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IV.   BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS.

Resolución Rectoral 27/2026, de 29 de enero, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se modifica la Resolución 302/2025, publicada el día 12 de diciembre de 2025, que resuelve la convocatoria de becas para cursar enseñanzas propias de Formación Permanente que requieren titulación universitaria previa.

Resultando que por Resolución 302/2025, se resolvió la convocatoria de becas para cursar enseñanzas propias de Formación Permanente que requieren titulación universitaria previa para el curso 2025-2026, financiadas con cargo a los ejercicios presupuestarios de 2025 y 2026, de la aplicación presupuestaria 3018010902 4007 y número de expediente 2025/283 del presupuesto de la UNIA.

Considerando que, después de la publicación de la resolución 302/2025, se ha detectado un error al no incluir a un alumno en la resolución de adjudicación, que debería aparecer en dicha resolución.

Considerando que, después de publicar la resolución 302/2025, se ha suspendido el Máster en Formación Permanente en Gestión y Conservación de Especies: el marco internacional (XVI edición).

Considerando que, después de publicar la resolución 302/2025, se han detectado que algunos de las personas beneficiarias no se han matriculado en las actividades académicas para las que obtuvieron beca.

ESTE RECTORADO, de conformidad con la normativa de aplicación y vista la propuesta efectuada por la Comisión de Becas, ha resuelto:

Primero. - Conceder a la persona solicitante que se relaciona en el anexo I de esta Resolución, con cargo a los ejercicios presupuestarios de 2025/26, de la aplicación presupuestaria 3018010902 4007 y número de expediente 2025/283 del presupuesto de la UNIA, la ayuda que se indican.

Segundo. - Denegar la adjudicación de la beca concedida a las personas solicitantes que ser relacionan en el anexo II, de esta resolución, debido a la suspensión del Máster en Formación Permanente en Gestión y Conservación de Especies: el marco internacional (XVI edición).

Tercero. -  Denegar la adjudicación de la beca concedida a las personas solicitantes que se relacionan en el anexo III de esta resolución, por no encontrarse matriculado en las actividades académicas para las que obtuvieron beca.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

EL RECTOR

José Ignacio García Pérez

 

 Anexo I

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Anexo II

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Anexo III

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