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Régimen de permanencia en másteres universitarios y convocatorias

El régimen de permanencia y convocatorias en las enseñanzas oficiales de Máster Universitario se establece en el Reglamento de Régimen Académico de la Universidad Internacional de Andalucía (aprobado en Consejo de Gobierno de 25 de abril de 2024) (corrección de errores).

Régimen de permanencia en primer curso de enseñanzas oficiales de Máster Universitario.

El alumnado matriculado por primera vez deberá aprobar al menos 6 créditos ECTS para tener derecho a continuar cursando las enseñanzas de Máster Universitario, no considerándose, a estos efectos, créditos aprobados los que hayan sido reconocidos por estudios o actividades.

Aquellos estudiantes que no superen el mínimo de 6 créditos ECTS no podrán volver a matricularse en la misma titulación en la Universidad Internacional de Andalucía. No obstante, podrán solicitar, excepcionalmente y por una sola vez, una nueva matriculación en las mismas enseñanzas, siempre que acrediten la existencia de una causa debidamente justificada. Corresponde a la Comisión de Postgrado autorizar dicha matriculación, previo informe favorable de la Comisión Académica del Máster.

Convocatorias y permanecia.

Con carácter general, el alumnado tendrá derecho a concurrir en cada módulo, materia o asignatura en la que esté matriculado a dos convocatorias oficiales por curso académico.

El alumnado de titulaciones oficiales de Máster matriculado en la Universidad Internacional de Andalucía dispondrá de un máximo de seis convocatorias, incluidas las posibles extraordinarias, para la evaluación final de cada módulo, materia o asignatura, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 22 para los estudiantes de nuevo ingreso. 

A efectos de cómputo de convocatorias, sólo se contabilizarán aquéllas a las que el estudiante se haya presentado. El hecho de presentarse a pruebas de evaluación parciales,pero no a la prueba final, no supone cómputo de convocatoria.

Una vez agotado el número máximo de convocatorias de un módulo, materia o asignatura sin haberse superado, el alumno no podrá proseguir sus estudios en la misma titulación en la Universidad Internacional de Andalucía. No obstante, podrá solicitarse, excepcionalmente y por una solo vez, una nueva matriculación en las mismas enseñanzas, siempre que se acredite la exisitencia de una causa debidamente justificada. Corresponde a la Comisión de Postgrado autorizar dicha matriculación, previo informe favorable de la Comisión Académica del Máster.

El/la estudiante de titulaciones oficiales de Máster Universitario a tiempo completo dispondrá para superar la totalidad del plan de estudios del doble del número de cursos académicos en los que esté estructurada la titulación. Este límite se incrementará en un año más para los estudiantes a tiempo parcial. En caso de interrupción, no se computarán los años en los que no se haya matriculado.

En el caso de titulaciones oficiales de másteres habilitantes para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España, el alumnado dispondrá para superar la totalidad del plan de estudios de tres cursos académicos en el caso de que la titulación esté estructurada en un curso académico y de cinco si está estructurada en dos. Estos límites se incrementarán en un año más para los estudiantes a tiempo parcial. En caso de interrupción, no se computarán los años en los que no se hayan matriculado.

En aquellos casos en los que al estudiante le reste únicamente superar el trabajo final del título para concluir la totalidad del plan de estudios, pordrá solicitar la no aplicación del límite de cursos académicos para la finalización del porgrama establecido en los puntos anteriores.

Corresponde a la Comisión de Postgrado autorizar una nueva matriculación en dicha materia, previo informe favorable de la Comisión Académica del Máster.

Lo establecido en el presente artículo podrá modularse según las particularidades de cada título en los términos que se etablezcan en los correspondientes convenios de colaboración interuniversitarios.

Convocatoria extraordinaria.

El alumnado deberán solicitar la convocatoria extraordinaria en el plazo establecido en las instrucciones de matrícula del curso académico donde vaya a formalizarla.

Presentación de la solicitud:

  • Con carácter general, puede presentarse a través del Servicio de Ayuda a la Comunidad Universitaria sacu.unia.es, seleccionando el grupo de ayuda “Ordenación Académica” y el tema de ayuda “TÍTULOS OFICIALES: Alumnos”.

  •  Si dispone de DNI electrónico o certificado digital, puede presentarla en el registro electrónico en el siguiente enlace Sede electrónica.

Solicitud convocatoria extraordinaria