desde la aceptación de las distinciones. Dicho pago se realizará mediante transferencia a la cuenta indicada por las personas beneficiarias en su solicitud.

6. Los datos personales a los que la UNIA tendrá acceso por su participación en esta convocatoria serán tratados con pleno respeto a los principios y reglas establecidos tanto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personas y garantía de los derechos digitales. Su tratamiento se encuentra recogido en el Registro de Actividades de tratamiento gestionado por la Universidad Internacional de Andalucía. Los interesados podrán ejercer sus derechos ante esta Universidad siguiendo lo recogido en https://www.unia.es/es/protección-datos/derechos-rgpd .

Undécima. - Pérdida del derecho al premio.

Procederá la pérdida del derecho al cobro o el reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, la exigencia del interés por demora correspondiente desde el momento del pago del premio hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, cuando:

a) Se obtuviera el Premio falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Se incumplan las obligaciones contraídas por la concesión del premio.

 ANEXO II.

MEMORIA PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DEL “PREMIO A LAS BUENAS PRÁCTICAS DE GESTIÓN DEL PTGAS 2025”

DATOS PERSONALES:

Apellidos y Nombre:

DNI:

 

 

Domicilio a efectos de notificaciones:

 

Código Postal:

Localidad:

Provincia:

Secretario:

   

Teléfono Fijo:

Teléfono Móvil:

Correo electrónico:

     

BREVE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O INICIATIVA

Nombre o denominación de la buena práctica

Motivación o justificación (necesidad de esta buena práctica)

Promotor/a (de quién surge la propuesta)

Implicación (a quién/es afecta)

Mejoras que promueve (los problemas que soluciona su implantación)

Beneficios obtenidos y previstos para el personal y para la UNIA

Replicabilidad de la buena práctica por otras áreas

Sostenibilidad de la buena práctica

1. JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA:

1.1. Descripción del estado previo a la iniciativa desarrollada.

1.2. Propósito de la propuesta presentada: objetivo general y objetivos específicos (si los hubiera) y su vinculación con la estrategia UNIA.

2. FORMULACIÓN DEL PROYECTO:

2.1. Acciones que dan respuesta a los objetivos planteados.

2.2. Procedimientos implicados.

2.3. Evaluación de las acciones (sistema de indicadores desarrollado u otras medidas).

2.4. Innovación potencial del proyecto desarrollado.

3. IMPACTO DE LA PROPUESTA:

3.1. Grado de contribución del objetivo o trabajo a los resultados de la unidad/servicio.

3.2. Grado de contribución del trabajo a la mejora del clima de la Unidad.

3.3. Grado de contribución del proyecto a la satisfacción de usuarios (externos o internos a la UNIA).

3.4. Impacto sobre la Universidad en su conjunto.

Declaro responsablemente son ciertos los datos indicados y que cumplo las condiciones necesarias, conforme a la legislación aplicable, para participar en este concurso y, en su caso, ser beneficiario/a del Premio UNIA-PTGAS 2025.

________________, ___ de ________________ de 20__.

Fdo.: ______________________________

       

 

[1] https://www.unia.es/la-unia/tounia