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IV.   BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS.

Resolución Rectoral 276/2026, de 3 de noviembre, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Doctorado de la Universidad Internacional de Andalucía – curso 2025-2026 (Código BDNS: 939679).

Los Estudios de Doctorado constituyen el Tercer Ciclo de enseñanzas universitarias en España, conforme a lo dictado por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, regulándose de manera específica mediante el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, conforme se indica en la citada norma y en el artículo 6 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

En la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA), el marco normativo básico de estos estudios aparece recogido en el Reglamento de Enseñanzas de Doctorado aprobado por Acuerdo 41/2024, de 25 de abril, de su Consejo de Gobierno, contemplándose en su artículo 24 la concesión del Premio Extraordinario de Doctorado al que podrán optar las Tesis Doctorales, defendidas y aprobadas, que sean especialmente meritorias y hayan obtenido la calificación máxima.

Esta actuación se encuentra recogida entre los objetivos del Plan Estratégico de Subvenciones de la UNIA 2025-2027, aprobado por Acuerdo 105/2024, de 28 de noviembre, del Consejo de Gobierno; en concreto, en la Línea 14[1] “Premios de excelencia para estudiantes y egresados de los títulos oficiales de Másteres Universitarios y Programas de Doctorado ofertados por la Universidad Internacional de Andalucía”.

Los programas de Doctorado a los que resulta de aplicación la presente convocatoria son “Ciencias Jurídicas”, “Economía, Empresa, Finanzas y Computación” y “Tecnología Educativa”. En todos los casos se trata de programas interuniversitarios. Los dos primeros son impartidos conjuntamente por la Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad de Huelva, en tanto que el tercero se hace entre la Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad de Málaga.

A la vista de todo lo expuesto, en virtud del Acuerdo 61/2026 del Consejo de Gobierno, en su sesión ordinaria celebrada el 29 de octubre de 2026 y en uso de las atribuciones que tiene conferidas, ESTE RECTORADO

HA RESUELTO:

Primero. - Convocar, en régimen de concurrencia competitiva los Premios Extraordinarios de Doctorado - Curso 2025-2026, con arreglo a las bases y criterios establecidos en el Anexo I de esta Resolución.

Segundo. - Los Premios objeto de esta Convocatoria están sujetos a la disponibilidad presupuestaria existente y serán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 3018 4000 480.01, anualidad 2026, del presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía, por una cuantía máxima de seiscientos euros con sesenta céntimos (600,60 €) impuestos incluidos, en función del número de distinciones que se concedan.

Tercero. - El procedimiento de concesión del Premio se considerará iniciado de oficio con la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA).

La publicación de los actos de trámite relativos a la presente convocatoria, incluyendo los listados de personas admitidas/excluidas y beneficiarias, se realizará en el Tablón Oficial de Anuncios de la UNIA (TOUNIA) (https://www.unia.es/la-unia/tounia), sirviendo dichas publicaciones de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de dicho Orden, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 y 4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

En Sevilla, en la fecha de la firma electrónica,

EL RECTOR

José Ignacio García Pérez

ANEXO I

BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS “PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO UNIA” - CURSO 2025-2026.

Primera. - Objeto de la Convocatoria y número de Premios Extraordinarios de Doctorado a otorgar.

Los programas de Doctorado a los que resulta de aplicación la presente convocatoria son:

  • Ciencias Jurídicas.
  • Economía, Empresa, Finanzas y Computación.
  • Tecnología Educativa.

En todos los casos se trata de programas interuniversitarios. Los dos primeros son impartidos conjuntamente por la Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad de Huelva, en tanto que el tercero de los programas se hace con la Universidad de Málaga.

La Universidad Internacional de Andalucía podrá otorgar un Premio Extraordinario de Doctorado dentro de cada uno de los campos de conocimiento de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) a los que pertenecen los programas de Doctorado referidos:

  • Campo 9 (Derecho) para el Programa de Doctorado en Ciencias Jurídicas por la Universidad de Huelva y la Universidad Internacional de Andalucía.
  • Campo 8 (Ciencias Económicas y Empresariales) para el Programa de Doctorado en Economía, Empresa, Finanzas y Computación por la Universidad de Huelva y la Universidad Internacional de Andalucía.
  • Campo 7.2 (Ciencias del Comportamiento y de la Educación) para el Programa de Doctorado en Tecnología Educativa por la Universidad de Málaga y la Universidad Internacional de Andalucía.

