IV. BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS.
Resolución Rectoral 199/2025, de 30 de julio, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a la movilidad en el marco del programa Erasmus+ para estancias internacionales del alumnado de enseñanzas oficiales de Máster y Doctorado durante el Curso Académico 2024/2025.
Resultando que por Resolución 295/2025, se convocó ayudas a la movilidad en el marco del programa Erasmus+ para estancias internacionales de su alumnado de enseñanzas oficiales de Máster y Doctorado durante el curso académico 2024/2025 y se aprobaron las bases para su concesión (BDNS: 807258), financiadas con cargo a la anualidad 2025 del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía, de la aplicación presupuestaria 3011010902 4000 48199 y número de expediente 2024/738.
Considerando que, conforme en la Base sexta del anexo de la Convocatoria antes mencionada, el estudio de las solicitudes de ayudas recibidas y la selección de posibles personas beneficiarias se lleva a cabo por la Comisión de Becas de la Universidad Internacional de Andalucía.
Considerando que, no se presentaron solicitudes en el plazo establecido en la convocatoria.
ESTE RECTORADO, de conformidad con la normativa de aplicación y vista la propuesta efectuada por la Comisión de Becas, ha resuelto:
- Declarar desierta la convocatoria, al no presentarse solicitudes en la convocatoria de ayudas para la realización de estancias internacionales, por parte del alumnado de enseñanzas oficiales de másteres y doctorados en el curso académico 2024/2025.
Contra esta Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
EL RECTOR
José Ignacio García Pérez