I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS
I.3. Resoluciones del Rector.
Resolución Rectoral 237/2026, de 25 de septiembre, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se establece el procedimiento para la extinción del plan de estudios correspondiente al Máster de Formación Permanente en Rinología Avanzada y Base de Cráneo anterior de la Universidad Internacional de Andalucía.
La Universidad Internacional de Andalucía, en uso de las competencias legalmente atribuidas, estimó oportuno aprobar la oferta del Máster de Formación Permanente en Rinología Avanzada y Base de Cráneo Anterior durante los cursos académicos 2021-22, 2022-23, 2023-24 y 2024-25.
Tras la impartición de cuatro ediciones del programa, para el curso académico 2026-27 se lleva a cabo una reformulación en el planteamiento de su actividad académica de formación permanente al objeto de poder ofrecer mejor respuesta a las demandas sociales actuales, tanto en el plano de la investigación como en el de la formación de los futuros perfiles profesionales, concluyendo con la aprobación de un nuevo título que viene a sustituir al que hasta el momento se venía ofertando. Esta circunstancia ha sido valorada por los órganos de gobierno de la Universidad, adoptándose el acuerdo de proceder a la suspensión e inicio de la extinción del Plan de Estudios correspondiente al Máster de Formación Permanente en Rinología Avanzada y Base de Cráneo Anterior, y consecuentemente, implementar el correspondiente Plan de Extinción que garantice los derechos del alumnado que a la fecha no haya concluido estos estudios.
Es preciso señalar, asimismo, que la Universidad Internacional de Andalucía tiene implantado, en el marco de su Sistema Interno de Garantía de la Calidad, el procedimiento “PC01 Diseño, Seguimiento y Mejora de los Programas Formativos”, que asegura la revisión y actualización continua de sus programas formativos y que recoge explícitamente la aplicación y, en su caso, revisión del procedimiento de extinción, basado en los resultados obtenidos, según los criterios establecidos ante una posible extinción del título.
A la vista de lo expuesto y de la normativa de aplicación, y en uso de las facultades legalmente otorgadas, este Rectorado ha resuelto Aprobar el Plan de Extinción para el Máster de Formación Permanente en Rinología Avanzada y Base de Cráneo Anterior por la Universidad Internacional de Andalucía, en los términos que se recogen en el Anexo de esta Resolución.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa (B.O.E. de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentar recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, (B.O.E. de 2 de octubre)
En Sevilla, a la fecha de la firma electrónica.
EL RECTOR
Fdo.: José Ignacio García Pérez
ANEXO
PLAN DE EXTINCIÓN DEL MÁSTER DE FORMACIÓN PERMANENTE EN RINOLOGÍA AVANZADA Y BASE DE CRÁNEO ANTERIOR POR LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
1. Objetivo
El objetivo de este Plan es establecer los términos, condiciones y procedimiento para la extinción del Máster de Formación Permanente en Rinología Avanzada y Base de Cráneo Anterior por la Universidad Internacional de Andalucía, con las garantías necesarias para salvaguardar los derechos de sus estudiantes y que puedan optar a la finalización de sus estudios.
2. Destinatarios/as
Podrán acogerse a este Plan aquellos/as estudiantes matriculados/as en el referido Título en alguno de los cursos académicos en los cuales se ha venido impartiendo y tengan superados al menos el 50% de la carga crediticia del mismo.
3. Efectos
Se considera extinguida la totalidad de la docencia correspondiente a las materias y Trabajo Final que integran el Plan de Estudios del Máster de Formación Permanente en Rinología Avanzada y Base de Cráneo Anterior por la Universidad Internacional de Andalucía.
4. Vigencia
El presente Plan estará vigente durante los cursos académicos 2026-27 y 2027-28, considerándose totalmente extinguido, sin derecho a docencia ni derecho a examen, cuando la totalidad de las materias que lo conforman hayan agotado la oferta de convocatorias de examen de los cursos académicos referidos.