Segunda. - Régimen jurídico aplicable.

Los Premios objeto de esta convocatoria, además de por lo previsto en ella, se regirán por el Reglamento por el que se regulan los procedimientos de gestión de las subvenciones otorgadas por la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo 96/2023, de 14 de diciembre, del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía, los preceptos básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por lo dispuesto en el título VII del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, que resulten de aplicación. Respecto de aquellas cuestiones no reguladas en estas normas se aplicará la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera. - Procedimiento de concesión.

1. El Premio se concederá en régimen de concurrencia competitiva, aplicando los criterios convencionales de evaluación de la calidad, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos.

2. El procedimiento se considerará iniciado de oficio con la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad Internacional de Andalucía (BOUNIA), realizándose las sucesivas publicaciones en el Tablón de Anuncios de la Universidad Internacional de Andalucía, en adelante TOUNIA, (https://www.unia.es/la-unia/tounia) sirviendo dichas publicaciones de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta. - Cuantía del Premio y régimen de compatibilidad.

1. La concesión del Premio Extraordinario de Doctorado llevará aparejada la exención del pago del precio público por la expedición del título académico de Doctor cuya cuantía asciende a doscientos veinte euros con veinte céntimos (200,20 €)

2. La concesión de los Premios objeto de esta convocatoria están sujetos a las disponibilidades presupuestarias existentes y serán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 3018 4000 480.01, anualidad 2026 (expediente económico nº. 2026/0000736), por una cuantía máxima de seiscientos euros con sesenta céntimos (600,60 €) impuestos incluidos, en función de las distinciones concedidas.

3. El Premio será incompatible con cualquier otra solicitud de premio, beca, ayuda o subvención a la que pudiera optar o haya optado la persona solicitante cuyo objeto sea la exención de los precios públicos de expedición del título académico de Doctor.

Quinta. - Requisitos.

1. Podrán optar a la mención de Premio Extraordinario de Doctorado aquellas Tesis Doctorales presentadas en la Universidad Internacional de Andalucía que hayan sido defendidas en el curso académico de esta convocatoria y en el inmediatamente anterior, siempre que no hayan formulado solicitud en la convocatoria anterior, y que hayan obtenido la máxima calificación junto con la mención cum laude.

2. Solo se considerarán susceptibles de obtener el Premio Extraordinario de Doctorado aquellas candidaturas con una puntuación mínima de 70 puntos conforme a los criterios de baremación incluidos en la Base séptima de esta Convocatoria.

3. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

Sexta. - Plazo de presentación de solicitudes y documentación a presentar.

1. El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el 5 al 18 de noviembre de 2026.

2. La presentación de las solicitudes se realizará por registro electrónico (https://www.unia.es/es/sede-electronica/registro-electronico).

3. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado establecido al efecto y que se acompaña como Anexo II de esta convocatoria, que podrá obtenerse a través del portal web de la UNIA, en la siguiente dirección:

https://www.unia.es/estudios-y-acceso/oferta-academica/doctorados/documentacion-doctorados.

4. Junto al impreso normalizado creado al efecto, la solicitud deberá ir acompañada de:

  1. Una relación de las contribuciones que la persona interesada desea que se valoren y que acrediten, según la disciplina, el índice de impacto normalizado de la revista, si así procediese: JCR, SJR, Humanities Index, CERC o cualquier otra indexación valorada por la CNEAI, debiendo resaltarse, al menos, las tres aportaciones que, a su juicio, sean más destacables.
  2. Toda aquella documentación acreditativa de las contribuciones relacionadas en la solicitud.

5. No será admitida, y será rechazada de plano, la solicitud que no haya sido cumplimentada por el procedimiento establecido en el apartado 2 de esta Base.

6. La Universidad Internacional de Andalucía podrá comprobar la autenticidad y veracidad de los datos aportados, así como requerir a la persona solicitante el envío de la documentación original o de la documentación complementaria necesaria.

