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Anulación de matrícula

La anulación de matrícula supone el cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula realizada, con la consiguiente pérdida de los derechos inherentes a la misma y la obligación de satisfacer los precios públicos, salvo que proceda su devolución en los términos previstos reglamentariamente. En todo caso deberán abonarse las tasas de secretaría. 

Las solicitudes de anulación se presentarán de acuerdo con el procedimiento eletrónico establecido al efecto, haciendo constar la causa por la que se solicita y la documentación que la acredite. Serán resueltas por el Vicerrectorado responsable de la gestión del estudiantado (Vicerrectorado de Estudiantes).

No obstante lo anterior, la Oficina de Estudios de Posgrado procederá a anular la matrícula de oficio en cualquier momento en el supuesto de error, omisión o falseamiento de los datos consignados en la solicitud de la misma, previa audiencia del interesado. Igualmente, la matrícula será anulada de oficio en los supuestos en que se produzca el impago total o parcial del importe de la matrícula, sin derecho a devolución del importe que, en su caso, se hubiese abonado hasta ese momento.

No procederá la anulación de matrícula cuando ésta se solicite con fecha posterior a la celebración de alguna convocatoria de evaluación.

Del mismo modo, no procederá la realización de anulaciones parciales de matrícula. 

Efectos de la anulación de matrícula. 

De acuerdo con el Reglamento de Régimen Académico de la Universidad Internacional de Andalucía, los efectos de la anulación de matrícula a petición del estudiante dependerán de la fecha en que se haya presentado la solicitud. De este modo:

a) Si la anulación se solicita con, al menos, diez días hábiles de antelación al inicio del curso:

  1. Se devolverá el importe de los precios públicos por servicios académicos y, en su caso, el seguro escolar. No se devolverán, en cambio, las tasas de secretaría.
  2. No se computará la matrícula a efectos de convocatorias oficiales de evaluación ni de permanencia del estudiante ni se contabilizará para futuras matrículas a efectos de aplicación de recargo.
  3. Si el estudiante accedió por preinscripción, perderá la plaza adjudicada.
  4. Si el estudiante fuese beneficiario de una beca o ayuda, deberá renunciar a la misma, quedando a lo que disponga la normativa aplicable al respecto.

b) Si la anulación se solicita con posterioridad al plazo establecido en el apartado anterior: 

  1. No procederá la devolución de los precios públicos ingresados, ni se eximirá de la obligación de satisfacer las cantidades aplazadas y no abonadas.
  2. En la siguiente matrícula que puediera realizarse en los mismos estudios, serán de aplicación los incrementos en los precios que legalmente pudiesen establecerse por matrículas sucesivas.
  3. No se computará la matrícula realizada a efectos académicos.
  4. Si el estudiante accedió por preinscripción, perderá la plaza adjudicada.
  5. Si el estudiante fuese beneficiario de una beca o ayuda, deberá renunciar a la misma, quedando a lo que disponga la normativa aplicable al respecto.

c) Si la anulación se solicita con posterioridad al plazo establecido en el apartado a) y el máster aún no se hubiese iniciado, las consecuencias de ello serán las referidas en dicho apartado siembre y cuando concurran ciscunstancias excepcionales sobrevenidas debidamente justificadas documentalmente.

La anulación de matrícula en una titulación oficial de Máster Universitario por haber obtenido plaza en otro programa oficial de Máster Univesitario, ofertado con límite de plazas en el que hubiese sido admitido el estudiante con posterioridad al periodo de matrícula en la Universidad Internacional de Andalucía, no tendrá ningún efecto académico ni económico. En este caso, considerando que la misma es imputable al procedimiento de adjudicación de plazas, previa solicitud de la persona interesada, procederá la devolución del importe correspondiente a los servicios académicos y administrativos y al seguro escolar, en su caso.

En el supuesto de anulación de matrícula eb Fase 1 del procedimiento para el ingreso en los títulos oficiales de Máster Universitarios, habiendose producido el abono correspondiente a la reserva de plaza, procederá la devolución del importe abonado, previa solicitud de la persona interesada, si finalmente no se completa la formalización de la matrícula en los plazos establecidos en las normativas de aplicación.

Presentación de la solicitud:

Con carácter general, puede presentarse a través del Servicio de Ayuda a la Comunidad Universitaria sacu.unia.es, seleccionando el grupo de ayuda “Ordenación Académica” y el tema de ayuda “TÍTULOS OFICIALES: Alumnos”.

Si dispone de DNI electrónico o certificado digital, puede presentarla en el registro electrónico en el siguiente enlace Sede electrónica.

Solicitud de anulación de matrícula

Enlace al Reglamento de Régimen Académico de la Universidad Internacional de Andalucía.

Si tiene alguna duda sobre el procedimiento y necesita ayuda, puede contactar con nosotros a través de sacu.unia.es, seleccionando el grupo de ayuda “Ordenación Académica” y el tema de ayuda “TÍTULOS OFICIALES: Alumnos”.