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17 Febrero 2012
Comunicados de prensa

Los fundamentos del Derecho Ambiental, a debate en la Sede de La Rábida

La Rábida, 17 de febrero de 2012.  La Universidad Internacional de Andalucía en su Sede de La Rábida está impartiendo el Máster Oficial, conjuntamente con la Universidad de Huelva, en Derecho y Mediambiente.

Este máster, dirigido por Mª del Carmen Núñez Lozano, continúa sus clases en la Sede de La Rábida (UNIA) con un debate siempre abierto: ‘Fundamentos del Derecho Ambiental. Ética de la naturaleza: medio ambiente y persona. Animalismo jurídico’; para lo cuál se ha contado con la presencia del profesor de la Universidad de Cádiz, José Justo Mejías Quirós.

El máster, basándose en uno de los principales retos de nuestra realidad contemporánea: la preservación del medio ambiente, bajo la comprometida fórmula del desarrollo sostenible y la novedosa expresión del principio de responsabilidad compartida, asumidos hoy como paradigmas de la acción de los poderes públicos y de la sociedad, ha hecho de estos estudios académicos una seña de identidad de nuestro tiempo, consciente de una preocupación ambiental.

Por todo esto, y debido a la unión de la Universidad de Huelva y la Universidad Internacional de Andalucía en su defensa de la sostenibilidad, se está desarrollando este programa académico que, en la actualidad cuenta con 30 alumnos y trata de exponer el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las conductas individual y colectiva con incidencia en el ambiente.

Según los objetivos del programa, por un lado, el contenido material del concepto de lo ambiental y, por otro, del derecho que lo regula; dándose dos posiciones extremas y una intermedia. La primera, excesivamente amplia, donde prácticamente todo es ambiente.  En la posición opuesta –la restringida- se hallan quienes, con un afán de mayor precisión, circunscriben demasiado la problemática ambiental  al ámbito de los bienes comunes, es decir, el agua, el aire y los procesos de contaminación que los afecta. La posición intermedia, por último, establece que el objeto material del ambiente comprende tres aspectos: a) los recursos naturales y su uso; b) los accidentes naturales; y c) la problemática de los asentamientos humanos.

De cualquier manera y según manifestó en su inauguración la directora del máster. “El Derecho Ambiental es, en un sentido, una nueva rama del Derecho que, por su carácter interdisciplinario, se nutre de los principios de otras ciencias. En otro sentido, también es una nueva rama interdisciplinaria del Derecho. Así, por su carácter sistemático y tutelar de los intereses, se halla en íntima relación con el Derecho Público –tanto administrativo como sancionador- y, por su énfasis preventivo y reparador de los daños particulares, constituye un capítulo importante del Derecho Privado. Por otra parte, por su vocación redistributiva se relaciona con el aspecto económico del Derecho y por su carácter supranacional compromete principios del Derecho Internacional.  Esto último, en razón de que la cuestión ambiental está impregnada de una fuerte problemática, que requiere soluciones a escala internacional. La contaminación se traslada de un punto a otro del planeta, por lo cual, por imperio natural, la reglamentación  y el control de los bienes de la tierra no pueden constreñirse a las fronteras de los Estados, que han sido delimitados según criterios políticos. Los ecosistemas tienen límites naturales; la biósfera es una sola. 

 Es aquí donde interviene, el profesor de la uNiversidad de Cádiz asegurando que “la evolución de las normas ambientales ha seguido diversas etapas. La primera, comprende los preceptos orientados en función de los usos de un recurso (riego, agua potable, navegación, etc.). La segunda, más evolucionada, encuadra la legislación en función de cada categoría o especie de recurso natural, coordinando los distintos usos (aguas, minerales, forestales, etc.). La tercera, orienta la normativa hacia el conjunto de los recursos naturales. Finalmente, la cuarta etapa toma en consideración el entorno como conjunto global y  atiende a los ecosistemas. Esta última comprende las normas ambientales en sentido estricto. Estas etapas de la evolución legislativa, aunque sucesivas, no se excluyen unas a otras”.

Además, Quirós, experto en inmigración también hizo un recorrido por el industrialismo del siglo XX, el aspecto de movilidad existente por entonces, avance sociales por parte de la ciudadanía, fracaso en la relación respetuosa con la naturaleza, la explotación de las fuentes de riqueza natural, la lucha social, el consumo desenfrenado e inconsciente, la abundancia de los recursos naturales, el cambio en la calidad de vida…o la expropiación de las riquezas dando lugar al subdesarrollo. Además de todos estos puntos, también puso de manifiesto la importancia de la comunicación como posibilidad de intercambio de nuevas actitudes frente a los problemas medioambientales.

También hizo hincapié en que hoy por hoy no era solamente la humanidad con sus continuas desigualdades (religión, etnia, raza u orientación sexual) la que habla de igualdad; sino que es la misma naturaleza quien con voz desesperada reivindica su propia supervivencia. “Hay que llegar a entender que ya, en distintos lugares del mundo existe una sensibilidad creciente al respeto a la naturaleza, a la sostenibilidad de nuestras sociedades, a la calidad de la vida desde sus prescripciones naturales, al acceso igualitario a sus riquezas y a las políticas culturales que protegen el patrimonio natural y sus tesoros vivos. Hay que aprender que  la ecología es economía de vida, ética planetaria y conocimiento de los límites del mundo”. {shareit}

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