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Modalidades y modificación

Modalidades

Se contemplan dos modalidades de matrícula:

  1. Matrícula a tiempo completo.
  2. Matrícula a tiempo parcial.

Con carácter general, los estudiantes de nuevo ingreso a tiempo completo se matricularán de un mínimo de 60 créditos ECTS y un máximo de 78 créditos ECTS, en el que se incluyen los créditos reconocidos. Para continuación de estudios, serán considerados estudiantes a tiempo completo aquéllos que se matriculen de más de 36 créditos ECTS, salvo que al estudiante le resten menos créditos para completar la titulación, en cuyo caso deberá matricularse de todos ellos.

Serán considerados estudiantes a tiempo parcial quienes, por motivos debidamente justificados, sean autorizados a matricularse, con carácter general, de 36 créditos ECTS o menos. Para continuación de los estudios a tiempo parcial, el alumno deberá matricularse de entre 30 y 36 créditos ECTS, salvo que le resten menos créditos para completar la titulación, en cuyo caso deberá matricularse de todos ellos.

Tanto en la modalidad a tiempo completo como en la de a tiempo parcial, el número mínimo y máximo de créditos ECTS de los que podrá matricularse el estudiante podrá variar de lo anteriormente indicado según el Máster Universitario concreto que curse por razones académicas, las cuales vendrán establecidas en la Memoria de Verificación de dicho título y/o acuerdos de la Comisión Académico del Título. 

La condición de estudiante a tiempo parcial se solicitará en el momento de formalizar la matrícula al titular del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad de la Universidad, acreditando los motivos (trabajo, responsabilidades familiares, necesidades educativas especiales, residencia, representación estudiantil, otras actividades académicas y de formación y, en general, situaciones de carácter personal que requieran una dedicación particular), que justifican la realización de los estudios a tiempo parcial, debiendo resolverse la solicitud de forma motivada en el plazo de 10 días hábiles. La resolución deberá incluir el plazo del que dispone el estudiante para ajustar la matrícula a los créditos establecidos para esta modalidad. Transcurrido este plazo sin que la persona interesada haya solicitado el ajuste, se considerará que renuncia a realizar los estudios a tiempo parcial, considerándose a todos los efectos que la matrícula es a tiempo completo.

Modificación

La modificación de matrícula es el trámite que permite la incorporación de nuevas asignaturas a la matrícula, la renuncia a alguna de ellas o bien la sustitución de unas por otras.

Se podrá solicitar la modificación de matrícula en programas académicos de enseñanzas oficiales de postgrado de Máster Universitario en el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la solicitud de matrícula.

En los supuestos de solicitud de reconocimiento y/o transferencia de créditos en los programas académicos de postgrado, el estudiante podrá solicitar la modificación de la matrícula inicialmente formalizada en el plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la resolución de reconocimiento y/o transferencia. 

El número mínimo de estudiantes matriculados en cada materia optativa no podrá ser inferior a cinco. La matrícula en materias optativas se considerará provisional hasta que finalicen los plazos de matrícula y se compruebe si se cumple el requisito anterior. En el supuesto de no impartirse una materia por falta de estudiantes suficientes, se ofrecerá a éstos la posibilidad de cursar otras materias alternativas que sí se impartan.

El ejercicio del derecho de matrícula de asignaturas sueltas no obligará a la modificación del régimen de horarios generales determinados en la programación docente de un título oficial de Máster.

En aquellos títulos oficiales de Máster que contemplen especialidades, los estudiantes habrán de elegir una de ellas en el momento de la formalización de la matrícula.

 

Reglamento de Régimen Académico de la Universidad Internacional de Andalucía