Inspección de Servicios
La Inspección de Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía es el órgano administrativo que desempeña las funciones que le son propias, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) y en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía.
La misión de la Inspección de Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía es velar por el correcto funcionamiento de los servicios que presta la institución universitaria de acuerdo con las leyes y normas que los rigen, así como la incoación e instrucción de los expedientes disciplinarios que afecten a miembros de la comunidad universitaria.
La Inspección ejercerá sus funciones sobre todas las sedes, órganos, servicios y unidades dependientes de la Universidad Internacional de Andalucía, así como sobre todo su personal técnico de gestión y administración de servicios y estudiantes.
FAQ
La Inspección de Servicios de la UNIA atiende las denuncias relacionadas básicamente con el correcto desarrollo de los servicios y las acciones del personal técnico de administración y servicios y estudiantes que puedan ser susceptibles de incoación de un expediente disciplinario, de conformidad con las funciones del artículo 3 del Reglamento.
Las denuncias pueden ser presentadas por personas pertenecientes al colectivo del personal técnico de administración y servicios o por estudiantes matriculados en la UNIA.
Los canales habilitados para la presentación de denuncias son el registro electrónico o la propia Inspección de Servicios, a través del Buzón de Quejas/Sugerencias/Felicitaciones.
No existe un plazo prefijado. La única determinación al respecto es que se realice en período hábil de la Universidad, de acuerdo con el calendario establecido por la Secretaría General.
La Inspección de Servicios evaluará la idoneidad de la denuncia, resolviendo su desestimación, derivación hacia otras de las instancias pertinentes o estimando el inicio de las actuaciones formales que deban llevarse a cabo, mediante orden de la Inspección de Servicios que determinará el contenido, alcance y ámbito de las mismas, el o los responsables de su realización, así como aquellos otros extremos que se entienda preciso consignar en aquella.
Los miembros de la comunidad universitaria de la UNIA están obligados a comparecer ante la Inspección de Servicios personalmente o por escrito, en los términos acordados por ésta, cuando sean requeridos para ello en un procedimiento incoado por la Inspección de Servicios, garantizándose, en todo caso, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, teniendo derecho los inspeccionados a ser asistidos por su representante legal o sindical.
El incumplimiento del deber de colaboración podrá dar lugar, en su caso, a responsabilidad disciplinaria.
Corresponde a la Inspección de Servicios el ejercicio de las siguientes funciones:
- La supervisión de las actividades y funcionamiento de cada una de las Sedes, Órganos, Servicios, Unidades y Estructuras de la Universidad Internacional de Andalucía en sus aspectos estructural, funcional y administrativo, al objeto de lograr el cumplimiento de las normas vigentes que les sean aplicables.
- Identificación de situaciones y comportamientos que pudieran conculcar el cumplimiento de la normativa vigente aplicable, causando un grave daño a los intereses de la institución y a la imagen que de la misma percibe la sociedad y establecimiento de medidas de prevención y corrección de los mismos.
- La vigilancia de la correcta adecuación del servicio inspeccionado a las normas, procedimientos y plazos que lo regulan.
- El estudio y valoración del funcionamiento de las Sedes, Órganos, Servicios, Unidades y Estructuras de la Universidad Internacional de Andalucía y formulación, en su caso, de las oportunas propuestas.
- La comprobación del cumplimiento de las obligaciones y derechos del personal técnico de gestión y administración de servicios y de los estudiantes, con especial interés en el cumplimiento de las normas sobre incompatibilidades.
- Supervisar y hacer el seguimiento de la actividad docente, examinando particularmente, el cumplimiento del periodo lectivo, la real impartición de las clases y de las tareas de tutoría a los alumnos, cumplimiento de plazos de actas, publicidad de programas docentes, cumplimiento del plan de organización docente, previendo la posible coordinación con las Comisiones Académicas y Direcciones Académicas de los Títulos.
- Proponer a la persona titular del Rectorado la incoación de expedientes disciplinarios, previa emisión del oportuno informe, cuando se aprecien irregularidades con indicios de responsabilidad en la actuación de las personas contempladas en el ámbito de aplicación de este reglamento sobre las que se pueda ejercer dicha acción.
- La instrucción de expedientes informativos, y disciplinarios en su caso.
- La comunicación a los órganos correspondientes de las anomalías que se detecten, como consecuencia de las acciones inspectoras, en materia de riesgos laborales.
- La realización de propuestas, en orden a la mejora continua de las Sedes, Órganos, Servicios, Unidades y Estructuras y la colaboración con otros órganos de la Universidad en los programas de calidad de la gestión en el ámbito del personal técnico de gestión y administración de servicios.
- Verificación del desarrollo y cumplimiento de los procesos, planes y programas de actuación, así como del ajuste de los resultados alcanzados a los objetivos propuestos, todo ello en coordinación con los vicerrectorados, la Secretaría General, la Gerencia y los servicios de la Universidad con competencias en materia de auditoría, control interno, planificación y evaluación, y en colaboración con los/as responsables de los servicios y unidades.
- Análisis y seguimiento de la resolución de las quejas, sugerencias y reclamaciones realizadas a través del buzón de Quejas, Sugerencias y Felicitaciones de la Universidad en relación con las competencias de la Inspección de Servicios.
- Fomento y seguimiento de la observancia de los principios éticos y de conducta de las personas incluidas en el ámbito de aplicación de este reglamento los empleados públicos, en el ejercicio de sus tareas y funciones, y del estudiantado como miembros de la comunidad universitaria.
- Aquellas otras que le encomiende la persona titular del Rectorado, dentro del marco de las funciones recogidas en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía.
Planes de actuación
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Plan Inicial de Actuaciones de la Inspección de Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía 2025
Memorias
- Cuentas anuales 2023
- Cuentas anuales 2022
- Cuentas anuales 2021
- Periodo medio de pago proveedores 2021
- Informe auditoría 2021
- Resumen ejecutivo 2021
- Cuentas anuales 2020
- Cuentas anuales 2019
- Cuentas anuales 2018
- Cuentas anuales 2017
- Cuentas anuales 2016
- Cuentas anuales 2015
- Cuentas anuales 2014
- Cuentas anuales 2013
- Cuentas anuales 2012
- Cuentas anuales 2011
- Cuentas anuales 2010
- Cuentas anuales 2009
- Cuentas anuales 2008
Enlaces
Normas de convivencia
Protocolo para la prevención y gestión del acoso moral y discriminatorio en la Universidad Internacional de Andalucía
Protocolo para la prevención del acoso sexual, por razón de sexo, por orientación sexual y por expresión o identidad de género
Defensoría Universitaria
Medidas antifraude
Normativa
Normativa
- Instrucción técnica de la Gerencia para la contratación de obras, suministros servicios mediante procedimiento abierto, versión 25/03/22
- Instrucción de Gerencia sobre las normas de gestión de los contratos menores
- Procedimiento interno para la gestión de contratos menores
- Reglamento de inventario
- Instrucciones cierre contable 2024
- Procedimiento de elaboración del presupuesto anual de la UNIA y seguimiento de su ejecución.
- Procedimiento de gestión de pagos y tesorería