7. La presentación de la solicitud supone la aceptación de estas bases.

Séptima. - Criterios y Comisión de Evaluación de solicitudes.

1. Para la valoración de las solicitudes se aplicarán los criterios de baremación propuestos para esta convocatoria por la Dirección del Centro Especializado de Apoyo a la Investigación de la Universidad Internacional de Andalucía (CEAI-UNIA).

Todas las aportaciones que se presenten a esta mención honorífica deberán estar relacionadas con la Tesis Doctoral y circunscribirse al periodo comprendido entre la formalización de la primera matrícula en el Programa de Doctorado por parte del doctorando y el final del curso académico en el que se ha defendido la Tesis.

La evaluación de los méritos se ajustará a las especificidades de los campos de conocimiento concretos establecidos por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) a los que pertenezcan los Programas de Doctorado de la UNIA (Resolución de 10 de diciembre de 2025, de la CNEAI, por la que se publican los criterios específicos aprobados para la actividad investigadora):

  1. Campo 9 (Derecho) para el Programa de Doctorado en Ciencias Jurídicas por la Universidad de Huelva y la Universidad Internacional de Andalucía.
  2. Campo 8 (Ciencias Económicas y Empresariales) para el Programa de Doctorado en Economía, Empresa, Finanzas y Computación por la Universidad de Huelva y la Universidad Internacional de Andalucía.
  3. Campo 7.2 (Ciencias del Comportamiento y de la Educación) para el Programa de Doctorado en Tecnología Educativa por la Universidad de Málaga y la Universidad Internacional de Andalucía.

2. Los criterios de baremación son los siguientes:

a) Tesis Doctorales del campo 9 de la CNEAI

1. Repercusión científica.

1.1. Aportaciones científicas: hasta 50 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Artículos en otras revistas con revisión por pares

6

Artículos en otras revistas

4

Libros en editoriales con repercusión internacional

8

Otros libros

5

Capítulos en editoriales con repercusión internacional

4

Otros capítulos de libro (excluyendo proceedings)

3

Capítulos en proceedings de congresos internacionales

1

Capítulos en proceedings de congresos nacionales

0,5

Ponencias invitadas en congresos internacionales

1

Ponencias invitadas en congresos nacionales

0,5

Comunicaciones orales a congresos internacionales

0,5

Comunicaciones orales a congresos nacionales 

0,25

Resúmenes o pósteres en congresos internacionales 

0,1

Resúmenes o pósteres en congresos nacionales 

0,05

Reseñas bibliográficas

0,05

1.2. Citas: hasta 10 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Citas recibidas por las aportaciones presentadas (se usará como referencia Google Academics)

1

1.3. Transferencia del conocimiento derivada de la Tesis Doctoral: hasta 10 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Patentes, u otras formas de protección de la propiedad industrial o intelectual en explotación

6

Patentes, u otras formas de protección de la propiedad industrial o intelectual registradas

3

Participación como miembro del equipo de trabajo en contratos o convenios de investigación con empresas, entidades y administraciones públicas (art. 83 LOU / art. 60 LOSU)

Hasta 6 por año

Participación en actividades de transferencia de especial valor social (participación en actividades de difusión de la investigación en medios de comunicación audiovisual; participación en actividades de difusión profesional, elaboración de informes o peritajes)

1,5 por actividad

2. Mención Internacional de la Tesis Doctoral: 15 puntos.

3. Estancias en centros de investigación o empresas durante el periodo de desarrollo de la Tesis Doctoral: hasta 5 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Mes de estancia predoctoral en centros/empresas en el extranjero

1

Mes de estancia predoctoral en centros/empresas nacionales

0,5

En este apartado no se valorarán las estancias consideradas para la obtención de la Mención Internacional.

