IV. BECAS, PREMIOS Y OTRAS AYUDAS.
Resolución Rectoral 187/2025, de 22 de agosto, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a la creación e investigación en el marco del programa Agitación Científica, destinadas a equipos conformados por artistas, científicos y colectivos sociales 2025.
Resultando que por Resolución 109/2025, se convocan ayudas a la creación e investigación en el marco del programa Agitación Científica, destinadas a equipos conformados por artistas, científicos y colectivos sociales 2025 de la Universidad Internacional de Andalucía.
Considerando que, conforme a la base décima de la convocatoria antes mencionada, el estudio de las solicitudes de ayudas presentadas y la selección de posibles personas beneficiarias se lleva a cabo por la Comisión de Evaluación de Proyectos.
Considerando que, dicha Comisión, tras la oportuna tramitación, formuló y publicó propuesta provisional de resolución de ayudas, que incluía la relación de solicitudes provisionalmente excluidas o denegadas, concediendo un plazo de diez días hábiles para la presentación de las oportunas alegaciones.
No habiéndose recibido ninguna alegación a la propuesta provisional, la Comisión ha elevado la propuesta definitiva de concesión y denegación de ayudas y de exclusión de solicitudes al Rector para que adopte las correspondientes Resoluciones definitivas.
ESTE RECTORADO, de conformidad con la normativa de aplicación y vista la propuesta efectuada por la Comisión de Selección de Proyectos, ha resuelto:
Primero. - Aprobar las ayudas que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución por las cuantías establecidas y conforme a la valoración de los criterios de selección contenidos en la base décima de la convocatoria:
a) Propuesta de proyecto a desarrollar, con una valoración máxima de cinco (5) puntos. Dentro de lo cual se atenderá lo siguiente:
- Capacidad del proyecto para atender y dar respuesta a los objetivos de la presente convocatoria, especialmente la relación de esta elección con la respuesta a necesidades ecosociales situadas en el territorio andaluz.
- Solidez, fundamentación y claridad del proyecto; adecuación de las metodologías planteadas con los objetivos de la propia propuesta; concreción técnica y viabilidad económica.
- Orientación de transformación de la propuesta; aproximación novedosa y crítica; búsqueda de nuevas formas y nuevos enfoques de investigación, o renovación de los existentes.
- Apertura del conocimiento generado; comunicación y diseminación de los aprendizajes y saberes producidos; capacidad de generar nuevos contextos de aprendizaje.
- Propuesta explícita y concreta de formas de trabajo que atiendan a la sostenibilidad material y humana tanto de los productos/resultados concretos, en caso de haberlos, como de los procesos creativos.
b) Articulación del equipo, con una valoración máxima de tres (3) puntos. Dentro de lo cual se atenderá lo siguiente:
- Inclusividad (en términos de género, edad, formación, etc.) de las participantes en las propuestas y equilibrio dentro de la heterogeneidad del equipo.
- Metodologías y herramientas para generar espacios de trabajo respetuosos entre agentes diferentes.
c) Perfil profesional de las solicitantes, con una valoración máxima de dos (2) puntos. Dentro de lo cual se atenderá lo siguiente:
- Adecuación entre la trayectoria o el perfil de la solicitante y la propuesta que realiza.
- Aportación del perfil o la trayectoria de la solicitante a los objetivos de la convocatoria.
Segundo. - Denegar las solicitudes presentadas por las personas solicitantes que se relacionan en el Anexo ll de esta Resolución que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta convocatoria para adquirir la condición de beneficiarias, no hayan sido estimadas por rebasar la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración obtenidos.
Tercero. - Excluir las solicitudes presentadas por las personas solicitantes que se relacionan en el Anexo lll de esta Resolución, por los motivos que se indican.
Cuarto. - La materialización de las ayudas tendrá su efecto con el abono de las cantidades asignadas en dos montos: uno del 80% con la aceptación de la subvención y otro del 20%, a la entrega de la memoria final (según lo indicado en la base decimotercera de la convocatoria).
Quinto. - Las personas beneficiarias deben cumplir con carácter general las obligaciones impuestas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y demás normativa de aplicación, así como específicamente, conforme la Base decimotercera de la convocatoria, las siguientes:
a) Aceptar la ayuda concedida y las bases de esta Convocatoria en el plazo y condiciones establecidas en la Base undécima.
b) Cumplir con el tiempo de desarrollo acordado con la UNIA, y conforme al plan de trabajo presentado según lo dispuesto en la Base novena de esta convocatoria y comunicar a la UNIA cualquier alteración significativa que se produzca con posterioridad al otorgamiento (según figura en la Base undécima de esta convocatoria).
c) Las personas beneficiarias no podrán alterar en ningún caso el destino de las ayudas concedidas.
d) Realizar una activación pública en un momento intermedio del desarrollo de la propuesta artística. La fecha será acordada entre las beneficiarias, la UNIA y el equipo de mediación y activación, y tendrá como objetivo generar un marco no solo de apertura, sino también de interacción y/o co-creación con comunidades distintas a las que están inicialmente implicadas en el desarrollo de la propuesta. Por ejemplo, una asamblea abierta, una conferencia performativa, una exposición, etc.
