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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS

I.3.  Resoluciones del Rector.

Resolución Rectoral 181/2025, de 21 de julio, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se establece el procedimiento para la extinción del plan de estudios correspondiente al título de Máster Universitario en Arqueología de los Paisajes Culturales por la Universidad de Jaén y Universidad Internacional de Andalucía (Código RUCT 4316955).

La Universidad de Jaén y la Universidad Internacional de Andalucía, en uso de las competencias legalmente atribuidas, estimaron oportuno asociarse con el objetivo de organizar e impartir conjuntamente el Título oficial de Máster Universitario en Arqueología de los Paisajes Culturales. A tal fin, de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 8 y 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, se procedió a suscribir el correspondiente convenio de colaboración y someter al procedimiento de Verificación el Plan de Estudios correspondiente, una vez otorgada la preceptiva autorización de la Comunidad Autónoma.

Verificado el Plan de Estudios por Resolución del Consejo de Universidades de 1 de julio de 2020, e inscrito en el Registro de Universidades, Centro y Titulaciones (código RUCT 4316955), fue incluido en el Catálogo de Titulaciones de Másteres Universitarios de las Universidades Públicas de Andalucía, ofertándose en el procedimiento de preinscripción establecido al efecto por las Universidad de Jaén y la Universidad Internacional de Andalucía desde el curso académico 2021/2022 hasta el curso 2024/2025, de forma ininterrumpida.

Tras la impartición de cuatro ediciones del programa, para el curso académico 2025/2026 se inicia el procedimiento de extinción del título, al haberse producido una baja demanda en la Universidad Internacional de Andalucía en el acceso y matriculación de estudiantes al programa. Esta circunstancia constituye uno de los criterios específicos para la extinción de un título, por lo que los Órganos de Gobierno de ambas Universidades,  adoptan el acuerdo de proceder a la extinción, para el curso académico 2025/2026, del Plan de Estudios correspondiente al Máster en Arqueología de los Paisaje Culturales por la Universidad de Jaén y Universidad Internacional de Andalucía (código RUCT 4316955) y, consecuentemente, implementar el correspondiente Plan de extinción que garantice los derechos del alumnado matriculado en el título en la Universidad Internacional de Andalucía en cursos anteriores y que no haya finalizado sus estudios. Este plan de extinción se regirá por lo recogido a este respecto en el convenio específico firmado por la Universidad de Jaén y la Universidad Internacional de Andalucía para la impartición conjunta del título y la normativa académica vigente en la Universidad Internacional de Andalucía.

Es preciso señalar, asimismo, que la Universidad Internacional de Andalucía tiene implantado, en el marco de sus Sistema Interno de Garantía de la Calidad, el procedimiento “PC01 Diseño, Seguimiento y Mejora de los Programas Formativos”, que asegura la mejora continua de sus programas formativos y que recoge explícitamente la aplicación y, en su caso, revisión del procedimiento de extinción, basado en los resultados obtenidos según los criterios establecidos ante una posible extinción del título.

A la vista de lo expuesto y de la normativa de aplicación, en uso de las facultades legalmente otorgadas, este Rectorado ha resuelto Aprobar el Plan de Extinción para el Título oficial de Máster Universitario en Arqueología de los Paisajes Culturales por la Universidad de Jaén y la Universidad Internacional de Andalucía, inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Titulaciones con el Código 4316955, en los términos que se recogen en el Anexo de esta Resolución.

En Sevilla, a la fecha de la firma electrónica.

EL RECTOR,

Fdo.: José Ignacio García Pérez


ANEXO

PLAN DE EXTINCIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN ARQUEOLOGÍA DE LOS PAÍSAJES CULTURALES POR LA UNIVERSIDAD DE JAÉN Y LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA (CÓDIGO RUCT 4316955)

El objetivo de este Plan es establecer los términos, condiciones y procedimiento para la extinción de la docencia del Título de Máster Universitario en Arqueología de los Paisajes Culturales por la Universidad de Jaén y Universidad Internacional de Andalucía (código RUCT 4316955), con las garantías necesarias para salvaguardar los derechos de los estudiantes y que éstos puedan optar por finalizar sus estudios.

Podrán acogerse a este Plan aquellos estudiantes matriculados por la Universidad Internacional de Andalucía en el Máster Universitario en Arqueología de los Paisajes Culturales en alguno de los cursos académicos en los cuales se ha venido impartiendo y tengan superado, como requisito imprescindible, al menos el cincuenta por ciento del total de créditos necesarios para la obtención del título.

A partir del curso académico 2025/2026 el título no tendrá ya docencia, debiendo publicarse el sistema de evaluación de cada uno de los módulos, materias o asignaturas que conformen el plan de estudios de la titulación.

El presente Plan estará vigente durante los cursos académicos 2025/2026 y 2026/2027, considerándose totalmente extinguido, sin derecho a examen, cuando la totalidad de las materias que lo conforman hayan agotado la oferta de convocatorias de examen de los dos cursos académicos referidos.