4. Otros méritos: hasta 10 puntos.

En este apartado únicamente se valorarán otros méritos relacionados con la Tesis Doctoral (premios u otros reconocimientos) no incluidos en los apartados anteriores.

b)  Tesis Doctorales del campo 8 de la CNEAI

1. Repercusión científica.

1.1. Aportaciones científicas: hasta 50 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Artículos en revistas Q1

12

Artículos en revistas Q2

8

Artículos en revistas Q3

6

Artículos en revistas Q4

4

Artículos en otras revistas con revisión por pares

3

Artículos en otras revistas

2

Libros en editoriales con repercusión internacional

5

Otros libros

4

Capítulos en editoriales con repercusión internacional

3

Otros capítulos de libro (excluyendo proceedings)

2

Capítulos en proceedings de congresos internacionales

1

Capítulos en proceedings de congresos nacionales

0,5

Ponencias invitadas en congresos internacionales

1

Ponencias invitadas en congresos nacionales

0,5

Comunicaciones orales a congresos internacionales

0,5

Comunicaciones orales a congresos nacionales 

0,25

Resúmenes o pósteres en congresos internacionales 

0,25

Resúmenes o pósteres en congresos nacionales 

0,15

Reseñas bibliográficas

0,1

Se tomará como referencia el cuartil en que aparezca la revista en el Journal Citation Reports (JCR, Science Edition o Social Sciences Edition) del año de publicación del artículo. Para artículos publicados en el año de la convocatoria será el último JCR publicado. Para las publicaciones recogidas en otros listados internacionales se otorgará una puntuación inferior, estableciendo una equivalencia de un cuartil por debajo de JCR.

1.2. Citas: hasta 10 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Citas recibidas por las aportaciones presentadas (se usará como referencia Google Academics)

1

1.3. Transferencia del conocimiento derivada de la Tesis Doctoral: hasta 10 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Patentes, u otras formas de protección de la propiedad industrial o intelectual en explotación

6

Patentes, u otras formas de protección de la propiedad industrial o intelectual registradas

3

Participación como miembro del equipo de trabajo en contratos o convenios de investigación con empresas, entidades y administraciones públicas (art. 83 LOU / art. 60 LOSU)

Hasta 6 por año

Participación en actividades de transferencia de especial valor social (participación en actividades de difusión de la investigación en medios de comunicación audiovisual; participación en actividades de difusión profesional, elaboración de informes o peritajes)

1,5 por actividad

2. Mención Internacional de la Tesis Doctoral: 15 puntos.

3. Estancias en centros de investigación o empresas durante el periodo de desarrollo de la Tesis Doctoral: hasta 5 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Mes de estancia predoctoral en centros/empresas en el extranjero

2

Mes de estancia predoctoral en centros/empresas nacionales

1

En este apartado no se valorarán las estancias consideradas para la obtención de la Mención Internacional.

4. Otros méritos: hasta 10 puntos.

En este apartado únicamente se valorarán otros méritos relacionados con la Tesis Doctoral (premios u otros reconocimientos) no incluidos en los apartados anteriores.

c) Tesis Doctorales del campo 7.2 de la CNEAI

1. Repercusión científica.

1.1. Aportaciones científicas: hasta 50 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Artículos en revistas Q1

12

Artículos en revistas Q2

8

Artículos en revistas Q3

6

Artículos en revistas Q4

4

Artículos en otras revistas con revisión por pares

3

Artículos en otras revistas

2

Libros en editoriales con repercusión internacional

5

Otros libros

4

Capítulos en editoriales con repercusión internacional

3

Otros capítulos de libro (excluyendo proceedings)

2

Capítulos en proceedings de congresos internacionales

1

Capítulos en proceedings de congresos nacionales

0,5

Ponencias invitadas en congresos internacionales

1

Ponencias invitadas en congresos nacionales

0,5

Comunicaciones orales a congresos internacionales

0,5

Comunicaciones orales a congresos nacionales 

0,25

Resúmenes o pósteres en congresos internacionales 

0,25

Resúmenes o pósteres en congresos nacionales 

0,15

Reseñas bibliográficas

0,1

Se tomará como referencia el cuartil en que aparezca la revista en el Journal Citation Reports (JCR, Science Edition o Social Sciences Edition) del año de publicación del artículo. Para artículos publicados en el año de la convocatoria será el último JCR publicado. Para las publicaciones recogidas en otros listados internacionales se otorgará una puntuación inferior, estableciendo una equivalencia de un cuartil por debajo de JCR.

