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Convocatoria de Becas y Ayudas General y UNIA Academia para cursar Másteres Universitarios en la Universidad Internacional de Andalucía en el curso académico 2026-2027. 1ª FASE

  • Fecha límite de solicitud: PLAZO DE SOLICITUD ABIERTO HASTA EL 27 DE MARZO DE 2026.

Las Ayudas contempladas para titulaciones en másteres universitarios, objeto de la presente Convocatoria, están dirigidas al estudiantado que haya sido admitido, a través de los procedimientos de acceso establecidos, y formalice su matrícula en alguno de los Másteres Universitarios que la UNIA oferta para el curso académico 2026-2027 y que se contemplan en la Base III de esta Convocatoria.

Se reservará un 10% del presupuesto total de la convocatoria a las personas solicitantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En el caso de que no se adjudique ninguna beca o ayuda del porcentaje destinado para personas con discapacidad o no se cubra el 10% total de presupuesto reservado se acumulará al total de la convocatoria.

II. OBJETO DE LAS AYUDAS.

  1. Tanto en Convocatoria General como en UNIA Academia el objeto de las ayudas podrá consistir en:

a) Ayuda de matrícula. Una ayuda de quinientos euros (500 €), destinados a sufragar el importe de la matrícula en el Máster correspondiente.

b) Exención o ayuda de alojamiento durante la fase presencial del programa correspondiente, incluidas, en su caso, las prácticas curriculares.

En la Sede de La Rábida en la exención del importe del precio público del servicio de residencia.
En las sedes de Málaga y Sevilla, al no disponer de servicio de residencia propio, en una ayuda para cubrir los gastos de alojamiento por un importe máximo de cuatrocientos cincuenta euros (450 €) mensuales o la parte proporcional de los días que correspondan a la fase presencial del Máster.
Excepcionalmente para aquellos másteres que se impartan en la Sede Antonio Machado de Baeza, una ayuda por un importe máximo de cuatrocientos cincuenta euros (450 €) mensuales.
c) Exención o ayuda de manutención.

En la Sede de La Rábida. exención del importe del precio público del servicio de manutención en régimen de desayuno, almuerzo y cena durante la fase presencial de los programas impartidos
En las restantes sedes, una ayuda por un importe máximo de cuatrocientos cincuenta euros (450 €) mensuales, o la parte proporcional de los días que correspondan a la fase presencial del Máster, para cubrir los gastos de manutención.

  1. Las ayudas de matrícula y las correspondientes a alojamiento y manutención, no podrán superar los cinco mil euros (5.000 €) por persona beneficiaria.

Requisitos:

  1. Para poder ser beneficiaria de las becas y ayudas, tanto de Convocatoria General como de UNIA Academia, objeto de esta Convocatoria será necesario cumplir los siguientes requisitos:

a) Presentar la solicitud dentro de los plazos y en la forma establecida en la Base VIII, debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación exigida en dicha Base.

b) Realizar la preinscripción para alguno de los Másteres ofertados por la UNIA relacionados en la Base III, ser admitido y formalizar su matrícula.

c) Tener una puntuación media en el expediente académico de la titulación que le da acceso al Máster:

Para las ayudas de convocatoria general: Entre 7 y 10.
Para las ayudas de UNIA Academia: Entre 8 y 10.
d) Figurar dentro del orden de prelación requerido.

e) No haber sido beneficiaria de becas o ayudas para cursar un programa de postgrado en la UNIA con anterioridad a la convocada, se haya hecho o no uso de ella.

f) Para optar a las ayudas o exenciones de alojamiento y/o manutención las solicitantes deberán residir a más de 50 km. de la Sede donde se imparta el Máster al que presenta su solicitud.

  1. Con carácter particular:

a) Las personas solicitantes en la modalidad de Ayudas de Convocatoria General deberán obtener una puntuación mayor de cero en el apartado de renta.

b) Para alumnado procedente de países con idioma oficial distinto al español, acreditar el nivel B2 de español, para alumnos procedentes de países con idioma oficial distinto al español.

c) En el caso de alumnado extranjero, acreditar que dispone de la documentación necesaria para residir legalmente en España, al menos, durante la fase presencial de los estudios en los que deberá matricularse.

  1. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.
  2. Solo podrán solicitarse las ayudas en la fase en que la persona interesada realice su preinscripción para el acceso al Máster que desee cursar. Se podrán solicitar simultáneamente ayudas tanto de Convocatorias General, como de UNIA Academia.

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