  1. Evaluación.

El alumnado matriculado en el Plan tendrá derecho para cada materia, a dos convocatorias de evaluación por curso académico matriculado, existiendo la posibilidad de acceder a convocatoria extraordinaria si así se programase. Las pruebas de evaluación versarán sobre el temario del último año en que se impartió la materia o asignatura. A tal efecto, a los estudiantes matriculados se les facilitará convenientemente las guías docentes correspondientes a las materias y el trabajo final, así como el calendario de evaluación. Igualmente, tendrán derecho a recibir asesoramiento y tutorización docente por los medios oportunos.

  1. Profesorado y recursos.

Las universidades contarán para las labores de asesoramiento, tutoría y evaluación con el profesorado necesario que, preferentemente, deberá haber sido docente en el Máster en los cursos de impartición y cumplir con los requisitos establecidos para el desarrollo de esta labor. Igualmente se pondrán a disposición todos los recursos materiales que sean necesarios para cumplir con éxito el presente Plan de Extinción

  1. Solicitud de admisión.

Los estudiantes del Máster Universitario en Arqueología de los Paisajes Culturales que opten por acogerse a este Plan de Extinción y cumplan los requisitos para ello, deberán solicitar, mediante escrito dirigido al Vicerrectorado de Posgrado, su admisión en el mismo, indicando la totalidad de materias pendientes de superar. Las solicitudes deberán presentarse a través del enlace https://sacu.unia.es (Grupo de Ayuda: Gestión Académica. Títulos oficiales. Alumnos).

 

Curso académico 2025/2026:

  • Solicitud de admisión: del 8 de septiembre al 3 de octubre de 2025
  • Relación provisional de admitidos y excluidos: 14 de octubre de 2025
  • Plazo de alegaciones: del 15 al 17 de octubre de 2025
  • Relación definitiva de admitidos y excluidos: 21 de octubre de 2025
  • Plazo de matrícula: del 22 al 24 de octubre de 2025

Curso académico 2026/2027:

  • Solicitud de admisión: del 7 de septiembre al 2 de octubre de 2026
  • Relación provisional de admitidos y excluidos: 13 de octubre de 2026
  • Plazo de alegaciones: del 14 al 16 de octubre de 2026
  • Relación definitiva de admitidos y excluidos: 20 de octubre de 2026
  • Plazo de matrícula: del 21 al 23 de octubre de 2026
  1. Resolución.

Recibidas las solicitudes de admisión, se procederá a validar el cumplimiento de los requisitos establecidos y se requerirá informe a la Comisión Académica del Plan. A la vista de la información disponible y del informe de la Comisión, se procederá a elevar a la Comisión de Posgrado propuesta provisional de admisión y de exclusión, en este caso con indicación de la causa de la misma. 

  1. Revisión.

Contra la propuesta provisional los interesados podrán presentar, en el plazo de cinco días hábiles, las alegaciones que estimen oportunas. Estas alegaciones serán resueltas por la Comisión de Posgrado.

  1. Matrícula.

Una vez publicada la relación definitiva de admitidos, los solicitantes deberán formalizar la matrícula en la fecha indicada, comprendiendo ésta la totalidad de las materias, y el trabajo final, pendientes de superar. Aquellos admitidos que no formalizasen la matrícula en el plazo establecido, se entenderán que desisten de su solicitud de admisión, procediéndose a su archivo sin más trámite.

  1. Régimen económico.

Los estudiantes estarán obligado al abono de las tasas y precios públicos establecidos para cada curso académico, de acuerdo con el Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se determinan los precios públicos de las universidades públicas de Andalucía por la prestación de servicios académicos y administrativos que les sea de aplicación. Asimismo, les será de aplicación, en su caso, el régimen de exenciones, bonificaciones y/o reducciones que proceda, así como de fraccionamiento.

El pago se deberá hacer efectivo en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de matrícula. El impago total o parcial de la matrícula en los plazos establecidos, conllevará la anulación de oficio de la misma.

  1. Condicionalidad de la matrícula.

La matrícula se considerará condicional hasta la verificación del cumplimiento de la totalidad de los requisitos y trámites establecidos, procediéndose a su anulación de oficio en el supuesto de descubrirse falseamiento u ocultación en la documentación o datos facilitados.

El seguimiento del desarrollo del presente Plan de Extinción lo llevará a cabo la Comisión Académica del Máster Universitario, que velará por el desarrollo de la organización y garantía de los derechos del alumnado, asumiendo las funciones igualmente establecidas para la Comisión de Garantía de Calidad.

  1. Referencia normativa.

El alumnado de este Plan de Extinción quedará sometido a las normas vigentes de la Universidad Internacional de Andalucía que les pudiera resultar de aplicación sobre régimen académico y aquellas otras que les resulten de aplicación.