1.2. Citas: hasta 10 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Citas recibidas por las aportaciones presentadas (se usará como referencia Google Academics)

1

1.3. Transferencia del conocimiento derivada de la Tesis Doctoral: hasta 10 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Patentes, u otras formas de protección de la propiedad industrial o intelectual en explotación

6

Patentes, u otras formas de protección de la propiedad industrial o intelectual registradas

3

Participación como miembro del equipo de trabajo en contratos o convenios de investigación con empresas, entidades y administraciones públicas (art. 83 LOU / art. 60 LOSU)

Hasta 6 por año

Participación en actividades de transferencia de especial valor social (participación en actividades de difusión de la investigación en medios de comunicación audiovisual; participación en actividades de difusión profesional, elaboración de informes o peritajes)

1,5 por actividad

2. Mención Internacional de la Tesis Doctoral: 15 puntos.

3. Estancias en centros de investigación o empresas durante el periodo de desarrollo de la Tesis Doctoral: hasta 5 puntos.

Tipo de aportación

Puntos por aportación

Mes de estancia predoctoral en centros/empresas en el extranjero

2

Mes de estancia predoctoral en centros/empresas nacionales

1

En este apartado no se valorarán las estancias consideradas para la obtención de la Mención Internacional.

4. Otros méritos: hasta 10 puntos.

En este apartado únicamente se valorarán otros méritos relacionados con la Tesis Doctoral (premios u otros reconocimientos) no incluidos en los apartados anteriores.

3. La valoración será llevada a cabo por una Comisión de Evaluación conformada por:

  • La persona titular del Vicerrectorado de Posgrado, que ejercerá las funciones de presidencia.
  • La persona titular del Vicerrectorado de Coordinación Académica y Proyección Internacional.
  • La persona titular del Vicerrectorado de Calidad, Igualdad y Responsabilidad Social.
  • La persona titular de la Dirección del CEAI-UNIA
  • La persona titular de la Secretaría General de la UNIA, que ejercerá las funciones de secretaría de la Comisión.

Asimismo, podrán formar parte de la misma todas aquellas personas expertas que la presidencia pueda en cada caso considerar pertinente, que actuarán con voz pero sin voto.

En ningún caso podrán intervenir en la evaluación y en la propuesta de adjudicación quienes sean parte interesada en alguna de las solicitudes.

Octava. - Tramitación de la convocatoria.

1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Evaluación las analizará y elaborará la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión o motivo de subsanación que hará pública en el TOUNIA concediendo a las personas interesadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación, para que, en su caso, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.

Transcurrido el plazo de subsanación, y una vez revisadas las que, en su caso, se hubieran presentado, la Comisión elevará a la persona titular del Rectorado de la UNIA para su aprobación la propuesta definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión, que se hará pública en el TOUNIA.

Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa para las solicitudes denegadas, se podrán interponer los recursos que se indican en el apartado 1 de la Base novena de esta Convocatoria.

2. Una vez publicada la lista definitiva de solicitudes admitidas, la Comisión de Evaluación, tras el estudio, verificación y valoración de las candidaturas conforme a los criterios establecidos en la Base séptima de esta Convocatoria elaborará la propuesta de resolución provisional, en la que se reflejará la valoración obtenida por las personas solicitantes en cada uno de los apartados tomados en consideración y la total, con indicación de la persona propuesta provisionalmente para el reconocimiento en cada campo, así como la relación de solicitudes provisionalmente denegadas, indicando la causa que la motiva.

La propuesta provisional se hará pública en el TOUNIA, concediéndose, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para que las personas interesadas presenten las alegaciones que estimen oportunas, que se presentarán siguiendo el mismo procedimiento indicado en el apartado 2 de la Base sexta de esta Convocatoria.

3. Transcurrido el plazo de alegaciones, y una vez valoradas y resueltas las alegaciones por la Comisión de Evaluación, ésta formulará y elevará la Propuesta definitiva del procedimiento al Rector, que deberá expresar la persona beneficiaria del Premio en cada campo de conocimiento, especificando su cuantía, la puntuación total y la otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así como las solicitudes denegadas, con indicación de su causa.

Novena. - Concesión del Premio.

