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CON 199/24

  • Partes firmantes
    UNIVERSIDAD DE ALMERÍA Y UNIVERSIDAD DE GRANADA
  • Órgano promotor:
    VICERRECTORADO DE POSGRADO
  • Tipo:
    ESPECÍFICO
  • Publicado:
    26 Septiembre 2024
  • Obligados:
    LAS PARTES
  • Implicación económica:

    Descargar ADENDA Convenio Transformacion Digital_UNIA-UAL-UG_firmado

    1. Las universidades ingresarán en su propia cuenta los importes de los precios públicos correspondientes a las matrículas de su alumnado.
    2. El profesorado asumido por la Universidad Internacional de Andalucía para impartir la docencia en el Máster Universitario en Transformación Digital de Empresas, según lo recogido en el Anexo del presente Convenio, será remunerado de acuerdo con su su propia normativa.
    3. El profesorado asumido por la Universidad de Almería y la Universidad de Granada para impartir la docencia en el Máster según lo recogido en el Anexo del presente Convenio, estará incluido en sus Planes de Organización Docente, o bien será remunerado según sus propios ordenamientos, caso de no pertenecer a su plantilla, sin que dicha docencia pueda dar lugar a retribuciones por parte de la Universidad Internacional de Andalucía.

    La actividad académica objeto de este Convenio se contabilizará en el centro de gasto del Vicerrectorado de Postgrado en a la aplicación presupuestaria 3015 2000 22606 con cargo al presupuesto que se apruebe para el ejercicio 2026 según lo previsto en la memoria económica que consta en el expediente.

  • Plazo de duración:
    CUATRO AÑOS
  • Prórroga:
    CUATRO AÑOS POR ACUERDO ENTRE LAS PARTES
  • Año de inicio de vigencia:
    2024
  • Fecha de entrada en vigor:
    27/09/2024
  • Fecha de vencimiento:
    27/09/2028

Objeto:

Articular la colaboración entre la Universidad Internacional de Andalucía, la Universidad de Almería y la Universidad de Granada para organizar enseñanzas conjuntas conducentes a la obtención del título oficial de Máster Universitario en Transformación Digital de Empresas. El plan formativo de este Máster se diseña y configura conforme a los requisitos exigidos para la obtención de la Mención Dual de sus enseñanzas según dispone el artículo 22 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.