e) Presentar una memoria final (en soporte físico o digital, de carácter permanente), antes del 31 de diciembre de 2026. Esta memoria deberá recoger y permitir compartir con un público más amplio, los momentos claves del desarrollo de la propuesta, las metodologías empleadas, el/los momentos de activación pública, los aprendizajes y dificultades y las transformaciones o impactos. Junto a la memoria se pueden presentar otros entregables (textos, videos, dibujos, canciones, cuadernos de campo, podcast, exposiciones, presentación escénica, etc.).
f) Participar en las sesiones de mentorías individuales ofrecidas por el equipo de mediación y activación.
g) Participar en el momento intermedio de puesta en común presencial con el resto de las beneficiarias de las ayudas.
h) En la primera fase de arranque de proyectos, entregar un resumen y una imagen de la propuesta para su difusión desde el programa.
i) Los beneficiarios se comprometen a hacer constar en los materiales de difusión o generados en el contexto de la ayuda concedida, la siguiente frase: “Proceso de investigación y creación realizado en el marco del programa Agitación científica 2025-2026 de la UNIA, Tekeando, CSIC y la Fundación Daniel y Nina Carasso”, e incluir los logotipos del programa Agitación científica, la UNIA, Tekeando, CSIC y la Fundación siempre que sea posible.
j) Poseer todos los derechos de representación, incluidos (pero no excluyentes) los derechos de propiedad intelectual. Si la propuesta incluye derechos de terceras personas, las personas participantes garantizan la obtención de los derechos, autorizaciones y/o licencias necesarias, exonerando a la UNIA de cualquier reclamación al respecto.
k) Consentir expresamente la difusión de imágenes, así como de la voz de la beneficiaria, en caso de que la UNIA lo considerase oportuno.
Contra esta Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Sevilla a fecha de la firma electrónica
EL RECTOR
Fdo.: José Ignacio García Pérez
ANEXO I
ORGANIZACIÓN O PERSONA SOLICITANTE |
|
|
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|
|
|
APELLIDOS |
NOMBRE |
PROYECTO |
PROPUESTA |
EQUIPO |
PERFIL |
TOTAL |
Prados Sánchez |
Manuel |
Bajar a tierra. laboratorio de regeneración invasiva |
4,65 |
2,60 |
2,00 |
9,25 |
Gutierrez Hernández |
Javier |
SKINCARE: Meditaciones para un futuro extremófilo |
4,45 |
2,30 |
1,85 |
8,60 |
ANEXO II
ORGANIZACIÓN O PERSONA SOLICITANTE |
||||||
APELLIDOS |
NOMBRE |
PROYECTO |
PROPUESTA |
EQUIPO |
PERFIL |
TOTAL |
Berzal González |
Carlota |
Caniche con vozal: Memoria, cuerpo y archivo en movimiento |
4,10 |
2,50 |
1,70 |
8,30 |
Sánchez Tejedor |
Ana |
Narrativas de lo posible. Propuesta de investigación-creación |
3,80 |
2,25 |
1,50 |
7,55 |
Asoc. Juvenil la Imbuición |
La fiesta de lo imposible. Sonificación de señales cerebrales y estudio de las emociones en el proceso creativo mediante EEG |
2,65 |
2,25 |
1,65 |
6,55 |
|
Barroso Alcoba |
Jorge |
D.U.L.C.E Gastronomía, Forma y Percepción |
3 |
2 |
1,50 |
6,50 |
Clemente Galán |
Óscar |
La mirada cómo refugio |
1,85 |
2,25 |
1,85 |
5,95 |
Guzman Romero |
Federico |
Observatorio del terreno. Laboratorio de arte, naturaleza y ciencia ciudadana |
2,00 |
2,00 |
1,75 |
5,75 |
Gil Martinez |
Marta |
DiverNaturArte: conectando con nuestra neurodiversidad natural |
2,45 |
1,75 |
1,25 |
5,45 |
Bejarano Bache |
Manuel Alejandro |
El Árbol del Conocimiento |
0,75 |
0,20 |
0,10 |
1,05 |
ANEXO III
DNI |
APELLIDO/S |
NOMBRE |
CAUSAS DE EXCLUSIÓN |
PROYECTO |
1****88*Z |
Fernández Fraile |
Rocío |
1, 3, 4, 5 |
Invisibles |
**7*17**K |
Bove Fernández |
Xavier |
2 |
POSIDÒNIA: Un viaje inmersivo para la conciencia ambiental |
54**1*0** |
Jándula Herrero |
Daniela |
2, 5 |
Nidificadas: cigüeñas entre la Energía |
LEYENDA DE CÓDIGOS DE EXCLUSIÓN |
1: No aporta inscripción (Anexo II de las bases) |
2: No aporta documentación de representación |
3: No aporta mapa relacional |
4: No aporta currículum de cada uno de los agentes |
5: No aporta carta que refleje el compromiso de colaboración |