1. La Resolución del procedimiento estimando o denegando la concesión del Premio se realizará mediante Resolución Rectoral que será motivada fundamentándose en el cumplimiento, o no, de lo establecido en la Convocatoria y, en su caso, en la disponibilidad presupuestaria, y será publicada en el BOUNIA.

Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la LPACAP. Asimismo, cabe interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, según disponen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

2. El plazo máximo para la resolución de las solicitudes y su notificación será de tres meses, y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Transcurrido dicho plazo, podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo aquellas solicitudes presentadas sobre las que no haya recaído o no se haya notificado resolución expresa conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1.a) de la LPACAP, sin perjuicio del cumplimiento de la obligación legal de resolver, según lo dispuesto en el artículo 21 de la citada Ley.

3. Corresponderá al Rector la expedición de los Diplomas acreditativos correspondientes de esta mención honorífica, los cuales podrán ser entregados en un acto organizado por la Universidad.

4. La UNIA hará pública la concesión del Premio a través de su web y de los medios de comunicación que considere en la que se incluirá la identidad de la persona o de las personas distinguidas.

5. En el plazo de diez días, contados a partir de la publicación de la Resolución definitiva, las personas beneficiarias del Premio correspondientes a los distintos campos de conocimiento presentarán, siguiendo el mismo procedimiento indicado en el apartado 2 de la Base sexta, presentarán una carta de aceptación del Premio, expresando asimismo que asumen las obligaciones establecidas en esta Convocatoria y en la Resolución de concesión, así como el compromiso de reintegrar a la Universidad Internacional de Andalucía su importe en los supuestos establecidos en esta Convocatoria y en la legislación que resulte de aplicación.

6. La UNIA abonará el importe del Premio en un único pago, en un plazo máximo de seis meses desde la aceptación de las distinciones. Dicho pago se realizará mediante transferencia a la cuenta indicada por las personas beneficiarias en su solicitud.

7. Los datos personales a los que la UNIA tendrá acceso por su participación en esta convocatoria serán tratados con pleno respeto a los principios y reglas establecidos tanto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personas y garantía de los derechos digitales. Su tratamiento se encuentra recogido en el Registro de Actividades de tratamiento gestionado por la Universidad Internacional de Andalucía. Los interesados podrán ejercer sus derechos ante esta Universidad siguiendo lo recogido en https://www.unia.es/es/protección-datos/derechos-rgpd.

Décima. - Pérdida del derecho al Premio.

Procederá la pérdida del derecho al cobro o el reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, la exigencia del interés por demora correspondiente desde el momento del pago del Premio hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro o cuando:

a) Se obtuviera el Premio falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Se incumplan las obligaciones contraídas por la concesión del Premio.

NOTA (cita en género femenino): todo el contenido de este documento que utiliza en su redacción la forma del masculino genérico se entenderá aplicable a cualquier persona con independencia de su género.

ANEXO II

SOLICITUD PARA OPTAR AL PREMIO EXTRAORDINARIO DE DOCTORADO

Convocatoria Curso académico 2025 - 2026

Apellidos y nombre:

DNI / Pasaporte:

   

Domicilio a efecto de notificaciones:

 

Código postal:

Localidad:

Provincia:

     

Teléfono fijo:

Teléfono móvil:

Correo electrónico:

     

Programa de Doctorado:

 

Rama de conocimiento:

 

Campo de conocimiento (CNEAI):

 

Título de la Tesis Doctoral:

 

Fecha de defensa de la Tesis Doctoral:

Calificación de la Tesis Doctoral (indíquense también menciones: “Cum laude”, “Internacional”, “Industrial"):

   

El/La estudiante cuyos datos personales han quedado reflejados en el presente documento, y cumpliendo los requisitos establecidos en la legislación y normativa vigentes, SOLICITA optar al Premio Extraordinario de Doctorado por esta Universidad.

Relación de contribuciones que desea que se valoren y que acreditan el índice de impacto normalizado (según la disciplina) de la revista (si procede) según JCR, SJR, Humanities Index, CERC o cualquier otra indexación valorada por la CNEAI. (Indíquense expresamente las 3 contribuciones más relevantes).

1.-

 

2.-

 

3.-

 

Se acompaña la documentación que acredita todas las contribuciones relacionadas en la solicitud.