5. Evaluación
El alumnado matriculado en el Plan tendrá derecho para cada materia, a dos convocatorias de evaluación. Las pruebas de evaluación versarán sobre el temario del último año en que se impartió la materia o asignatura. A tal efecto, al estudiantado se le facilitarán, a través del campus virtual de la Universidad Internacional de Andalucía, las guías docentes correspondientes a las materias y trabajo final, así como el calendario de evaluación. Igualmente, tendrá derecho a recibir a través del campus virtual el asesoramiento y tutorización docentes pertinentes.
6. Profesorado
La dirección del Programa contará para las labores de asesoramiento, tutoría y evaluación con el profesorado necesario que, preferentemente, deberá haber participado en la docencia del Título en los cursos de impartición y cumplir con los requisitos establecidos para el desarrollo de esta labor.
7. Solicitud de admisión
Los/Las estudiantes del Máster de Formación Permanente en Rinología Avanzada y Base de Cráneo Anterior de alguna de las ediciones anteriores que opten por acogerse a este Plan de Extinción de Docencia y cumplan los requisitos para ello, deberán solicitar, mediante escrito dirigido al Vicerrectorado de Posgrado, su admisión en el mismo, indicando la totalidad de materias pendientes de superar. Las solicitudes deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico:
8. Plazos
Curso académico 2026-27:
- Solicitud de admisión al Plan de Extinción: del 1 al 15 de octubre de 2026.
- Relación provisional de personas admitidas y excluidas: 20 de octubre de 2026.
- Plazo de alegaciones: del 21 de octubre al 4 de noviembre de 2026.
- Relación definitiva de personas admitidas y excluidas: 6 de noviembre de 2026.
- Plazo de matrícula: del 9 al 11 de noviembre de 2026.
Curso académico 2027-28:
- Solicitud de admisión al Plan de Extinción: del 6 al 20 de septiembre de 2027.
- Relación provisional de personas admitidas y excluidas: 22 de septiembre de 2027.
- Plazo de alegaciones: del 23 de septiembre al 6 de octubre de 2027.
- Relación definitiva de personas admitidas y excluidas: 8 de octubre de 2027.
- Plazo de matrícula: del 11 al 13 de octubre de 2027.
9. Resolución
Recibidas las solicitudes de admisión, se procederá a validar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Plan de Extinción y se requerirá informe a la Comisión Académica del título. A la vista de la información disponible y del informe de la Comisión, se procederá a elevar a la Comisión de Posgrado de la Universidad la propuesta provisional de admisión y de exclusión, con indicación en este último caso de la causa de la misma. Esta propuesta se publicará en el Tablón Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (TOUNIA).
10. Revisión
Contra la propuesta provisional, las personas interesadas podrán presentar, en el plazo de diez días hábiles, las alegaciones que estimen oportunas. Estas alegaciones serán resueltas por la Comisión de Posgrado.
11. Matrícula
Una vez publicada la relación definitiva de personas admitidas en el Tablón Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía, el alumnado solicitante deberá formalizar la matrícula en el plazo indicado, comprendiendo esta la totalidad de las materias y el trabajo final pendientes de superar. Aquellos admitidos que no formalicen la matrícula en el plazo establecido, se entenderá que desisten de su solicitud de admisión, procediéndose a su archivo sin más trámite.
12. Régimen económico
Las personas admitidas estarán obligadas al abono de las tasas y precios públicos establecidos para cada curso académico por la prestación de servicios académicos y administrativos que les sea de aplicación. El pago se deberá hacer efectivo en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de matrícula. El impago total o parcial de la matrícula en los plazos establecidos conllevará la anulación de oficio de la misma.
13. Condicionalidad de la matrícula
La matrícula se considerará condicional hasta la verificación por parte del Área de Gestión Académica del cumplimiento de la totalidad de los requisitos y trámites establecidos, procediendo a su anulación de oficio en el supuesto de descubrirse falseamiento u ocultación en la documentación o datos facilitados.
14. Seguimiento
El seguimiento del desarrollo del presente Plan de Extinción lo llevará a cabo la Comisión Académica del Máster, que velará por el desarrollo de la organización y garantía de los derechos del alumnado, asumiendo las funciones igualmente establecidas para la Comisión de Garantía de la Calidad del título.