____________________, _____ de ________________ de 20_____.

Fdo.: _____________________________________.

Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal (Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril) le informamos que los datos personales que nos ha facilitado pasarán a ser tratados por la UNIVERSIDAD INTERNACONAL DE ANDALUCÍA como responsable del tratamiento, siendo órgano competente en la materia la Dirección del Área de Gestión Académica (Monasterio Santa María de las Cuevas, C/ Américo Vespucio nº2. Isla de La Cartuja. 41092 Sevilla) ante quien Vd. puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición o portabilidad señalando concretamente la causa de su solicitud y acompañando copia de su documento acreditativo de identidad. La solicitud podrá hacerse mediante escrito en formato papel o por medios electrónicos.

Caso de no obtener contestación o ver desestimada su solicitud puede dirigirse al Delegado de Protección de Datos de la Universidad (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; Tfno. 954462299) o en reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos a través de los formularios que esa entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles desde su página web: https://sedeagpd.gob.es.

Como responsable, la Universidad le informa que exclusivamente tratará los datos personales que Ud. le facilite para dar cumplimiento a los siguientes fines:

a)   Gestión académica y administrativa de:

·     Participación en procesos de acceso y admisión a las enseñanzas oficiales (Grado, Máster y Doctorado) o de formación Continua de la Universidad Internacional de Andalucía.

·     Inscripción y/o matrícula como alumno en cualquiera de las titulaciones oficiales (Grado, Máster y Doctorado), Formación Continua u otras actividades académicas ofrecidas por la Universidad Internacional de Andalucía.

·     Participación en convocatorias de becas y ayudas al estudio de la Universidad Internacional de Andalucía, la Admón. General del Estado o la de las Comunidades Autónomas y de otras entidades públicas o privadas.

·     Participación en convocatorias de programas de movilidad de carácter nacional o internacional.

·     Obtención y expedición de títulos oficiales, títulos propios y otros títulos académicos.

b)   Gestión de su participación como estudiante en prácticas y actividades formativas nacionales o internacionales en instituciones, empresas, organismos o en otros centros.

c)   Utilización de servicios universitarios como obtención del carné universitario, bibliotecas, actividades deportivas u otros.

La Universidad se encuentra legitimada para tratar estos datos al ser necesarios para la ejecución de la relación jurídica establecida entre Ud. y la Universidad y para que ésta pueda cumplir con sus obligaciones legales establecidas en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

Usted responde de la veracidad de los datos personales que ha proporcionado a la Universidad y de su actualización.

La Universidad comunicará los datos personales que sean indispensables, y nunca en otro caso, a las siguientes categorías de destinatarios:

·     A otras Administraciones y organismos públicos para el ejercicio de las competencias que les sean propias y compatibles con las finalidades arriba enunciadas (Así -a modo enunciativo y no limitativo- a Ministerios con competencias en educación y ciencia, a otras administraciones, a otras Universidades o Centros formativos equivalentes para la gestión de traslados, a empresas para la realización de prácticas).

·     A entidades bancarias para la gestión de pagos y cobros.

·     A organismos públicos o privados en virtud de la celebración de convenios de colaboración o contratos, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de Protección de Datos.

·     A los servicios de la propia Universidad que sean adecuados para gestionar la utilización de los servicios universitarios ofertados.

Sus datos de carácter personal se tratarán y conservarán por la Universidad conforme a la legislación vigente en materia de protección de datos, pasando luego a formar parte –previo expurgo- del Archivo Histórico Universitario conforme a lo dispuesto en la legislación sobre Patrimonio Histórico.

La Universidad solo prevé la transferencia de datos a terceros países en el caso de su participación como alumno en alguno de los programas de formación o becas de carácter internacional. La transferencia se realizará siguiendo las directrices establecidas al respecto por el Reglamento Europeo de Protección de Datos y normativa de desarrollo.

El Servicio de Protección de Datos de la Universidad Internacional de Andalucía cuenta con una página en la que incluye legislación, información y modelos en relación con la Protección de Datos Personales a la que puede acceder desde el siguiente enlace: https://www.unia.es/protecciondatos. 

         

[1] Anexo II del Ejercicio 2026.